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Examinando por Autor "Delgado Carpio, Patricia Edith"

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    Directiva para la Destrucción y Eliminación de Productos Farmacéuticos y Sanitarios
    (Universidad Católica de Santa María, 2016-08-19) Delgado Carpio, Patricia Edith
    Los productos farmacéuticos vencidos o caducados, en mal estado, contaminados y no aptos para su uso, deben ser destruidos y eliminados; esto constituye un proceso que de no realizarse adecuadamente puede provocar la contaminación del ambiente, puede dañar la salud de la población y permite su disponibilidad para la falsificación y adulteración, todo lo cual pone en riesgo la salud de la población. La Organización Mundial de la Salud, propone métodos de eliminación o disposición final de productos farmacéuticos, especialmente cuando existen grandes cantidades de medicamentos no aptos para su uso. El presente trabajo propone una Directiva para la Destrucción y Eliminación de Productos Farmacéuticos y Sanitarios, tomando en cuenta los métodos establecidos por la OMS y las normas establecidas para el manejo de residuos sólidos en el Perú. Para tal fin se propone una Red de Disposición Final de Productos Farmacéuticos y Sanitarios conformada por la Autoridad Regional de Salud, la Autoridad Regional de Medicamentos, las Municipalidades, los Colegios Profesionales de la Salud y los establecimientos farmacéuticos debidamente autorizados y acreditados, para fortalecer el recojo de los productos farmacéuticos caducados o vencidos, deteriorados, contaminados, adulterados y en mal estado de conservación, no aptos para el consumo humano para su destrucción y eliminación. En esta Directiva se ha considerado la destrucción y eliminación de productos farmacéuticos: medicamentos (especialidades farmacéuticas, agentes de diagnóstico), medicamentos herbarios, dietéticos y edulcorantes, biológicos, galénicos y como productos sanitarios los cosméticos. No se ha considerado la destrucción y eliminación de Gases Medicinales debido a que su manejo es diferenciado, tampoco se ha considerado a los Radiofármacos debido a sus características y a que el IPEN considera un método especial para este tipo de productos farmacéuticos. Asimismo no se ha considerado la destrucción y eliminación de dispositivos médicos, debido a que los métodos de disposición final pueden variar de uno a otro y cada fabricante lo establece de acuerdo al Dispositivo y este debe ser considerado en el empaque. Al elaborarse la Directiva se ha tomado en cuenta la clasificación de los productos farmacéuticos, características farmacológicas, la forma farmacéutica como los sólidos y líquidos, así como la presentación farmacéutica: ampollas.
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    Trabajo Académico: Directiva para la Destrucción y Eliminación de Productos Farmacéuticos y Sanitarios
    (Universidad Católica de Santa María, 2016-10-04) Delgado Carpio, Patricia Edith
    Los productos farmacéuticos vencidos o caducados, en mal estado, contaminados y no aptos para su uso, deben ser destruidos y eliminados; esto constituye un proceso que de no realizarse adecuadamente puede provocar la contaminación del ambiente, puede dañar la salud de la población y permite su disponibilidad para la falsificación y adulteración, todo lo cual pone en riesgo la salud de la población. La Organización Mundial de la Salud, propone métodos de eliminación o disposición final de productos farmacéuticos, especialmente cuando existen grandes cantidades de medicamentos no aptos para su uso. El presente trabajo propone una Directiva para la Destrucción y Eliminación de Productos Farmacéuticos y Sanitarios, tomando en cuenta los métodos establecidos por la OMS y las normas establecidas para el manejo de residuos sólidos en el Perú. Para tal fin se propone una Red de Disposición Final de Productos Farmacéuticos y Sanitarios conformada por la Autoridad Regional de Salud, la Autoridad Regional de Medicamentos, las Municipalidades, los Colegios Profesionales de la Salud y los establecimientos farmacéuticos debidamente autorizados y acreditados, para fortalecer el recojo de los productos farmacéuticos caducados o vencidos, deteriorados, contaminados, adulterados y en mal estado de conservación, no aptos para el consumo humano para su destrucción y eliminación. En esta Directiva se ha considerado la destrucción y eliminación de productos farmacéuticos: medicamentos (especialidades farmacéuticas, agentes de diagnóstico), medicamentos herbarios, dietéticos y edulcorantes, biológicos, galénicos y como productos sanitarios los cosméticos. No se ha considerado la destrucción y eliminación de Gases Medicinales debido a que su manejo es diferenciado, tampoco se ha considerado a los Radiofármacos debido a sus características y a que el IPEN considera un método especial para este tipo de productos farmacéuticos. Asimismo no se ha considerado la destrucción y eliminación de dispositivos médicos, debido a que los métodos de disposición final pueden variar de uno a otro y cada fabricante lo establece de acuerdo al Dispositivo y este debe ser considerado en el empaque. Al elaborarse la Directiva se ha tomado en cuenta la clasificación de los productos farmacéuticos, características farmacológicas, la forma farmacéutica como los sólidos y líquidos, así como la presentación farmacéutica: ampollas.
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