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El escrito de informe oral o uso de palabra del cuarto párrafo del artículo 375 del código procesal civil como obstáculo al derecho a ser oído, 2023

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Fecha

2023-12-11

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Editor

Universidad Católica de Santa María

Resumen

El derecho a ser oído es una de las principales referencias sobre el principio de oralidad o el proceso por audiencias en los procesos judiciales modernos, es en función a este derecho que se cuestiona a lo largo de la investigación sobre la contradicción entre lo prescrito en el cuarto párrafo del artículo 375 del Código Procesal Civil y lo previsto tanto en jurisprudencia nacional e internacional como en la Convención Interamericana de Derechos y la Declaración Universal de Derechos Humanos, logrando demostrar que se trata de un artículo que debe ser inaplicado mediante la confrontación de este con normas jerárquicamente superiores, ello conlleva a utilizar el control de constitucionalidad o, en su defecto, el control de convencionalidad para procurar garantizar el derecho de las partes para que estas sean escuchadas en segunda instancia. De la manera antes mencionada, no se pretende instruir ni motivar legislación alguna a lo largo de la investigación, es una tesis meramente jurídica que hace uso de la interpretación la lógica y la experiencia de renombrados juristas que, en virtud del derecho de defensa, fomentan la oralidad como garantía mínima del debido proceso y animan de manera entusiasta a los jueces que cumplen funciones de segunda instancia a inaplicar el artículo cuestionado para que las partes realicen sus informes orales.

Descripción

Palabras clave

Ser oído, Audiencias, Inaplicar, Control

Citación

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