Fundamentación jurídica utilizada por el tribunal fiscal en los reparos por operaciones no reales en el impuesto a la renta, 2020

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2023-03-10

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Universidad Católica de Santa María

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El Estado en ejercicio de su facultad fiscalizadora, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (en lo adelante SUNAT), cada año programa verificaciones a la determinación de la obligación tributaria efectuada por el contribuyente, siendo los tributos de mayor verificación el de impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto a la renta, por lo cual la presente investigación tiene como objetivo general: Analizar los fundamentos jurídicos utilizados por el Tribunal fiscal en el reparo por operaciones no reales en el impuesto a la renta. Para dar respuesta se utilizó un enfoque cualitativo basado en la observación documental y análisis dogmático jurídico aplicado a una muestra de 655 sentencias y con una muestra de 244 sentencias analizadas, se llegó a la conclusión que los fundamentos jurídicos se dividen en fundamentos legales los cuales son enunciados en los artículos 20 y 37 de la ley de impuesto sobre la renta; el artículo 44 de la ley de impuesto de gravamen sobre la venta y otros fundamentos legales entre los cuales se pudo evidenciar el artículo 63 de las LIR. Con respecto a los fundamentos jurisprudenciales se pudo determinar que no existen RTF de observancia obligatoria, sino que las 244 resoluciones del Tribunal Fiscal todas aplican el criterio ordinario. Por último el tipo de reparo puede ser aplicado tanto a los gastos como a los costos. Por lo cual se puede concluir que es evidente la ausencia de normatividad en la LIR sobre operaciones no reales a diferencia de la Ley de IGV, por tal motivo existe confusión entre el principio de causalidad con el principio de fehaciencia, así como no existe una RTF de observancia obligatoria sino diversas RTF ordinarias que son utilizadas al momento de fundamentar el reparo, siendo que estas resoluciones solo indican la exigencia probatoria, por lo cual se sugiere al Estado regular en la LIR las operaciones no reales como esta en la ley de IGV.

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Impuestos, Ventas

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