Examinando por Autor "Bustamante Mogrovejo, Karen Ximena"
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Ítem Acceso Abierto Análisis entre la imputación hecha por el Ministerio Público en cumplimiento al principio de Debida Diligencia Reforzada en violencia de género respecto a los contextos propuestos en el Art 108-B del Código Penal y la absolución en los procesos de agresiones en contra de las mujeres o los integrantes del grupo familiar(Universidad Católica de Santa María, 2025-12-12) Bustamante Mogrovejo, Karen XimenaEn cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado, la Convención de Belém do Pará ha establecido que los Estados deben actuar con debida diligencia en los casos de violencia contra las mujeres; este concepto ha sido desarrollado por diversos órganos internacionales, sobre todo por la CIDH, habiendo establecido en la jurisprudencia emitida una serie de parámetros que se deben cumplir por parte de los operadores de justicia en estos casos, debiendo actuar con una debida diligencia reforzada al constituir la violencia contra la mujer una grave violación de sus derechos humanos; en ese sentido, el Estado Peruano ha incorporado en nuestro Código Penal el delito de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, estipulado en el Artículo 122-B, el cual contiene como uno de sus elementos que la lesión ocasionada se haya dado en uno de los contextos estipulados en el Artículo 108-B del Código Penal; es en este extremo en el que mediante la presente investigación se pretende analizar si la imputación realizada por el Ministerio Público de los contextos del Artículo 108-B del Código Penal se ha realizado en cumplimiento del principio de debida diligencia reforzada impuesto por los organismos internacionales y si esto tiene relación con los fallos absolutorios emitidos por el Poder Judicial en este tipo de procesos penales, para lo cual en la presente investigación entenderemos el término imputación como las actuaciones realizadas por parte del Ministerio Público a lo largo de todo el proceso penal, comprendiendo la redacción de los hechos, el ofrecimiento probatorio y la actuación en la etapa probatoria del juicio oral. Para esta investigación se utilizó el enfoque cualitativo, de tipo básica, con nivel descriptivo, y se utilizó un método mixto, dogmático y empírico; asimismo se ha utilizado una población de 309 sentencias emitidas por los Juzgados Unipersonales del Módulo Penal de Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa en el año 2022, de las cuales se ha realizado un muestreo no probabilístico por conveniencia, muestra saturada, teniendo como muestra saturada 171 sentencias. Para el procesamiento de la información se ha realizado un análisis documental y jurídico. Como resultado se obtuvo que el Ministerio Público en un 77.2% de los procesos no hizo mención en los facticos del contexto imputado, en un 62.6% de los procesos no se ha desarrollado el contexto imputado en los fácticos, en un 49.7% de los procesos no se ha aportado ningún medio probatorio testimonial respecto al contexto imputado y en un 74.3% no se aportado ningún medio probatorio documental respecto al contexto imputado, en un 53.2% de los procesos no se ha contado con la declaración de la parte agraviada, en un 83.6% de los procesos no se ha logrado acreditar el contexto imputado y finalmente en un 84.8% de los procesos se ha emitido una sentencia absolutoria; de lo cual se concluye que la imputación hecha por el Ministerio Público respecto al contexto imputado no se ha realizado en cumplimiento del Principio de Debida Diligencia Reforzada, que supone una mayor diligencia por los operadores de justicia en los casos de violencia de género, lo que ha llevado a una falta de corroboración de este elemento del tipo penal y, por ende, al existir atipicidad en la conducta, una futura absolución en el proceso penal, colaborando con la impunidad en este delito.