El Principio del Interés Superior del Niño en los Procesos Judiciales de Abandono de Niños y Adolescentes de los Juzgados Especiales de Familia en la Ciudad de Arequipa de Junio del 2002 a Mayo del 2003.

dc.contributor.authorQuijano Castañeda Angela Avelies_ES
dc.date.accessioned2018-01-08T16:36:41Z
dc.date.available2018-01-08T16:36:41Z
dc.date.issued2005-01-20
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación que pongo en su conocimiento, para obtener el grado de magíster en Derecho de Familia, se titula “El Principio del Interés Superior del Niño en los procesos judiciales de abandono de niños y adolescentes de los Juzgados Especializados de Familia de la ciudad de Arequipa de junio del 2002 a mayo del 2003”, a través del cual se va a determinar si efectivamente se violenta el principio rector del interés superior del niño y si cumple a cabalidad su finalidad en los procesos de abandono de niños y adolescentes. Muchos tenemos conocimiento de la existencia del principio del interés superior del niño, sin embargo pocos sabemos que este principio tiene una finalidad muy trascendental, el de salvaguardar al niño y adolescente en todos sus aspectos y pese a ello existen procesos judiciales en los cuales no se aplica a cabalidad dicho principio. Se ha observado, como resultado de la presente investigación, que aún se vienen tramitando procesos que han sido aperturados en el año 2002 y que a la fecha no han concluido; siendo factores internos los que determina que el interés superior del niño se violente y no cumpla con su finalidad, cual es el de dar protección al niño y adolescente en todos sus aspectos, por lo que ha sido el motivo que me ha impulsado el efectuar la presente investigación. El interés superior del niño es el principio más desarrollado y utilizado por las diversas instituciones que tienen a sus cargos niños o adolescentes, los que tienen derechos al igual que obligaciones, debiendo ser respetados y cumplidos a cabalidad. Existen naciones que velen porque el principio del interés superior del niño se fortalezca y es la Convención de los Derechos del Niño quien se encarga de establecer los mecanismos de coordinación, capacitación y sensibilización a fin de cumplir con la protección y cuidado de nuestros niños y adolescentes a nivel mundial. 10 El contenido del principio rector son los derechos e intereses del niño, caracterizado esencialmente por ser un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna al niño y adolescente; siendo su principal función el de ayudar a que las interpretaciones jurídicas reconozcan el carácter integral de los derechos de los niños o adolescentes como guía para todo parámetro de cuidado y protección. Al niño o adolescente se le considera como un ser humano que tiene derechos y obligaciones, siendo los gobiernos nacionales los que se encargan de asegurar el respeto de sus derechos, tomando en cuenta sus opiniones y experiencias. El niño como sujeto de derechos tiene contacto directo con la naturaleza y la sociedad y es influenciado en todos sus aspectos, como integrante de un proceso continuo enriquecido por la relación con su medio. En la justicia integral de protección al niño o adolescente tenemos la participación directa del Juez y del Fiscal, como guiadores de sus destinos, quienes se encargan de darles la debida protección bajo sus decisiones. Deben existir políticas que protejan a los niños y adolescentes a fin de no violentar el principio del interés superior del niño; lo que se puede lograr mediante programas y proyectos de sensibilización y orientación hacia los padres y demás personas que tengan contacto con un niño o adolescente. Dentro de los aspectos fundamentales referidos a niños y adolescentes encontramos a dos doctrinas muy enmarcadas como son la doctrina de la situación irregular y de la protección integral de los niños y adolescentes, las mismas que analizan el sentido de atención y protección hacia todo menor de edad, con intervención del Estado y de la sociedad en su conjunto. El abandono de niños y adolescentes es una realidad que cada vez se va acrecentando con mayor fuerza, debido a la poca toma de conciencia de los padres y familiares que teniendo en sus manos la protección de los niños y adolescentes, lo encargan a instituciones como el Poder Judicial a fin de que decidan sobre su 11 destino y sobre todo respecto a su protección y cuidado; teniendo como consecuencia la falta de una correcta aplicación del interés superior del niño; y como causas esenciales la falta de una cultura de planificación familiar, la pobreza y la violencia, aspectos que inciden en el continuo abandono de nuestros niños; lo que causa un desequilibrio en el seno familiar y sobre todo en el niño o adolescente que sufre dicho abandono, debiendo el Estado orientar a los padres y sensibilizarlos a fin de que no existan tanto abandono de niños o adolescentes. En un análisis de campo efectuado en el Primer Juzgado de Familia de Arequipa, respecto al abandono de los niños y adolescentes, se tiene como resultado que se vulnera el principio rector del interés superior del niño, al observarse que se tiene a la fecha más de cien procesos en trámite, los mismos que debieran estar culminados e incluso archivados, sea porque los niños o adolescentes fueron declarados en abandono o porque se determinó la conclusión del proceso; sin embargo y pese a que en nuestro ordenamiento legal se establece plazos a fin de que se tramite con mayor rapidez los procesos de abandono, se hace caso omiso y se sigue perjudicando al niño o adolescente que se encuentra en una investigación tutelar, debiendo establecerse plazos perentorios a fin de que la investigación tutelar no tenga una duración mayor a un año, y pudieran ser adoptados integrando una familia. Nuestro Código de Niños y Adolescentes establece que quien se encuentra a cargo de la investigación tutelar es el MINDES, como ente rector, sin embargo a la fecha no se ha publicado el reglamento a fin de que dicha entidad tome las riendas de los procesos y sea el Juez Especializado de Familia, conjuntamente con el dictamen del Representante del Ministerio Público, quienes establezcan que el niño o adolescente se encuentra en estado de abandono. Investigación que pongo a su consideración, habiendo establecido de manera clara y concreta un panorama general del contenido de la misma.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.identifier.urihttps://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/7135
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Católica de Santa Maríaes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.sourceUniversidad Católica de Santa Maríaes_ES
dc.sourceRepositorio de tesis de la Universidad Católica de Santa María - UCSMes_ES
dc.subjectAbandono de Niños y Adolescenteses_ES
dc.subjectPrincipio del Interes Superior del Niño y Adolescentees_ES
dc.titleEl Principio del Interés Superior del Niño en los Procesos Judiciales de Abandono de Niños y Adolescentes de los Juzgados Especiales de Familia en la Ciudad de Arequipa de Junio del 2002 a Mayo del 2003.es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_ES
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renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/nivel#maestroes_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
thesis.degree.disciplineMaestría en Derecho de Familiaes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Católica de Santa María.Escuela de Postgradoes_ES
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