Nalvarte Lozada, Juan CarlosHuaman Salcedo, Paola Encarnación2024-11-282024-11-282024-11-11https://hdl.handle.net/20.500.12920/14346El estado de cosas inconstitucional es una figura jurídica que busca cesar la masiva vulneración de derechos fundamentales, producto de las fallas estructurales del Estado. Al respecto, destacan los casos Pedro Gonzalo Marroquín Soto (Exp. Nº 03426- 2008- PHC/TC) y el caso M.H.F.C (Exp. Nº 04007-2015- PHC/TC), referidos a personas con discapacidad mental confinadas en establecimientos penitenciarios. En ese sentido, el objetivo del presente trabajo es analizar la eficacia en el cumplimiento de las mencionadas sentencias, frente a la eliminación del antiguo sistema encargado de supervisar el nivel de cumplimiento de aquellas sentencias en donde se advirtió un estado de cosas inconstitucional. Para tales efectos, se empleó un método mixto (dogmático – jurídico y funcional) el cual permitió evidenciar como resultado que, debido a la falta de un sistema que monitoree el progreso en el cumplimiento de sentencias donde se ha declarado un estado de cosas inconstitucional, aún existen medidas dispuestas por el Tribunal Constitucional sobre el particular que no han sido cumplidas a cabalidad. Consecuentemente, ello conlleva a que el Estado peruano, siga contraviniendo distintos preceptos del derecho internacional de los derechos humanos que versan sobre las personas con deficiencias mentales recluidas en establecimientos penales.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessDiscapacidad mentalCosas InconstitucionalAnálisis de la eficacia en la ejecución de las sentencias que declararon un estado de cosas inconstitucional respecto de las personas con discapacidad mental recluidas en centros penitenciarios ante la vulneración de sus derechos fundamentalesinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis