Alcances y límites de la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales ante la corte interamericana de derechos humanos, Perú, 2022

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2023-04-14

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Universidad Católica de Santa María

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La justiciabilidad directa de los derechos económicos, sociales y culturales, implica reconocer en el Art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fundamento suficiente para su exigibilidad y tutela, siendo la Corte Interamericana (como órgano jurisdiccional del sistema), la principal garante de estos derechos. No obstante, este planteamiento no ha sido recepcionado de manera unánime, ni por la doctrina, ni por parte de algunos jueces de la Corte, juristas que hasta la fecha mantienen sus reservas respecto a la posibilidad de salvaguardar de manera directa y autónoma los denominados derechos de segunda generación. En ese sentido, el presente trabajo de investigación plantea resolver las dudas sobre la interpretación del Art. 26 de la Convención, y con ello delimitar cuáles son los alcances y límites de la justiciabilidad de los DESC ante la Corte Interamericana. Así, el Capítulo I de la tesis, está orientado a delimitar aspectos conceptuales básicos relacionados a los derechos humanos y el sistema interamericano de protección; por lo que a partir del estudio de los apartados que comprende, se delinea la naturaleza de los derechos humanos, así como la importancia de los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia, preceptos todos que diagraman la no jerarquización, ni categorización de los derechos económicos sociales y culturales, respecto de los derechos civiles y políticos En la misma línea, el Capítulo II analiza, a partir del paralelismo del sistema universal y del sistema interamericano, cómo se planteó la evolución y conceptualización de los DESC, prestando especial atención al desarrollo histórico de este grupo de derechos y cómo el contexto desfavorable con el cual tuvo que lidiar en principio, terminaría luego vi influenciando su tratativa y resguardo en la internacionalización de los derechos humanos. Por su parte, el Capítulo III, y de mayor relevancia para la presente investigación, delimita a partir de sus puntos de desarrollo, qué debe entenderse por justiciabilidad, y cómo la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales, alcanzan tutela a partir de la interpretación evolutiva del Art. 26 en correlación con el Art. 29, 1.1 y 2 de la Convención Americana, definiendo los alcances y límites de dicha justiciabilidad sin dejar de tomar en consideración las posiciones en contra de la exigibilidad autónoma de los DESC y los temores en torno a la supuesta inseguridad jurídica que plantea. Por último, y como colofón de la investigación, el Capítulo IV está dedicado exclusivamente al análisis jurisprudencial de las sentencias de la Corte Interamericana, diferenciando tres fases en su desarrollo, una primera relacionada a la justiciabilidad indirecta de los DESC, una segunda materializada con el caso Lagos del Campo como punto hito en el reconocimiento de la justiciabilidad autónoma de los DESC, y una tercera que se encuentra en pleno desarrollo, a partir del Caso Lagos del Campo hacia adelante, donde la Corte ya asume el reto de delimitar autónomamente los derechos contenidos en el Art. 26 de la Convención.

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Justiciabilidad directa, Derechos económicos, Corte Interamericana de Derechos Humanos

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