Infracción al Principio de Adecuación Social Expediente 24-2021, caso Lucha Partners S.A. C

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2026-05-18

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Universidad Católica de Santa María

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Resumen

El presente estudio examina la decisión del Tribunal de Indecopi de sancionar al restaurante la Lucha Partners SAC con una amonestación y su inscripción en el registro de infractores por la vulneración del Principio de Adecuación Social, de conformidad con el inciso a) artículo 18 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal. La decisión del tribunal se tomó a raíz de una denuncia de la Asociación de Consumidores respecto a un anuncio publicitario que realizó el restaurante La lucha Partners S.A.C que conllevaría una connotación sexista, asumiendo que la mujer es la persona que debe justificar a su pareja donde se encontraría y que actividades realiza cuando estos se encuentran separados y dicha situación contribuiría a que los consumidores realicen actos ilegales y ofensivos por motivo de sexo contra las mujeres. En primera instancia la Comisión declaró fundada la denuncia, donde aparentemente el Restaurante La lucha Partners S.A.C a razón a dicha publicidad la misma que tuvo un efecto potencial en los destinatarios es lo que reforzaría una conducta estereotipada hacia las mujeres , ante ello el Restaurante La lucha Partners S.A.C presentó recurso de apelación expresando los fundamentos que dicha publicidad no induciría al público consumidor a cometer actos ilegales u ofensivos al sexo femenino y fundamentación expuesta en su escrito de apelación. En la segunda instancia el Tribunal confirma denuncia interpuesta indicando que el mantener o reforzar en la mente de sus destinatarios, es perpetuar discriminación en las mujeres lo cual induce a que el género femenino tenga que justificar sus actividades a su pareja. Finalmente imponiendo una multa: amonestación.

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Palabras clave

Adecuación social, Derechos, Consumidor

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