La insuficiencia del sistema de control de constitucionalidad concentrado ex – post y la necesidad de implementar un sistema paralelo de control de constitucionalidad ex –ante, Arequipa – 2018

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2019-10-29

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Universidad Católica de Santa María

Abstract

El sistema continental o romano germánico instaurado en nuestro ordenamiento jurídico ha llevado a la implementación de un sistema de concentrado de Control de Constitucionalidad en cuando si bien se permite a los jueces de la república la aplicación de control difuso, una decisión emanada del control difuso únicamente resulta vinculante respecto de las partes intervinientes en el proceso judicial en el cual dicho juez decidió la inconstitucionalidad de la norma, ello no revelaría mayor problema de no ser por el hecho de las limitaciones establecidas en el texto constitucional para demandar la inconstitucionalidad de una norma y el plazo del que goza el Pleno del Tribunal Constitucional para pronunciarse (el mismo que en la práctica suele ser enunciativo en virtud de la carga procesal). Esto, sumado a la imposibilidad de trabar medidas cautelares en los procesos de inconstitucionalidad y los efectos Ex – nunc de los fallos en dicha materia, generan que normas inconstitucionales generen efectos en el plano factico durante un periodo de tiempo prolongado, en el cual en múltiples ocasiones vulneran derechos constitucionales de los ciudadanos generando incluso la irreparabilidad de sus efectos. En el último periodo parlamentario se han emitido un considerable número de leyes, algunas incluso aprobadas por insistencia, respecto de las cuales existe casi un consenso respecto de su inconstitucionalidad y las cuales, debieron entrar en vigencia para reclamarse su inconstitucionalidad; es decir, lo más probable es que las leyes cuestionadas tengan un efímero periodo de vigencia durante el cual generen plenos efectos, para luego ser expulsadas del ordenamiento jurídico, perjudicando los intereses de terceros y sobre todo generando un clima de inseguridad jurídica. Es por este motivo, que surge la importancia de analizar la conveniencia de implantar un sistema de control de constitucionalidad ex ante que conviva con el sistema actual y que se encuentre reservado a ciertos funcionarios que puedan cuestionar la norma con anterioridad a su publicación en el “Diario Oficial El Peruano” y de esta manera evitar su entrada en vigencia hasta la validación de la norma. Palabras Clave: Inconstitucionalidad, control preventivo, Estado de Derecho, seguridad jurídica.

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Keywords

Inconstitucionalidad, Control Preventivo, Estado de Derecho, Seguridad Jurídica

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