Maestría en Derecho Procesal y Administración de Justicia
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Item Afectación del derecho a la debida motivación que genera el incumplimiento normativo del art. 87 de la Ley 30057 en los procedimientos administrativos disciplinarios revisados por el Tribunal del Servicio Civil en el 2022(Universidad Católica de Santa María, 2024-11-25) Ancco Bolaños, Jefferson BernardoLa presente tesis tuvo como finalidad determinar si existe una afectación del derecho a la debida motivación de los servidores civiles, generada por el incumplimiento normativo del art. 87 de la Ley 30057, el cual establece nueve criterios para determinar la sanción disciplinaria que impondrá el órgano sancionador en un procedimiento administrativo disciplinario, para de esa manera proponer soluciones viables ante tal problemática. Es así que, haciendo uso de la doctrina y el marco legal vigente, captamos los conceptos necesarios para comprender el problema, y en base al estudio de resoluciones emitidas por el Tribunal del Servicio Civil, órgano que resuelve los recursos de apelación en los procedimientos administrativos disciplinarios, pudimos evidenciar que la gran mayoría de resoluciones emitidas en primera instancia no cumplían con lo dispuesto en el art. 87 de la Ley 30057, ya que en algunos casos el órgano sancionador no aplicaba este artículo y en otros casos lo aplicaba de manera incorrecta; asimismo, el incumplimiento del art. 87 de la Ley 30057 generaba una contravención al principio del debido procedimiento administrativo, específicamente al derecho a la debida motivación, llegando a declararse la nulidad de la resolución apelada por estar inmersa en una causal de motivación aparente, mostrando así una falta de idoneidad de parte de los órganos sancionadores para desarrollar sus funciones. En base a todo ello, se concluyó que el incumplimiento normativo del art. 87 de la Ley 30057 en los procedimientos administrativos disciplinarios revisados por el Tribunal del Servicio Civil en el año 2022 generó una vulneración del derecho a la debida motivación de los servidores civiles, por lo que se declaró la nulidad de las resoluciones viciadas emitidas por el órgano sancionador. Para solucionar esto se propuso la creación de una directiva que establezca lineamientos de cómo es que los órganos sancionadores deberían desarrollar adecuadamente cada uno de los criterios que establece el art. 87 de la Ley 30057 en las resoluciones que emitan.Item Etapas del procedimiento administrativo sancionador como mecanismo de garantía al principio del debido procedimiento en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), Lima - 2023(Universidad Católica de Santa María, 2024-07-18) Falcón Girón, Giovanna AuriaEl objetivo de la presente investigación fue explicar el impacto de la ausencia de regulación de las etapas del procedimiento administrativo sancionador y su inaplicación con el principio del debido procedimiento en el organismo supervisor de las contrataciones del estado (OSCE), así como la actuación del Tribunal de Contrataciones del Estado y los derechos del administrado contratante en el OSCE, Lima – 2023. En cuanto a la metodología utilizada fue un estudio de tipo aplicada, de enfoque cuantitativo, de nivel descriptivo-explicativo y diseño no experimental – transversal. En cuanto a la población de estudio estuvo conformada por todos los trabajadores del OSCE de la ciudad de Lima y la muestra representativa se conformó por 33 trabajadores especializados en contrataciones públicas, entre ellas, vocales, analistas y especialistas que trabajan en el Tribunal de Contrataciones del Estado. También se trabajó con una muestra de 22 documentos entre ellas normas nacionales e internacionales, jurisprudencias del Tribunal Constitucional peruano y doctrinas nacionales e internacionales. Asimismo, los instrumentos de recolección de datos utilizados fueron los siguientes: a) cuestionarios y, b) fichas de análisis documentales. Los resultados más destacados evidenciaron las deficiencias en la aplicación de las etapas del PAS en el OSCE y la afectación al principio del debido procedimiento, así como la ausencia de emisión del informe final por parte de la autoridad del Tribunal de Contrataciones del Estado. Se concluyó la vulneración al principio del debido procedimiento ante la ausencia de regulación de las etapas del PAS en el OSCE, así como los principios administrativos y constitucionales tales como la potestad sancionadora administrativa, la separación de funciones y el respeto a los derechos constitucionales de los administrados. También, se identificó una disonancia entre la normativa legal y su aplicación práctica en el contexto de las contrataciones públicas, que conduce y compromete la imparcialidad y la objetividad de los procedimientos en el OSCE.Item El Derecho a Ser Madre: Alcances y limitaciones de las técnicas de reproducción asistida en el Perú, 2023(Universidad Católica de Santa María, 2024-05-13) Villasante Itusaca, Margot MarinaLa ciencia y la tecnología siempre avanzan a pasos agigantados y nos sorprende, muchas veces, con sus innovaciones; uno de los campos en donde se han hecho evidentes varios cambios es en el modo de asumir la maternidad, en donde antes por siglos hemos creído en la presunción “mater semper certa est” por el cual la madre se determina en razón del parto, hoy tenemos otras herramientas que deberían redefinir esa presunción. Entre ellas, por ejemplo, se encuentran las denominadas Técnicas de Reproducción Asistida que ayudan a las parejas que tienen problemas de esterilidad a superarlos y a lograr el ansiado anhelo de tener un hijo. Sin embargo, tenemos una Ley General de Salud que parece avalar el uso de estos procedimientos, pero al mismo tiempo señala que solo pueden ser usadas cuando la madre genética coincida con la madre gestante, situación excepcional que excluiría las acciones de donación de óvulos y de subrogación de la maternidad. Esto nos lleva a preguntarnos, y a desarrollar en la presente investigación, si es que acaso ¿existe un derecho a ser madre en el Perú? y en tal caso cuáles serían los argumentos que sustenten dicho derecho, análisis que debe pasar también por la comprensión del estado de la legislación sobre las técnicas de reproducción asistida tanto en nuestro país como en el derecho comparado hispanoamericano de modo que podamos entender como han solucionado esta problemática.Item Implicancias de la interposición del Recurso de casación en el proceso de ejecución de Título con garantía, en los juzgados civiles de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, 2021(2023-12-21) Gamarra Vivanco, Lisset PatriciaEn la presente tesis se aborda el proceso de ejecución de garantías en el sistema judicial peruano y la problemática relacionada con el recurso de casación, que se utiliza de manera abusiva para dilatar los procesos y postergar la ejecución de garantías hipotecarias, lo que afecta la celeridad y eficiencia procesal. La investigación propuesta busca analizar las implicancias de la interposición del recurso de casación en estos procesos y proponer soluciones viables con el propósito de proteger el derecho de crédito de los acreedores. La investigación se enfoca en evaluar la naturaleza jurídica de la casación y el proceso de ejecución de garantías, además de realizar un estudio de campo en los expedientes de ejecución de garantías en los que se interpuso recurso de casación, pertenecientes a los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Luego de realizada la investigación se concluyó que la interposición del recurso de casación en los procesos de ejecución de garantías vulnera los principios de economía y celeridad procesal, conllevando que se dilate y dificulte el cobro efectivo de las acreencias. Asimismo, se obtuvo como resultados que, desde la fecha de interposición del recurso de casación hasta su eventual recepción en primera instancia, en promedio transcurren 809.59 días. Por otra parte, el 65% de los casos fue rechazado de plano, el 29% fue declarado improcedente, mientras que el 5.88%, que equivale a un caso, se consideró procedente, para luego, ser resuelto como infundado, lo que conlleva a determinar que la tasa de eficacia del recurso es del 0%. En promedio, se dictan aproximadamente 9.12 resoluciones por expediente. Y, su vez, el retraso efectivo de la ejecución forzada de los inmuebles dados en garantía a raíz del trámite del recurso de casación es de 863.25 días en promedio. Finalmente, los gastos que genera el recurso de casación elevan los costos de aranceles judiciales y honorarios profesionales de abogados.Item La imputación concreta del contexto de violencia familiar en el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar y sus consecuencias jurídicas en el debido proceso y los principios del derecho penal, salas penales de apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, 2020-2021(2023-09-11) Pari Ríos, Wendy VanessaLa presente investigación se ha realizado con el objeto de determinar los criterios asumidos por las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Arequipa respecto a la concurrencia del contexto de violencia familiar en el delito de agresiones en contra de la mujer e integrantes del grupo familiar. Es por tal motivo, que se ha analizado las sentencias de vista emitidas entre los años 2020 y 2021 y los principales actuados que motivaron dichas decisiones, lo que ha permitido advertir que el Ministerio Público, en todas las acusaciones materia de revisión, no cumplió con realizar una postulación fáctica del contexto de violencia familiar requerido por la norma, haciendo referencia únicamente al vínculo familiar existente entre la víctima y el agente del delito, cuando de acuerdo a la definición establecida en el Acuerdo Plenario N° 01-2016/CJ-116, la violencia familiar se traduce en una conducta sistemática o frecuente que se da en el seno familiar y que puede verse configurada en intentos anteriores de dar muerte, de agresiones físicas, sexuales o psicológicas en contra de la víctima. Esta ausencia de imputación fáctica de dicho elemento normativo no fue advertida por los jueces de investigación preparatoria durante la etapa intermedia, lo que ha tenido incidencia en las sucesivas etapas del proceso pues a pesar de esta omisión fáctica, que se constituye como un defecto de carácter sustancial, se llevó a cabo toda la actividad probatoria durante el juicio oral y se emitieron sentencias contradictorias, las mismas que al ser impugnadas no han recibido una respuesta uniforme por parte de las salas superiores. Esta falta de uniformidad en las decisiones judiciales resulta perjudicial para la administración de justicia pues ante una misma situación procesal se han dictaminado consecuencias jurídicas distintas, lo que supone una vulneración a diversos derechos y principios que conforman el debido proceso.Item La doble instancia en el proceso único de ejecución apuntes en defensa de la tutela jurisdiccional efectiva y el derecho a un plazo razonable. Arequipa - 2022(Universidad Católica de Santa María, 2023-04-19) Ramos Calderón, María del CarmenEl tiempo es un factor importante al momento de analizar la eficacia de un proceso judicial. Esta lógica es irrefutable en el caso de los procesos de ejecución en donde el derecho ya se encuentra declarado y lo único que se busca es hacer efectiva la cobranza de la deuda. Así las cosas, lo que se busca en el presente trabajo es argumentar a favor de la tutela jurisdiccional efectiva en un plazo razonable limitando el derecho a la doble instancia en un proceso único de ejecución cuando se pretende interponer un recurso de apelación contra un auto final. Esto se debe a que la tutela jurisdiccional efectiva es un derecho fundamental que no se agota con la posibilidad de acudir al sistema jurisdiccional u obtener una sentencia. Este derecho exige de parte del sistema de administración de justicia que el resultado del proceso pueda materializarse en un plazo razonable. En un escenario como este, el sistema jurídico requiere de un proceso ejecutivo expeditivo que permita hacer efectivo el derecho declarado para continuar con la dinámica económica. En ese contexto, la presente investigación busca armonizar el interés del ejecutante en materializar su derecho de crédito en el menor lapso posible con la garantía de un debido proceso que le asiste al ejecutado, tomando en consideración los precedentes establecidos en el VI Pleno Casatorio Civil sobre las reglas a observarse para la calificación de una demanda ejecutiva. Si la finalidad del proceso de ejecución es materializar un derecho declarado, se debe ponderar el interés del acreedor frente al del deudor. Por tal motivo, si se impone la entrega de una carta fianza como requisito de admisibilidad de la apelación del auto final solo en aquellos casos en los que realmente existe una razón fundada para apelar, tendría sentido que el ejecutado incurra en los costos de una carta fianza para suspender el trámite de ejecución forzada, caso contrario, si solo se pretende dilatar la cobranza, no sería eficiente recurrir a la impugnación porque el riesgo de falibilidad en un proceso de esta naturaleza lo debe soportar el deudor.Item Reestructuración organizativa de la competencia de los procuradores públicos vinculado a los bienes jurídicos involucrados. Arequipa - 2019(Universidad Católica de Santa María, 2023-03-22) Pretell Reveggino, ValeriaLa investigación realizada bajo la denominación de: “Reestructuración organizativa de la competencia de los Procuradores públicos vinculado a los bienes jurídicos involucrados. Arequipa- 2019” tuvo como objetivo verificar si es que la actual regulación del sistema de Procuradores nacional resulta eficiente y acorde con los fines de la defensa del Estado o es que por el contrario se requiere modificaciones sustanciales a esta normativa. Tuvo como objetivo general, el establecer una reestructuración de la organización de los Procuradores Públicos del Sistema de Defensa Jurídica del Estado que intervienen en un proceso penal. De enfoque cualitativo, se ha utilizado como instrumento la entrevista semiestructurada y se ha arribado a la conclusión que el sistema de Procuradores estatal debe ser modificado dando prioridad a la especialidad de la materia del bien jurídico tutelado.Item La penalidad en la violación sexual de menores de edad en el Distrito Judicial Lima, periodo 2015-2018(Universidad Católica de Santa María, 2020-01-08) Torres Zúñiga, Manuel JoelLa Legislación Penal Peruana con relación al delito de violación de la libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en Lima Central, comprendido entre el periodo 2015- 2018; de cuya revisión y análisis, se aprecia que no contaba con un rigor coercitivo en prevención y sanción de acuerdo a la norma penal que, impida la comisión de este tipo de delito; lo que contribuyó a la proliferación de violaciones sexuales en agravio de menores de edad. En el Distrito Judicial de Lima Centro, hubo incremento alarmante en lo que se refiere a denuncias, durante los periodos investigados, ocupando el lugar 12 con un 89.2 de tasa anual promedio “media”. En el primer lugar está el departamento de Madre de Dios que, ocupa el primer lugar con 162.9, la tasa anual promedio “muy alto”. Estos datos son fidedignos según el Observatorio Criminalístico del Ministerio Público de 33 Distritos Fiscales a nivel nacional. En el año 2015, la Región Lima presentó mayor incidencia en estos delitos con un total de 919 casos; el año 2016, 1066 casos; en el año 2017, 1299 casos, y finalmente, en el año 2018, n total de 1818 casos de violación sexual de menores de edad. Precisamente por la carencia e ineficacia de una norma penal efectiva; también se ha verificado en las sentencias analizadas, carencia de una debida motivación, sin tener en cuenta la magnitud del daño físico, psicológico irreversible que se ocasiona al menor sujeto pasivo del ilícito penal. Finalmente, se ha validado 60 entrevistas dirigida a magistrados, 120 entrevistas dirigidas a abogados, 120 encuestas dirigidas a los justiciables y público, teniendo como resultados que la Legislación en esta materia de delitos sexuales no contribuye a prevenir y sancionar a los agentes que cometen este delito. PALABRAS CLAVE: Penalidad, Violación Sexual, Menores De Edad