Causales de Inaplicación del Título de Crédito Hipotecario Negociable en el Sistema Financiero Peruano.

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2013-08-09

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Universidad Católica de Santa María

Abstract

Los continuos cambios que experimenta nuestra sociedad, requiere de nuevas exigencias jurídicas que marchen el ritmo del modernismo, lo que va permitiendo el surgimiento de los llamados contratos modernos o contratos contemporáneos para el Siglo XXI. Estos nuevos contratos surgen para solucionar las necesidades del intercambio comercial que los Bancos y las empresas de nuestra generación han creado como solución a esta necesidad de orden social-económico. Los contratos modernos son el producto de la autonomía de la voluntad, la evolución de la sociedad, la satisfacción de una necesidad social y la correcta utilización de una técnica contractual. Los contratos modernos de naturaleza bancaria son regulados por la Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; tales como la cuenta corriente, ahorros, letra hipotecaria, leasing, factoring, tarjetas de crédito, crédito documentario, fideicomiso, descuento y especialmente uno nuevo como el Título de Crédito Hipotecario Negociable. El Título de Crédito Hipotecario Negociable es un Título Valor moderno que recién ha sido regulado y que merece una especial investigación, porque ofrece aparentemente nuevas e importantes innovaciones pero que, por algún motivo, que no se conoce, no es utilizado en el sistema bancario. Por ese motivo, consideré que era necesario realizar el presente trabajo de investigación jurídica, que nos permita descubrir las bondades de este nuevo título valor y encontrar las causales de su inaplicación en el sistema financiero peruano. La investigación tiene un enfoque práctico y de suma utilidad. En ella se presentan referencias y citas de importantes autores nacionales y del extranjero, se transcribe disposiciones legales para una mejor comprensión del tema, las que han sido debidamente concordadas y actualizadas, ayudado por mi experiencia profesional en el campo del derecho bancario, como funcionaria del Banco de Comercio. Se puede determinar que en la legislación bancaria no existe un antecedente inmediato de este título valor. Es la ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, vigente a la fecha, la que crea el Título de Crédito Hipotecario Negociable. Existen características especiales de éste Título, como las referidas a la potestad otorgada al acreedor y el deudor de pactar la ejecución extrajudicial de la Hipoteca, la misma que permitía que un tercero, en virtud de un poder irrevocable que no estaba sujeto a caducidad, se encargará de efectuar la venta extrajudicial del inmueble gravado, en las condiciones establecidas por el Artículo 33° del D. Leg. 495, Ley de creación del Registro Predial e Hipotecas. Se convierte este nuevo título valor en una herramienta que permite a las empresas bancarias conceder créditos con la hipoteca que este título representa, y se otorgue medidas de seguridad y confianza a quienes adquieran estos valores en el mercado secundario. El título tiene una función no sola crediticia sino financiera, busca facilitar la concesión de los créditos a favor del deudor hipotecario, cuya deuda se incorpora en un título que a su vez representa una garantía hipotecaria.

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