Incidencia de la remuneración sujeta a condición en la denegatoria de las pretensiónes de hostilidad laboral por reducción inmotivada de remuneraciones de los trabajadores comisionistas Perú 2016-2020

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2023-10-16

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Universidad Católica de Santa María

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La presente tesis sostiene que el artículo 49° del Decreto Supremo 001-96-TR – Aprueba el Reglamento de Ley de Fomento al Empleo (1996), determinaría que un trabajador comisionista no podría denunciar la causal de hostilidad laboral en la reducción de su porcentaje de la comisión remunerativa a su empleador, en caso su empleador redujera, por ejemplo, el porcentaje de comisión acordado en el contrato de trabajo o el definido por costumbre laboral. Por lo que es cuestionable si le fuese aplicable la causal reconocida en el inciso b) del artículo 30° del Decreto Supremo 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, o es que al encontrarse aún vigente el artículo 49° del Decreto Supremo 001-96-TR, Aprueba el Reglamento de Ley de Fomento del Empleo (1996) debiese aplicarse literalmente, por lo tanto, excluírseles de toda protección por dicha hostilidad laboral. Esto contiene una irrazonable prohibición de acceso de los trabajadores comisionistas hacia los procedimientos de hostilidad laboral por reducción inmotivada de remuneraciones, lo que supondría un trato discriminatorio hacia éstos, por lo cual, la investigación tiene como objetivo argumentar la modificatoria del artículo 49 del Decreto Supremo 001-96-TR, Aprueba el Reglamento de Ley de Fomento al Empleo (1996), para lo cual se ha realizado una investigación de tipo documental de estudio de casos múltiples bajo un enfoque cualitativo. La población utilizada en el presente trabajo de investigación consta de 100 casos entre casaciones y sentencias, de los cuales solo 60 casos (muestra) cumplen con los criterios necesarios para los fines de este trabajo de investigación. Los resultados obtenidos luego de la investigación indican que se debe revisar el artículo 49 del Decreto Supremo 001-96-TR modificándolo de tal forma que no genere un hecho discriminador.

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Trabajador comisionista, Reducción inmotivada, Hostilidad laboral

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