La primacía del derecho a la identidad dinámica del menor, y su falta de regulación establecido en el artículo 395 del Código Civil. Casuística obtenida de los Juzgados Especializados en Familia de Arequipa en la sede central, años 2021 al 2023

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2024-12-13

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Universidad Católica de Santa María

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La presente tesis ha sido desarrollada en cuatro partes claramente definidas, las cuales nacen con el objetivo general de: “Determinar el efecto del artículo 395 previsto en el Código Civil (1984) referente al carácter irrevocable y puro del acto del reconocimiento y su relación con el derecho a la identidad y el principio del interés superior del niño”. Para tal efecto, se han trazado los objetivos específicos más importantes: a) Identificar de qué manera el articulado del Código Civil (1984) respecto al carácter irrevocable y puro del acto de reconocimiento afecta el derecho a la identidad de los menores, en cuanto a conocer su origen biológico. b) Proponer la creación de un protocolo para la aplicación del principio de identidad tanto estática como dinámica al momento de la admisión o calificación de la demanda sobre impugnación de paternidad, así como prever la obligatoriedad de la parte demandada de pronunciarse respecto de quién sería el padre biológico del menor. c) Proponer la modificación del artículo 395 del Código Civil (1984), ya que la actual normativa se encuentra desfasada con relación a la prueba pericial ADN, la cual tiene un grado de certeza del 99.99%. Puesto que esta no existía en el año 1984, cuando se promulgó el Código Civil (1984). d) Demostrar los parámetros que se deben seguir para prevalecer la identidad dinámica respecto de la identidad biológica

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Keywords

Impugnación de paternidad, Identidad dinámica, Identidad estática

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