Browsing by Author "Rosado Torres, Iris Marina"
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Item El Derecho Fundamental a la Salud y la Jurisprudencia en el Tribunal Constitucional Peruano(Universidad Católica de Santa María, 2018-02-02) Rosado Torres, Iris MarinaEl objetivo principal del tema de investigación es abordar el derecho a la salud como un derecho fundamental y la jurisprudencia en el Tribunal Constitucional peruano. La investigación nace en primer lugar, por la enorme inquietud e importancia que tenemos sobre la verdadera concretización del derecho fundamental a la salud y en segundo lugar, considerando que el Perú es una República democrática, social, independiente y soberana, resulta exigible un compromiso claro de las autoridades para hacer efectivo el derecho de la personas a tener acceso y protección a la salud. Los Derechos del hombre surgen de la toma de conciencia del valor supremo de los Derechos Humanos surgida de los horrores perpetrados en la Segunda Guerra Mundial. Los Estados, las organizaciones Internacionales, las organizaciones no gubernamentales, se consagraron a un análisis de la acción emprendida a favor de la promoción y de la protección de los derechos del hombre. Los derechos fundamentales protegen a todos los seres humanos por igual y son el producto de la evolución humana. Su realización solo se hará posible cuando el Estado, la sociedad, las instituciones y las personas asuman su compromiso, con la plena vigencia de los derechos, sino también a los derechos económicos, sociales y culturales, y los derechos de solidaridad. Ya que todos somos responsables de la protección de los derechos fundamentales. No sólo se deben tener protección a los derechos civiles y políticos sino también a los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos de solidaridad; puesto que los derechos humanos son universales, indivisibles e interrelacionados entre sí. Los derechos fundamentales, tienen una efectiva protección al derecho a la vida, a la dignidad, al desarrollo de la personalidad y al derecho fundamental a la salud. Estos son la base de nuestro ordenamiento constitucional; y se requiere que las personas gocen de condiciones básicas que les permitan un ejercicio real de sus capacidades y libertades. El derecho fundamental a la salud está consagrado en los Tratados Internacionales y Regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo. Su contenido ha sido especificado por la doctrina y la jurisprudencia, tanto nacional como internacional; lo que implica obligaciones para las autoridades, de proteger, respetar, realizar y concretizar este derecho. En la Declaración de los Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Sociales y Económicos se reconoce que toda persona, tiene el derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure a él como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo, derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Los Estados firmantes de estos pactos internacionales, entre ellos el Perú, se comprometen a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, la plena efectividad de los derechos reconocidos. Esto explica que la Constitución Política del Perú de 1993, haya incorporado un catálogo amplio de derechos sociales y haya conferido una especial fuerza jurídica a los tratados de derechos humanos ratificados por el Perú; entre los cuales, se encuentran aquellos relativos a los derechos sociales y económicos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Entre esos derechos se encuentra el que las personas puedan gozar el máximo nivel de salud física y mental, reconocido por el artículo 12º del mencionado Pacto y por los artículos 6º y 7º de nuestra Constitución Política. Sin embargo, a pesar de lo antes descrito, como en primer lugar se dijo el verdadero problema, se presenta precisamente, porque estos derechos son muchas veces (por cuestiones económicas o de políticas sociales no eficaces), vulnerados, no reconocidos y muy difíciles de concretizarse igualitariamente en la colectividad; es por eso, que la raíz del problema, radica en que el acceso y la protección a la salud, previsto en tantos pactos internacionales y nacionales, como derecho fundamental autónomo, no se efectúa igualitariamente en la sociedad. El derecho fundamental a la salud se relaciona con el derecho que tienen todas las personas a la vida y a vivir con dignidad. Es decir a gozar del nivel más alto posible de salud, pero no solo se limita a ello. Palabras Claves: El Derecho Fundamental a la Salud, Jurisprudencia.Item La cosa juzgada constitucional y sus efectos en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano(Universidad Católica de Santa María, 2024-01-15) Rosado Torres, Iris Marinafigura de la cosa juzgada constitucional en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano, en el periodo comprendido desde el 2004 hasta el año 2019. Se presentaron dos estudios: la cosa juzgada constitucional y los efectos de las sentencias en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Se ha utilizado por un lado la metodología mixta la cuál será cuantitativa con la finalidad de poder conocer con exactitud cuál es el número de expedientes donde se ha aplicado la cosa juzgada constitucional; por el otro lado, se ha empleado la metodología cualitativa para concluir cuál ha sido el criterio jurídico específico del Tribunal Constitucional peruano al momento de expedir las sentencias. En total, se identificaron y analizaron sesenta y ocho (68) sentencias. El objetivo se centró en el campo de las ciencias jurídicas, la cosa juzgada constitucional, así se ha establecido los efectos de las sentencias del Tribunal Constitucional peruano; en consecuencia, el tipo de investigación es aplicado, exploratorio, descriptivo y explicativo, porque correspondió analizar interpretaciones, reflexiones jurídicas acerca de los datos que se han obtenido. La cosa juzgada constitucional se establece mediante una sentencia que resuelve el núcleo de una disputa legal conforme a un sistema de valores objetivo, principios constitucionales y derechos fundamentales. Esta resolución se basa en la interpretación que el Tribunal Constitucional hace de las leyes, normas con rango de ley, reglamentos y sus precedentes obligatorios. El Tribunal Constitucional asegura la supremacía de la Constitución y la protección efectiva de los derechos fundamentales en el contexto de los procesos constitucionales. Esta figura, originada y perfilada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano, representa una creación única de dicho tribunal. Solo a través de este mecanismo un sistema constitucional puede ofrecer a los ciudadanos seguridad jurídica y previsibilidad en las decisiones judiciales.