Silva Urday, Christian OliverCaceres Enriquez, Jeampierre Joseph2026-01-062026-01-062025-12-05https://hdl.handle.net/20.500.12920/16269Producto de los avances tecnológicos aparecieron diversas formas de trabajo, entre las cuales destacan los repartidores por aplicativos móviles o plataformas digitales, comúnmente llamados riders, quienes realizan una actividad de reparto funcionando como intermediarios entre dichas plataformas y los clientes. El tipo de contrato en la que trabajan los riders es motivo de diferentes posiciones a nivel mundial puesto que son varios los argumentos por lo que muchos países regulan su actividad bajo la esfera de un contrato laboral y otros tantos, bajo la esfera de un contrato de locación de servicios. El contrato de trabajo, sabemos que posee un elemento característico que lo diferencia del contrato de locación de servicios, la subordinación. Debido a esto debemos analizar cuáles son las circunstancias actuales en la que los riders realizan su actividad de reparto y si de verificarlo en el terreno de los hechos, se pudiera concluir que efectivamente son locadores o por el contrario son trabajadores propios de un contrato laboral, lo que ocasionaría una desnaturalización del contrato de locación de serviciosapplication/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessContrato de trabajoLocación de serviciosRiders.Implicancias jurídicas de los riders en la prestación de servicios de reparto a domicilio mediante el uso de aplicativos móviles, Arequipa 2023-2024info:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01