Ejecutabilidad de los autos finales derivados de préstamos sin garantías reales en procesos únicos de ejecución incoados por empresas del sistema financiero en contra de personas jurídicas, Corte Superior de Justicia de Arequipa, 2017-2021

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2022-06-22

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Universidad Católica de Santa María

Abstract

A través de la presente investigación se ha buscado abordar aquellas situaciones problemáticas surgidas cuando las empresas del sistema financiero que celebraron contratos de mutuo bancario sin garantías reales, inician procesos únicos de ejecución como respuesta al incumplimiento de sus clientes (en este caso personas jurídicas) buscando con ello, la cancelación del préstamo e intereses adeudados por estos últimos; siendo que en dichos casos lo que finalmente se obtiene son fallos inejecutables que no logran la efectiva recuperación del monto demandado debido a la ausencia de bienes o cuentas pasibles de embargarse; generándose con ello inseguridad jurídica, violaciones al derecho de crédito y al debido proceso de las empresas demandantes, así como una afectación directa al derecho a la tutela jurisdiccional en su dimensión de efectivo cumplimiento de lo decidido en un proceso. Lo anterior implicó un estudio sobre la ejecutabilidad de las decisiones emitidas por el órgano jurisdiccional dentro de procesos únicos de ejecución sobre obligación de dar suma de dinero, para lo cual se analizaron veinticuatro procesos judiciales sustanciados entre los años 2017 a 2021 en distintos Juzgados de Paz Letrado y Juzgados Especializados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Así, y dentro de la investigación desempeñada, se examinaron resoluciones judiciales tales como: el mandato ejecutivo, la resolución que admite a trámite la contradicción, el auto final, la resolución que declara consentido el auto final, la resolución que requiere el señalamiento de bienes libres de gravamen, así como la resolución que declara al deudor judicial moroso. Estos documentos públicos contienen información objetiva e invariable toda vez que tales pronunciamientos ya fueron emitidos por el órgano jurisdiccional competente. Estando a la naturaleza del objeto materia de investigación, es que el estudio realizado se ha servido del método mixto de investigación así como de la técnica de análisis documental interno o de contenido, ello en la medida de que el soporte o base externa de las resoluciones judiciales en evaluación se torna en intrascendente para la finalidad buscada por el presente trabajo. De este modo, y para levantar la información de los documentos que se detallan en el párrafo precedente, se utilizaron Fichas de Observación Estructuradas, las cuales en buena cuenta, ha recogido datos como: el sujeto activo y pasivo del proceso, el tipo de garantía empleada, las medidas cautelares interpuestas, el reconocimiento judicial del derecho de crédito invocado, el pago de la deuda, los mecanismos de ejecución del auto final y la declaración de deudor judicial moroso. Como resultado del estudio realizado, se ha logrado demostrar que dentro de los procesos únicos de ejecución sobre obligación de dar suma de dinero que fueron objeto de investigación, los autos finales se tornaron en inejecutables toda vez que, a pesar de haberse reconocido judicialmente el derecho de crédito del ejecutante, así como la existencia de una obligación cierta, expresa, exigible, líquida o liquidable; no se logró la real y efectiva recuperación de la suma demandada, sino una mera declaración de deudor judicial moroso que únicamente permitiría una deducción en la determinación del impuesto a la renta de tercera categoría. En tal medida, el proceso no ha cumplido su finalidad de lograr paz social en justicia, y en cambio, ha generado una vulneración del derecho de crédito y a la tutela jurisdiccional efectiva de las empresas del sistema financiero accionantes.

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Keywords

Proceso Único de Ejecución, Mutuo Bancario, Personas Jurídicas, Empresa del Sistema Financiero

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