Veliz Vizcardo, Giancarlo ChristianCuadros Salazar, Yul Santiago2025-11-132025-11-132025-10-23https://hdl.handle.net/20.500.12920/15920En el presente trabajo, se realizará un análisis del contenido del Expediente Administrativo seguido ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, signado bajo el número 203-2022/CPC-INDECOPI-AQP, el cual versa principalmente sobre la controversia surgida luego de que la parte denunciada – P.C.S.R (en adelante, la Aseguradora) – denegara la cobertura de dos pólizas contratadas – seguros de desgravamen – por el fallecido esposo de la parte denunciante – el señor G.H.R. – alegando que el mismo cometió suicidio y que ello se encuentra contenido dentro de las condiciones de exclusión de las coberturas contratadas. Adicionalmente, se denunció a la aseguradora por no responder una carta notarial del 13 de noviembre del 2019. En el mismo tenor, se denunciado a una institución financiera – B.C.P., donde nacieron las acreencias, por presuntamente no haber respondido una carta del 13 de noviembre del 2019. La parte denunciante en el presente caso es la cónyuge – C.E.P.P.V.H – que le sobrevivió al fallecido titular de las coberturas, quien denunció que la negativa a las mismas, resultaba injustificada, en tanto a su criterio, considera que no se dieron los supuestos para que se niega la cobertura, en tanto no considera que se encuentre acreditado que su esposo haya cometido suicidio. En ese sentido, se tiene del expediente analizado, el criterio adoptado por la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI – Arequipa (en adelante, la Comisión), quien actuó como primera instancia y el criterio adoptado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala) como segunda instancia, con base en el análisis realizado por la autoridad administrativa respecto de la norma de protección al consumidor, la Ley del Contrato de Seguro y el propio contrato de las pólizas aceptadas por las partes. Así mismo, se tiene la interpretación efectuada por las partes involucradas sobre los alcances del contrato de póliza, así como la conclusión a la que arribó la aseguradora al revisar la historia clínica del fallecido titular, que motivaron la negativa. Finalmente, se tiene el análisis de tales documentos por parte de la autoridad administrativa y la emisión de la correspondiente resolución de primera y segunda instancia.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessAdministrativoConsumidorSegurosAnálisis procesal y sustancial del expediente administrativo 203-2022/CPCINDECOPI- AQPinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00