Cese de la obligación alimentaria entre cónyuges en el divorcio por causal de separación de hecho, cuando preexiste sentencia de alimentos, Arequipa, 2019

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2021-09-06

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Universidad Católica de Santa María

Abstract

La presente investigación se ha efectuado con la finalidad de analizar la procedencia o no del cese de la obligación alimentaria entre cónyuges en el divorcio por causal de separación de hecho, cuando preexiste sentencia de alimentos fijados en otro proceso a favor de uno de ellos. En la investigación se ha llegado a constatar que el cese de la obligación alimentaria entre cónyuges regulada por el artículo 350° del Código Civil, también opera en los casos de divorcio por la causal de separación de hecho, preexistiendo sentencia judicial que fija pensión de alimentos a favor de uno de los cónyuges, toda vez que la indicada norma no está dirigida a una causal específica de divorcio, ni discriminando a alguna de las causales de divorcio. Se ha encontrado que muchos jueces consideran que no procede el cese de la obligación alimentaria entre cónyuges en los divorcios por causal de separación de hecho, en caso de preexistir sentencia judicial que fija pensión de alimentos a favor de uno de los cónyuges, bajo el argumento de que la sentencia de alimentos no hace cosa juzgada. Sin embargo, se ha demostrado que estas sentencias sí causan cosa juzgada, por lo que el cese de la obligación alimentaria preexistente se puede acumular procesalmente a la pretensión de divorcio por causal de separación de hecho y ser resuelta en la misma sentencia de divorcio, sin que ello contravenga el mandato constitucional contenido en el inciso 2) del artículo 139 de la Constitución. De igual manera se ha verificado que la jurisprudencia nacional comienza a orientarse favorable a la resolución de la pretensión de cese de la obligación alimentaria entre cónyuges en el divorcio por causal de separación de hecho, aun preexistiendo sentencia de alimentos fijados en otro proceso a favor de uno de ellos. Asimismo, ha quedado demostrado que, al no resolverse conjuntamente con el divorcio por causal de separación de hecho la pretensión acumulativa de cese de obligación alimentaria entre cónyuges fijada en un proceso anterior, se vulneran derechos fundamentales de los demandantes, como el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva en su vertiente de acceso a la justicia y a su vez el debido proceso. Como también los principios de celeridad y economía procesal.

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Keywords

Alimentos, Cese de alimentos, Conyuges

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