Montenegro Beltran, Nelly JessicaRamos Patiño, Clarisa Reyna Imelda2026-07-152026-07-152026-06-19https://hdl.handle.net/20.500.12920/17224La investigación aborda la problemática sobre la falta de definición normativa del término “éxito académico” en el artículo 424 del Código Civil peruano, que permite extender la pensión alimentaria hasta los 28 años si el hijo sigue estudios exitosos. Esta ambigüedad genera interpretaciones dispares en las decisiones judiciales y afecta la seguridad jurídica y la equidad entre padres e hijos. El estudio empleó un enfoque cualitativo, de tipo básico, nivel descriptivo y diseño no experimental fenomenológico y documental-jurisprudencial, aplicando un método inductivo; se utilizaron diez (10) entrevistas estructuradas y nueve (09) casos para observación documental como técnicas principales, con instrumentos validados mediante juicio de expertos, aplicados a juristas especializados y a sentencias de los Juzgados de Familia de Arequipa correspondientes a los años 2022 y 2023. Se concluyó, en base a las entrevistas y casos analizados, que la interpretación de “éxito académico” debe basarse en parámetros objetivos y verificables como mantener un promedio aprobatorio, un avance curricular constante, la recuperación oportuna de cursos desaprobados, el compromiso académico demostrado mediante asistencia y participación, así como la consideración de factores personales y socioeconómicos sin reducir el rendimiento mínimo exigido. Estos criterios permiten diferenciar entre “seguir estudios” y “seguir estudios exitosos”, favoreciendo la uniformidad de las decisiones judiciales y fortaleciendo la seguridad jurídica.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesséxito académicoartículo 424 CCpensión alimentaria.Análisis de la interpretación del éxito académico, respecto a lo establecido por el artículo 424 del código civilinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00