El principio de oportunidad en el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, a propósito del acuerdo plenario 09- 2019/CIJ/116, Arequipa, 2022
Loading...
Date
2024-10-14
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad Católica de Santa María
Abstract
La presente tesis tiene como objetivo determinar si con la prohibición de la aplicación del
Principio de Oportunidad en el delito de Agresiones en contra de las mujeres e integrantes del
grupo familiar a razón del Acuerdo plenario 09/2019/CIJ/116 se vienen vulnerando y
contradiciendo los principios de Proporcionalidad, Economía y Celeridad procesal.
Para tal fin se utilizaron los métodos de investigación jurídica y el método dogmático.
La unidad de análisis, población y muestra de la investigación fueron los supuestos
normativos (sustantivos y adjetivos) relacionados al delito de agresiones en contra de los
integrantes del grupo familiar. Asimismo, Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Ancash, 2017,
Pleno Jurisdiccional Distrital Penal Del Callao, 2018, Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de
Arequipa, 2018, Carpera Fiscal 550-2019: Siete criterios para aplicar un Acuerdo Reparatorio en
el delito de agresión contra una mujer, el Acuerdo Plenario N° 09-2019/CJ-116 sobre acuerdo
reparatorio y principio de oportunidad en el delito de agresiones en contra de las mueres o
integrantes del grupo familiar y las sentencias del Tribunal Constitucional que analizan casos sobre
el principio de proporcionalidad.
También se analizaron las estadísticas de los casos de agresiones en contra de las mujeres
o integrantes del grupo familiar que se tienen en los juzgados especializados en violencia familiar
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a partir de la emisión del Acuerdo Plenario N° 09-
2019/CJ-116.
La Población de la investigación lo constituyen 41 encuestados, de los cuales tenemos: 4
jueces especializados de los módulos judiciales especializados en violencia contra la mujer o
integrantes del grupo familiar de Arequipa, 6 fiscales especializados en violencia contra la mujer
o integrantes del grupo familiar de Arequipa, 31 abogados, entre asistentes administrativos y
secretarios judiciales de los Juzgados especializados en violencia familiar de la Corte Superior de
Justicia de Arequipa y los Asistentes en función fiscal y asistentes administrativos de las fiscalías
especializadas en violencia familiar del Ministerio Publico, distrito fiscal de Arequipa.
En cuanto a la muestra: Para los operadores jurídicos, la muestra es no probabilística, es
decir a elección del investigador, debiendo considerar criterios para establecer las condiciones de
elección: Criterios Inclusivos: Que tengan mayor de 3 años de experiencia en el cargo, ya sean
jueces o fiscales, además de que laboren en los juzgados y fiscalías especializados en violencia
familiar de la ciudad de Arequipa. Criterios de Exclusión: Que no cumplan con las condiciones
de experiencia antes descritos.
Los instrumentos utilizados fueron: Ficha de recopilación bibliográfica y el Cuestionario.
La conclusión principal a la que se ha llegado con la investigación es que con la prohibición
de la aplicación del Principio de Oportunidad en el delito de Agresiones en contra de las mujeres
e integrantes del grupo familiar a razón del Acuerdo plenario 09/2019/CIJ/116 se vienen
vulnerando y contradiciendo los principios de Proporcionalidad, Economía y Celeridad procesal,
además de otros principios constitucionales como el de protección a la familia y el interés superior
del niño que justifican su predominio sobre el acuerdo plenario emitido por la Corte Suprema, ya
que no han sido analizados referidos principios, puesto que estos se configuran como directrices
obligatorias para interpretar supuestos normativos.
Description
Keywords
Principio de Oportunidad, Acuerdo plenario 09/2019/CIJ/116, Grupo familiar