La Protección Jurídica de los Derechos a la Vida y la Salud del Concebido Frente a Casos de Negligencia Médica, Cusco 2012-2013

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2017-08-08

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Universidad Católica de Santa María

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Hablar de vida humana es hablar del ser humano y del continuo proceso que implica su desarrollo. Para el Derecho peruano la vida del ser humano inicia desde la concepción, así la Constitución brinda protección al Concebido tras reconocérsele la condición de sujeto de Derecho para todo cuanto le favorece, y aunque el constituyente no se refiera de modo ex professo a la concepción, puede comprenderse que denomina concebido al ser humano antes de nacer porque admite tácitamente que la vida inicia desde aquel momento, resultando bastante elemental la relación terminológica advertida, pues sólo puede nombrarse “concebido” a quien aún no ha nacido, cuando se entiende a la concepción como el momento determinante del inicio de la vida. Pues bien, aunque queda clara la posición de la legislación peruana sobre el momento en que inicia la vida del ser humano, el hecho de que la legislación penal deje impune conductas culposas ocasionadas por negligencia médica, que atentan contra la vida y la salud del concebido motivó la realización de la presente Investigación, en la que se pretende la protección de la vida humana de conformidad a lo establecido por nuestra Constitución, es decir desde la concepción. Desde el punto de vista político criminal es justo y necesario el castigo de este tipo de conductas por cuanto son verdaderamente los sucesos más comunes sobre todo en esta clase de delitos. En ese sentido, la técnica legislativa deberá estar orientada a la tipificación expresa de esta clase de delitos, obedeciendo para ello al sistema numerus clausus, al que está sujeto nuestro Código Penal debido a su artículo 12° segundo párrafo, el cual señala: (…) el agente de infracción culposa es punible en los casos expresamente establecidos en la ley. Por tanto, siendo un hecho que el embrión humano es una realidad biológica que representa el inicio de la vida humana, con su propia carga genética que lo distingue como un ser único e irrepetible. Desde el mismo momento de la concepción posee plena dignidad humana y por lo tanto, posee también el derecho fundamental de la vida, por lo cual se le debe otorgar la protección jurídica necesaria. Es por ello, que el tema concerniente a la protección jurídica del Concebido requiere ser tomado en cuenta en base al vertiginoso avance de la investigación en las ciencias de la salud que ha permitido determinar que esta discusión ya no se trata de una cuestión dogmática o doctrinaria sino biológica, debido a que la desvalorización que algunas personas hacen a la vida humana en sus primeros estadios es un grave atentado al ser humano y a su dignidad como persona, por lo que es necesario que nuestra legislación tome las medidas pertinentes para su protección. Palabras claves: Vida humana, concebido, ser humano, salud, protección jurídica, sujeto de derecho, aborto culposo, lesiones culposas, negligencia médica.

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Vida Humana, Concebido, Ser Humano, Salud, Protección Jurídica, Sujeto de Derecho, Aborto Culposo, Lesiones Culposas, Negligencia Médica

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