Regimen Patrimonial del Matrimonio y los Terceros Acreedores en el Distrito Judicial del Cusco del 2003-2008

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2008-01-16

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Universidad Católica de Santa María

Abstract

El presente trabajo de investigación sobre “El Régimen Patrimonial del Matrimonio y los Terceros Acreedores en el distrito judicial del Cusco del 2003- 2006” comprende el estudio de un problema de palpitante actualidad, por la falta de una adecuada regulación legislativa y mejor tratamiento a las relaciones personales de uno de los miembros de la sociedad conyugal con terceros acreedores cuando el deudor no tiene bienes propios con que responder, pero si existen bienes sociales, del cual también es propietario dicho deudor, problema que repercute en consecuencias sociales, económicas y fundamentalmente jurídicas en la población, debido a que los derechos crediticios que se originan con uno de los cónyuges, corren el riesgo de ser burlados amparado en el denominado “patrimonio autónomo de la sociedad conyugal” que preconiza nuestro sistema legal en materia de familia, situación que nos ha llevado a abordar este trabajo con el propósito de buscar una solución adecuada y con arreglo a la misma legislación sustantiva. En nuestro sistema jurídico la falta de una regulación adecuada, para garantizar al acreedor de uno de los cónyuges sin bienes propios, han permitido decisiones judiciales injustas y deficientes, haciendo ilusorio su cobro al no permitir el pago con los bienes de la sociedad conyugal. Los tribunales de justicia han emitido ejecutorias contradictorias, sin haber podido solucionar el conflicto de intereses íntersubjetivos de una parte de la población. Este tema por su importancia inclusive ha sido tratado en el pleno jurisdiccional Civil de 1997 por todos los Magistrados de segunda instancia del país sin haberse solucionado por que solamente se acordó, por mayoría, admitir la medida cautelar de embargo en los bienes sociales, y su ejecución solo se producirá previa liquidación de la sociedad de gananciales. El mismo que se 10 consigue por las causales de fenecimiento que establece el art. 318 del Código Civil: 1.- Por invalidación del matrimonio. 2.- Por separación de cuerpos. 3.- Por divorcio. 4.- Por declaración de ausencia. 5.- Por muerte de uno de los cónyuges. y 6.- Por cambio de régimen patrimonial. El acontecimiento de cualquiera de estas causales son muy remotas por que no dependen del acreedor, sino de un proceso judicial en su mayoría y de la voluntad de los cónyuges en otros casos, convirtiéndolo en un derecho solamente en expectativa quedando de esta manera burlado el acreedor, situación que perjudica el tráfico comercial e industrial y por consiguiente el desarrollo económico del país. Este problema se trato de solucionar con la promulgación de la ley 27809 (08-06-02) que modifico los arts. 330 del CC. y 703 del CPC. que remite el cobro al procedimiento administrativo concursal para el pago de la deuda, procedimiento que ha devenido en inoperante por lo que el problema se mantiene latente y necesita que el Estado en cumplimiento de la tutela judicial efectiva al que esta obligado por mandato de la Constitución, regule este vació de la ley y para cuyo efecto proponemos se agregue una nueva causal de fenecimiento de la sociedad conyugal. Que vendría a ser “Por declaración judicial en el caso de insolvencia del cónyuge”. Todos estos aspectos comprende el presente trabajo el que esta desarrollado en forma sistemática en 5 capítulos; el primero se refiere al Régimen Patrimonial del matrimonio: sus antecedentes, concepto, clases, caracteres jurídicos, régimen legal, los principios inspiradores, opción entre dos regimenes sustitución convencional y judicial del régimen. El segundo. referido a la sociedad de gananciales: sus antecedentes, concepto, evolución, naturaleza jurídica, teorías de la naturaleza jurídica. El capitulo III comprende la sociedad de gananciales en el sistema jurídico peruano y en el derecho comparado. El capitulo IV, comprende propiamente el tema central de nuestro trabajo y esta referido al régimen patrimonial del matrimonio y los terceros acreedores: 11 antecedentes, responsabilidad patrimonial, sociedad conyugal, sustitución del régimen por inicio de procedimiento concursal, liquidación por inexistencia de concurso, comparación con otros sistemas. El capitulo V, esta referido al análisis jurisprudencial y de las encuestas (trabajo de campo) y finalmente las conclusiones, la bibliografía y los anexos.

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Regimen Patrimonial del Matrimonio, Terceros Acreedores

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