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Análisis del expediente constitucional N° 02053-2013-PA/TC, acción de amparo

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Fecha

2019-12-23

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Editor

Universidad Católica de Santa María

Resumen

El 06 de setiembre de 2012, la Universidad Privada del Norte (UPN) y la Universidad de Ciencias Aplicadas (UPC), interpusieron una acción de Amparo ante el Octavo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, ya que se sentían afectadas sus derechos de exoneración según la Ley Nro. 29766, proceso en la cual la Superintendencia Nacional Tributaria -SUNAT- es la demandada. Las universidades alegaban que esta Ley es de carácter autoaplicativa otorgando efectos retroactivos a la caducidad del crédito tributario por reinversión en el sector educativo, por lo que las universidades demandantes buscan con la acción de amparo la inaplicación de la caducidad del crédito por reinversión que prevé la Ley Nro. 297666. Este proceso el cual fue declarado improcedente en primera instancia y confirmado en segunda instancia, a consecuencia de ello se elevó al Tribunal Constitucional mediante un agravio constitucional presentado por la parte demandante generando votos singulares de la Magistrada Lesdema y Urviola los cuales serán analizados en el siguiente trabajo. Finalmente, la sentencia dio un resultado favorable a la parte demandante, como consecuencia la SUNAT no puede aplicar la Ley 29766 tanto a la Universidad Privada de Ciencias Aplicadas (UPC) y Universidad Privada del Norte (UPN)

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Palabras clave

Derecho Constitucional, Acción de Amparo

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