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Legítima defensa y sus consecuencias derivadas de la Ley N° 32026, 2025
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Fecha
2026-05-04
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Editor
Universidad Católica de Santa María
Resumen
La investigación que precede en las siguientes páginas, tuvo como principal objetivo el averiguar si es que la actual redacción propuesta por la Ley N° 32026 responde verdaderamente a los presupuestos conocidos y ampliamente desarrollados en numerosos libros y sentencias emitidas por nuestros órganos judiciales sobre la legítima defensa.
Para encontrar una respuesta, nos valimos del enfoque cualitativo, puesto que, a lo largo de la elaboración de este trabajo, nos dedicamos a recolectar información doctrinal y jurisprudencial que posteriormente fue analizada. Además, la investigación se realizó en el nivel descriptivo con la finalidad de conocer profundamente la figura aludida y los cambios que sufrió con la publicación de la última ley. También se trabajó en el nivel explicativo, ya que se fundamentó por qué la reforma es un acto simbólico y por qué resulta innecesaria y genera controversias. Se aplicó a su vez el método dogmáticojurídico y se tuvo como población resoluciones emitidas por la Corte Suprema del Perú durante los años 2020 al 2023, de las cuales, las que realicen un análisis de esta causa de justificación se convirtió en nuestra muestra. Como parte final de la metodología aplicada, la técnica e instrumentos se basaron en la observación documental y las fichas de observación, respectivamente.
El uso de la presente metodología, nos permitió concluir que la nueva redacción del art. 20 numeral 3 es innecesaria, complicada, restrictiva, sujeta a cuestionamientos y, sobre todo, simbólica.
Descripción
Palabras clave
Legítima defensa privilegiada, doctrina del castillo, derecho penal simbólico.