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Aplicación de apercibimientos en salvaguarda del interés superior del niño y adolescente y a la medida cautelar de asignación anticipada en los procesos de alimentos de los Juzgados de Paz Letrado de Cerro Colorado 2019 – 2024
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Fecha
2025-10-16
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Editor
Universidad Católica de Santa María
Resumen
Esta investigación aborda el análisis de la conexión entre la medida cautelar de asignación
anticipada y los apercibimientos emitidos en el marco de los procesos de alimentos, tomando
como base el principio rector del interés superior del niño, la niña y el adolescente. Para ello,
se empleó la técnica del análisis dogmático del artículo 675 del Código Procesal Civil y la
Ley N.º 29803, junto con la observación documental de 100 expedientes tramitados entre
2019 y 2024 en los Juzgados de Paz Letrado de Cerro Colorado, utilizando fichas de registro
sistemático que aseguraron validez y confiabilidad. Los resultados evidencian que 76
demandados eran trabajadores independientes y 24 dependientes, reflejando la incidencia de
la informalidad laboral en la eficacia de la medida. Entre los dependientes, el 87.5% cumplió
gracias a los descuentos en planilla, mientras que entre los independientes solo un 7.9% lo
hizo voluntariamente y el 92.1% incumplió, lo que confirma que la eficacia depende del tipo
de vínculo laboral y de contar con mecanismos de ejecución adecuados. Se concluye que
existe una relación estrecha y complementaria: la asignación anticipa la protección y los
apercibimientos garantizan su cumplimiento; con ello, se corrobora la hipótesis, que sostenía
que la asignación anticipada, aunque busca atender de inmediato las necesidades básicas,
puede resultar ineficiente y vulnerar el principio del interés superior del niño si no se
acompaña de un mandato imperativo de apercibimiento, confirmándose así la necesidad de
una reforma del artículo 675 del Código Procesal Civil. Finalmente, se constató que, aunque
el 94% de los casos obtuvo la medida cautelar, su eficacia práctica se ve limitada por la
dificultad de ejecución frente a la informalidad laboral. Asimismo, la prolongación de los
procesos (65% mayores a seis meses y 30% de más de un año) y las demoras en el auto
admisorio (55% en más de 30 días) generan períodos de desprotección económica que
vulneran directamente el interés superior del niño. En este marco la medida cautelar de
asignación anticipada establecida en el artículo 675 del Código Procesal Civil, y la Ley
29803, constituye un pilar normativo que garantiza alimentación, salud y educación.
Descripción
Palabras clave
Asignación anticipada, Apercibimiento