UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS PROGRAMA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD “SISTEMA CONTABLE, RÉGIMEN TRIBUTARIO Y LABORAL PARA LA FORMALIZACIÓN DE UNA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA EN LA REGIÓN AREQUIPA – 2013” Tesis presentada por los bachilleres: MARITA STEPHANIE BORJA PÉREZ JUAN MIGUEL GAMIO ARAGÓN Para optar por el Título Profesional de CONTADOR PÚBLICO AREQUIPA – PERÚ 2013 A Dios, por permitirme estar aquí y haber llegado hasta este momento de mi formación profesional y por guiar cada uno de mis pasos. A mis padres, por darme la posibilidad de estudiar una carrera profesional y culminarla, por su apoyo incondicional en todo momento, comprensión y amor. A mi hermana por ser una gran amiga para mí, Porque juntas a lo largo de todos estos años hemos compartido muy buenos momentos y he aprendido mucho de ella. Marita Borja Pérez Para mis Padres que apoyaron mi quehacer estudiantil, A mi Madre Carola y Hermana Johana y su Esposo Joham, cuyo ejemplo propició la culminación de mis estudios, A Mis Tutores y Maestros que guiaron la formación profesional y agradezco a Dios por ser la guía de Fe y Esperanza, que nos conduce por el camino del bien. Juan Gamio Aragón “Vale más fracasar por intentar un triunfo que dejar de triunfar por temor al fracaso” Anónimo ÍNDICE GENERAL RESUMEN ....................................................................................................................... 13 ABSTRACT ..................................................................................................................... 15 INTRODUCCION ............................................................................................................. 17 CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO TEÓRICO 1. Enunciado del Problema ...................................................................................... 20 2. Descripción ......................................................................................................... 20 2.1. Descripción de la Situación Problemática ..................................................... 20 2.2. Campo y Área ............................................................................................... 21 2.2.1. Campo de Investigación ............................................................................. 21 2.2.2. Área de Investigación ................................................................................. 21 2.3. Nivel de Investigación ................................................................................... 21 2.4. Tipo de Investigación .................................................................................... 21 2.5. Unidades de Estudio ..................................................................................... 21 2.6. Muestra ......................................................................................................... 21 2.6.1. Universo ..................................................................................................... 21 2.6.2. Muestra ...................................................................................................... 22 2.7. Análisis de Variables ..................................................................................... 24 2.8. Interrogantes Básicas ................................................................................... 24 3. Justificación del Estudio ....................................................................................... 25 4. Objetivos .............................................................................................................. 25 5. Marco Teórico ...................................................................................................... 26 5.1. Aspectos Generales de la Micro y Pequeña Empresa ................................... 26 5.1.1. Definición de Empresa ................................................................................. 26 5.1.2. Clases de Empresa ..................................................................................... 26 5.1.3. Definición de Micro y Pequeña Empresa ..................................................... 27 5.1.4. Características de la Micro y Pequeña Empresa ......................................... 28 5.1.5. Clases de Micro y Pequeña Empresa .......................................................... 30 5.1.6. La Micro y Pequeña Empresa en el Perú ..................................................... 30 5.1.7. La Micro y Pequeña Empresa en la Región Arequipa .................................. 39 5.1.8. Obstáculos para el desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa .................. 43 5.2. Formalización de la Micro y Pequeña Empresa ........................................... 45 5.2.1. Marco de Aplicación .................................................................................... 45 5.2.2. Personas Naturales .................................................................................... 46 5.2.3. Personas Jurídicas ..................................................................................... 47 5.2.4. Modalidades Usuales de Organización Empresarial .................................... 47 5.2.5. Requisitos para Constituir una Empresa ..................................................... 49 5.2.6. Procedimiento para Constituir una Empresa ............................................... 50 5.2.7. Beneficios de Formalizar una Micro y Pequeña Empresa como Persona Jurídica ....................................................................................................... 51 5.3. Promoción para el Desarrollo y la Competitividad ......................................... 52 5.4. Inscripción en el Registro de las Micro y Pequeñas Empresas (REMYPE) .. 54 5.4.1. Sistema Nacional de Registro de Micro y Pequeña Empresa ..................... 54 5.4.2. Ámbito de Aplicación .................................................................................. 54 5.4.3. Características ............................................................................................ 55 5.4.4. Requisitos para el Registro ......................................................................... 55 5.4.5. Finalidad ..................................................................................................... 55 5.4.6. Registro Transitorio ..................................................................................... 56 5.4.7. Cancelación del Registro ............................................................................ 56 5.4.8. Condiciones para acceder al REMYPE ....................................................... 57 5.4.9. Procedimiento de Inscripción en el REMYPE .............................................. 58 5.4.10. Procedimiento para la Modificación en el REMYPE .................................... 68 5.4.11. Constitución de MYPES en Línea ............................................................... 68 5.5. Sistema Contable de la Micro y Pequeña Empresa ....................................... 69 5.5.1. Contabilidad Completa................................................................................. 69 5.5.2. Contabilidad Simplificada ............................................................................ 71 5.5.3. Libros y Registros Contables ...................................................................... 72 5.5.4. Normas Internacionales de Contabilidad y Normas Internacionales de Información Financiera ................................................................................ 86 5.5.5. Control Interno ............................................................................................. 95 5.6. Régimen Tributario de las Micros y Pequeñas Empresas ............................100 5.6.1. Antecedentes ..............................................................................................100 5.6.2. Regímenes Tributarios................................................................................101 5.6.2.1. Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) ..........................................102 5.6.2.2. Régimen General de Renta .................................................................110 5.6.2.3. Régimen Especial de Renta ................................................................119 5.7. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa ........................124 5.7.1. Naturaleza ..................................................................................................124 5.7.2. Ámbito de Aplicación ..................................................................................124 5.7.3. Aplicación Temporal ...................................................................................125 5.7.4. Derechos y Beneficios Laborales del Régimen Laboral Especial (RLE) ......127 5.7.5. Otros Beneficios ........................................................................................132 5.7.6. Contrato de Trabajo adaptado al Régimen Laboral Especial .....................138 5.7.7. Seguridad Social en el Régimen Especial MYPE .......................................139 5.7.8. Seguridad Social en Pensiones .................................................................155 6. Hipótesis ............................................................................................................167 CAPÍTULO II PLANTEAMIENTO OPERACIONAL 1. Técnicas ........................................................................................................................... 169 2. Instrumentos .................................................................................................................... 169 3. Campo de Verificación .................................................................................................. 170 3.1. Ámbito ................................................................................................................... 170 3.2. Unidades de Estudio o Fuentes de Información .................................................. 170 3.3. Temporalidad ............................................................................................................. 170 4. Estrategias ....................................................................................................................... 170 4.1. Organización .............................................................................................................. 170 4.2. Recursos .................................................................................................................... 171 4.2.1. Recursos Humanos ............................................................................................ 171 4.2.2. Recursos Físicos ................................................................................................ 171 4.2.3. Recursos Financieros ........................................................................................ 171 4.3. Criterios para el Manejo de Datos .......................................................................... 171 4.3.1. Ordenamiento ...................................................................................................... 171 4.3.2. Tratamiento de Datos ......................................................................................... 171 4.3.3. Análisis de la Información .................................................................................. 171 CAPÍTULO III RESULTADOS FORMALIZACIÓN DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA ..........................................173 SISTEMA CONTABLE DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA ....................................188 RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA .................................210 RÉGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA ......................................222 CAPÍTULO IV APLICACIÓN PRÁCTICA EMPRESA N° 1 ..............................................................................................................243 EMPRESA N° 2 ..............................................................................................................288 COMENTARIOS APLICACIÓN PRÁCTICA ...................................................................296 CONCLUSIONES ...........................................................................................................297 RECOMENDACIONES ...................................................................................................298 BIBLIOGRAFÍA ...............................................................................................................299 ANEXOS .........................................................................................................................303 ÍNDICE DE TABLAS Tabla N° 1: Distritos en donde se aplicó Encuestas ........................................................ 23 Tabla N° 2: Características de la Micro y Pequeña Empresa .......................................... 28 Tabla N° 3: MYPE formales, según segmento empresarial .............................................. 31 Tabla N° 4: Tasa de Constitución de Empresas .............................................................. 32 Tabla N° 5: Perú: Estimación de las MYPES informales ................................................. 34 Tabla N° 6: Perú: Estimación de las MYPE según Número de Trabajadores .................. 36 Tabla N° 7: Perú: Empresas Formales según Número de Trabajadores ......................... 37 Tabla N° 8: Perú: Empresas Formales según Rangos de Ventas (UIT) .......................... 38 Tabla N° 9: Perú: Empresas Formales por Segmento Empresarial ................................ 41 Tabla N° 10: Perú: Empresas Formales por Forma de Organización según Región ....... 42 Tabla N° 11: Perú: Empresas Formales por Ventas Anuales según Región ................... 43 Tabla N° 12: Normas Internacionales de Contabilidad oficializadas vigentes en el Perú . 88 Tabla N° 13: Elementos de Control Interno ..................................................................... 99 Tabla N° 14: Ámbito de Aplicación del Régimen Laboral Especial ..................................125 Tabla N° 15: Resumen de la Aplicación Temporal .........................................................126 Tabla N° 16: Derechos y Beneficios Laborales del Régimen Laboral Especial ...............132 Tabla N° 17: Seguridad Social en Salud .........................................................................141 Tabla N° 18: Periodo de Carencia de los Asegurados ....................................................149 Tabla N° 19: Seguridad Social en Pensiones ..................................................................156 Tabla N° 20: Formalidad e Informalidad en la Ciudad de Arequipa .................................174 Tabla N° 21: Actividad Económica de la Empresa ..........................................................176 Tabla N° 22: Tiempo de Desarrollo de la Actividad Empresarial .....................................178 Tabla N° 23: Local de Funcionamiento ...........................................................................180 Tabla N° 24: Inscripción en el RUC.................................................................................182 Tabla N° 25: Tipo de Empresa: Micro o Pequeña ...........................................................184 Tabla N° 26: Licencia de Funcionamiento .......................................................................186 Tabla N° 27: Contador Público Permanente o Contratado ..............................................188 Tabla N° 28: Contabilidad Completa o Simplificada ........................................................190 Tabla N° 29: Contabilidad Manual o Computarizada .......................................................192 Tabla N° 30: Registros Contables utilizados ...................................................................194 Tabla N° 31: Control sobre Documentos .........................................................................196 Tabla N° 32: Kardex para el Control de Mercaderías ......................................................198 Tabla N° 33: Aplicación de Normas Contables como NIIF y NIC ...................................200 Tabla N° 34: Métodos de Control de Efectivo o Caja .....................................................202 Tabla N° 35: Control sobre Activos Fijos ........................................................................204 Tabla N° 36: Activos Fijos registrados en la Contabilidad ..............................................206 Tabla N° 37: Utilidad de la Información Contable para la Empresa ................................208 Tabla N° 38: Tipo de Contribuyente ...............................................................................210 Tabla N° 39: Tipo de Sociedad de la Empresa ...............................................................212 Tabla N° 40: Régimen Tributario de la Empresa ............................................................214 Tabla N° 41: Emisión de Comprobantes de Pago a Clientes .........................................216 Tabla N° 42: Tipo de Comprobante de Pago ................................................................218 Tabla N° 43: Pago de Impuestos ..................................................................................220 Tabla N° 44: Inscripción en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) .......222 Tabla N° 45: Fecha de Inscripción en el REMYPE .........................................................224 Tabla N° 46: Cantidad de Trabajadores que labora en la Empresa ................................226 Tabla N° 47: Vínculo de los Trabajadores que laboran en la Empresa ..........................228 Tabla N° 48: Trabajadores inscritos en Planilla ..............................................................230 Tabla N° 49: Beneficios Laborales del REMYPE ...........................................................232 Tabla N° 50: Pago de Aportes Patronales.......................................................................234 Tabla N° 51: Régimen del Pago de Obligaciones Sociales ............................................236 Tabla N° 52: Influencia de la Micro y Pequeña Empresa en la Economía Peruana ........238 Tabla N° 53: La informalidad Problema Latente en la Economía Peruana ......................240 ÍNDICE DE FIGURAS Figura N° 1: Perú: Constitución de Nuevas MYPE .......................................................... 32 Figura N° 2: MYPE según formalidad .............................................................................. 33 Figura N° 3: Perú: MYPES formales según actividad Económica ................................... 35 Figura N° 4: MYPES por Tipo de Organización Jurídica ................................................. 39 Figura N° 5: Formalidad e Informalidad de la MYPE en la Ciudad de Arequipa .............174 Figura N° 6: Actividad Económica de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ...........176 Figura N° 7: Tiempo de Desarrollo de la Actividad Empresarial de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ....................................................................................................178 Figura N° 8: Local de Funcionamiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ....180 Figura N° 9: Inscripción en el RUC de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .........182 Figura N° 10: Tipo de Empresa: Micro o Pequeña Empresa en Arequipa ......................184 Figura N° 11: Licencia de Funcionamiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................186 Figura N° 12: Servicios Profesionales del Contador de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................188 Figura N° 13: Contabilidad usada en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ...........190 Figura N° 14: Tipo de Contabilidad usada en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................192 Figura N° 15: Registros Contables usados de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................194 Figura N° 16: Control sobre Documentos utilizados de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................196 Figura N° 17: Kardex Físico Valorado usado para Control de Mercaderías de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .....................................................................................198 Figura N° 18: Aplicación de Normas Contables como NIIF y NIC en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ....................................................................................................200 Figura N° 19: Métodos de Control de Efectivo o Caja usados en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ....................................................................................................202 Figura N° 20: Control sobre Activos Fijos de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................204 Figura N° 21: Activos Fijos registrados en la Contabilidad de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ...................................................................................................................206 Figura N° 22: Utilidad de la Información Contable para la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................208 Figura N° 23: Tipo de Contribuyente de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......210 Figura N° 24: Tipo de Sociedad según Persona Jurídica de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ...................................................................................................................212 Figura N° 25: Régimen Tributario de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ...........214 Figura N° 26: Emisión de Comprobante de Pago de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................216 Figura N° 27: Tipo de Comprobante usado en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................218 Figura N° 28: Regularidad y Puntualidad del Pago de Impuestos de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ....................................................................................................220 Figura N° 29: Inscripción en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) en Arequipa ........................................................................................................................222 Figura N° 30: Fecha de Inscripción en el REMYPE en Arequipa ...................................224 Figura N° 31: Cantidad de Trabajadores que laboran en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................226 Figura N° 32: Vínculo de Empleados que laboran en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................228 Figura N° 33: Registro de Trabajadores en Planilla de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa ........................................................................................................................230 Figura N° 34: Conocimiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa sobre Beneficios Laborales de estar inscrito en el REMYPE ....................................................................232 Figura N° 35: Pago de Aportes Patronales de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa .......................................................................................................................................234 Figura N° 36: Régimen usado por la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa respecto Pago de Obligaciones Sociales ....................................................................................236 Figura N° 37: Influencia de la Micro y Pequeña Empresa en la Economía Peruana .....238 Figura N° 38: Problema de la Informalidad en la Economía Peruana ............................240 RESUMEN Esta investigación pretende ver el problema de la formalización empresarial en las Micro y pequeñas empresas de la Provincia de Arequipa Año 2013. Los objetivos fueron describir la formalización en las Micro y Pequeñas Empresas de la Provincia de Arequipa, describir el manejo empresarial en las Micro y Pequeñas Empresas Formales considerando los aspectos contables, tributarios y laborales y determinar los beneficios del buen manejo empresarial para las Micro y Pequeñas Empresas Informales en el caso de formalizarse. Se realizó un estudio de nivel descriptivo, el tipo de investigación fue trabajo de campo, documentado y coyuntural. El universo estuvo conformado por 73 428 Micro y Pequeñas Empresas (MYPES) formales y de 53 172 Empresas Informales. La muestra fue de 68 entre Micro y Pequeñas Empresas Formales y de 23 Empresas Informales. Se usó la información proveniente de estadísticas realizadas por Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Esta información fue recopilada usando ficha de observación documentaria y de campo así como encuestas. La hipótesis planteada fue es probable que la formalización permita un buen manejo empresarial reflejado en los aspectos contables, tributarios y laborales en la Provincia de Arequipa. De lo investigado, se concluye que: En el ámbito de la investigación se evaluó la formalización en diez distritos de la Provincia de Arequipa encontrando 37% del rubro compra- venta de bienes, 34% del rubro servicios, 28% del rubro industria y otros 1%. Más de la mitad tiene vigencia de hasta 10 años. De las empresas investigadas el 75% tienen RUC. El 88% tienen Licencia de Funcionamiento. El 62% lleva Contabilidad Simplificada. Sólo el 27% lleva Contabilidad Computarizada. Sólo el 12% aplica las normas contables NIC Y NIIF. El 88% considera que la información contable es útil para la empresa. El 44% 13 pertenece al Régimen Especial (RER) y el 32% al Régimen General. Alrededor de 70% entregan entre Facturas y Boletas de Venta. El 78% tiene hasta 10 trabajadores. Sólo el 25% tiene a sus trabajadores en Planilla. El 81% considera que la Micro y Pequeña Empresa es muy importante para la economía peruana. Evaluando la rentabilidad de las empresas formales e informales según los casos presentados, se puede afirmar los beneficios obtenidos en la rentabilidad de las formales. En la Empresa ABC arroja un ratio del 32.33% y en la Empresa XYZ el ratio es de 12.22%. Este es el principal beneficio de ser una empresa formal. PALABRAS CLAVES: Formalización Empresarial, Micro y Pequeña Empresa, Empresas Formales e Informales. 14 ABSTRACT This research aims to examine the problem of business formalization in Micro and Small enterprises in the province of Arequipa in the year 2013. The objectives were to describe the formalization in Micro and Small Enterprises in the province of Arequipa, describe the business management in formal Micro and Small Enterprises considering accounting, tax and labor aspects and to determine the benefits of good business management for informal Micro and Small Enterprises in case of formalizing. A study of descriptive level was carried out, the type of research was documented, current field work. The study group consisted of 73 428 formal Micro and Small Enterprises (MSEs) and 53 172 informal Enterprises. The sample consisted of 68, between formal Micro and Small Enterprises, and 23 informal Enterprises. Information from statistics compiled by the National Institute of Statistics and Informatics (INEI) and the Ministry of Labour and Employment Promotion (MTPE). This information was compiled using documentary and field observation sheets, as well as surveys. The formulated hypothesis was that it is likely that formalization allows good business management reflected in accounting, tax and labor aspects in the province of Arequipa. From the investigation, it is concluded that: In the field of research the formalization in ten districts of the Arequipa Province, where 37% are of the purchase and sale of goods category, 34% of the services category, 28% of the industry category and others 1%. More than half is valid for up to 10 years. Of the companies surveyed, 75% have RUC. 88% have an operating license. The 62% manages Simplified Accounting. Only 27% manages Computerized Accounting. Only 12% applies IAS and IFRS accounting standards. 88% thinks that the accounting information is useful for the company. The 44% belongs to the Special Regime (RER) and 32% to the General Regime. About 70% give bills and 15 sales receipts. 78% have up to 10 workers. Only 25% have their workers on Payroll. 81% believe Micro and Small Enterprises is very important for Peruvian economy. Evaluating the cost-effectiveness of formal and informal enterprises as the cases presented, the benefits obtained in the formal profitability can be confirmed. In the ABC Company it gives a ratio of 32.33% and in the XYZ Company the ratio is 12.22%. This is the main benefit of being a formal enterprise. KEYWORDS: Business Formalization, Micro and Small Enterprise, Formal and Informal Enterprises. 16 INTRODUCCIÓN El crecimiento de las Micro y Pequeñas Empresas a nivel nacional en los últimos años ha sido importante para el dinamismo de la economía del país. En el Perú existen alrededor de 3.5 millones de micro y pequeñas empresas y representan el 45% del Producto Bruto Interno (PBI); sin embargo se estima que aproximadamente existen alrededor de 2 millones de empresas informales, las mismas que operan al margen de la ley. El porcentaje de informalización a nivel nacional es de aproximadamente 62.5%, por lo que dicha informalidad es un limitante para que estas empresas puedan acceder a contratos con el Estado, carecen de competitividad, no utilizan herramientas de gestión modernas y mantienen un esquema laboral sin protección y con sueldos limitados. Así mismo la mayoría de los empresarios tienen desconocimiento sobre los beneficios de formalización y poseen cierto temor con respecto al pago de impuestos a la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT). El estado trata de contribuir con dicha formalización mediante orientación e información brindada a los pequeños empresarios, es por esto que creó la denominada Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (Ley MYPE), modificada en Julio del 2013 por Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. Tiene como objetivo principal la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las micro y pequeñas empresas para la ampliación del mercado interno y externo de éstas, en el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y formalización de la economía, para el acceso progresivo al empleo en condiciones de dignidad y suficiencia. A pesar del esfuerzo que realiza el Estado para que las empresas se formalicen no ha avanzado mucho, es por esta razón que nos lleva a realizar esta investigación no sólo sobre la formalidad e informalidad, sino también sobre el Sistema Contable, Tributario y Laboral de las Micro y Pequeñas Empresas de manera tal que éstos aspectos promuevan el desarrollo de esas pequeñas organizaciones y con ello tener un mercado de empleo digno, y un Sistema de Micro y Pequeña Empresa (MYPE) organizado y productivo en cadenas productivas, con estándares de calidad. 17 Es por estas razones ante expuesta que el objetivo principal de esta investigación es comprobar la importancia de implementar un adecuado tratamiento Contable, Tributario y Laboral y determinar si la formalización es condicionante para el desarrollo y posicionamiento de la Micro y Pequeña Empresa en la ciudad de Arequipa. 18 CAPITULO I PLANTEAMIENTO TEÓRICO 19 CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO TEÓRICO 1. ENUNCIADO DEL PROBLEMA Sistema Contable, Régimen Tributario y Laboral para la Formalización de una Micro y Pequeña Empresa en la Región Arequipa – Año 2013. 2. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA 2.1. Descripción del Problema El problema actual por el cual atraviesa nuestro país es la existencia de un alto grado de informalidad de las micro y pequeñas empresas, lo que acarrea una deficiente tributación, un mercado laboral donde prima el sub empleo, un deficiente posicionamiento en el mercado con baja utilización de tecnología, con la nula aplicación de las normas contables y metodología de planeamiento y control, que deriva en la baja calidad en los productos y servicios brindados. En el Perú, hay un alto número de micro y pequeñas empresas informales. Muchas surgieron como tales y luego de su formalización tuvieron éxito empresarial como son: “Topy Top, Miguelitos, Nova, Kola Real”, entre otras empresas que se iniciaron siendo Micro y Pequeña Empresa y que durante sus inicios fueron informales. Su formalización se realizó posteriormente cuando ya habían cimentado su desarrollo empresarial. Estos casos como el hecho que muchos productos peruanos no pueden acceder a un mercado internacional, por la calidad de sus productos dado que el grado de informalidad no sólo en el aspecto jurídico sino organizativo al interior de las empresas limita sus posibilidades de desarrollo hacia una industria cada vez más eficiente y a la vez con maquinaria moderna para que de esta manera se pueda abaratar los costos de producción. El cuestionamiento es determinar cuáles son los limitantes hacia la formalización, cuáles las ventajas, y si la formalización es un factor coadyuvante para el 20 desarrollo y posicionamiento económico y social de la Micro y Pequeñas Empresas; así como comprobar la importancia de implementar un adecuado tratamiento Contable, Tributario y Laboral. 2.2. Campo y Área 2.2.1. Campo de Investigación Ciencias Sociales. 2.2.2. Área de Investigación Ciencias Contables y Financieras. Línea: Contabilidad Empresarial de Micro y Pequeña Empresa. 2.3. Nivel de la investigación Descriptivo. 2.4. Tipo de Investigación De campo y documentado, coyuntural 2.5. Unidades de Estudio Micro y Pequeñas Empresas de la Provincia de Arequipa. 2.6. Muestra 2.6.1. Universo El universo estuvo conformado por 73 428 Micro y Pequeñas Empresas (MYPES) formales d que están ubicadas en el Departamento de Arequipa, según Tabla N° 8. 1 Representa el 5.72% del total de Micro y Pequeñas Empresas Formales del Perú. 1 PRODUCE – Dirección de Estudios Económicos de Mype e Industria. 21 El universo de las empresas informales para Arequipa se ha determinado en forma referencial aplicando el 5.72% del todo el país, ya que no existe información oficial. Dándonos como resultado para este universo 53 172 empresas informales. 2.6.2. Muestra Para el siguiente estudio se utilizó el muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza de 90% y un margen de error de 10%. Para ello, se determinó sobre la base de la siguiente fórmula: 2 n= k^2*p*q*N (e^2* (N-1))+ k^2*p*q Donde: k= constante que depende del nivel de confianza. p= proporción de individuos que poseen en la población la característica de estudio. q= proporción de individuos que poseen en la población la característica de estudio. N= tamaño de la población o universo. e= error muestras deseado. Determinación de la muestra para las Empresas Formales: N= 73 428 MYPES Formales K= 1.65 (90% de nivel de confianza) p=0.5 q=0.5 e=10% n= 68 Micro y Pequeñas Empresas Formales 2 http://www.feedbacknetworks.com/cas/experiencia/sol-preguntar.html 22 De acuerdo al cálculo la muestra fue de 68 entre Micro y Pequeñas Empresas Formales. Determinación de la muestra para las Empresas Informales: N= 53 172 Micro y Pequeñas Empresas Informales K= 1.44 (85% de nivel de confianza) p=0.5 q=0.5 e=15% n= 23 Micro y Pequeñas Empresas Informales De acuerdo al cálculo la muestra fue de 23 entre Micro y Pequeñas Empresas Informales. En el trabajo de campo se aplicaron las encuestas en los distritos de: Tabla Nº 1 PROVINCIA DE N° AREQUIPA MUESTRA ORDEN Distritos Formales Informales 1 Alto Selva Alegre 4 1 2 Cayma 4 2 3 Cercado 26 10 4 Cerro Colorado 4 2 5 J.L.B. Y R. 7 2 6 Mariano Melgar 10 3 7 Miraflores 3 1 8 Paucarpata 6 2 9 Umacollo 2 0 10 Yanahuara 2 0 TOTAL 68 23 23 2.7. Análisis de Variables CUADRO DE VARIABLES VARIABLES INDICADORES SUBINDICADORES Persona Unipersonal Natural Formalización de la Micro y Pequeña Empresa Persona E.I.R.L. Jurídica S.A.C. S.R.L. Contabilidad Completa Contabilidad Simplificada. Sistema Normas Internacionales de Contable Contabilidad (NIC) Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) especial para PYMES Control Interno Buen Manejo Empresarial Régimen Tratamiento Tributario de las Tributario Mypes Aspectos del Régimen Laboral de Régimen las Mypes. Laboral 2.8. Interrogantes básicas  ¿Cómo es la formalización en las Micro y Pequeñas Empresas de la Provincia de Arequipa?  ¿Cómo es el manejo empresarial en las Micro y Pequeñas Empresas Formales considerando los aspectos contables, tributarios y laborales? 24  ¿Cuáles son los beneficios del buen manejo empresarial para las Micro y Pequeñas Empresas Informales en el caso de formalizarse? 3. JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO Esta investigación pretende determinar los riesgos y ventajas de la formalización de las Micro y Pequeñas Empresas dentro del contexto legal tomando como referencia dos empresas del sector servicios de la ciudad de Arequipa correspondiente al año 2013; así mismo contaremos con la colaboración de algunas empresas que serán sujetas a cuestionarios (encuesta) que aplicaremos para conocer aspectos relacionados con su formalización, Sistema Contable, Régimen Tributario y Laboral. Su relevancia científica e impacto en las empresas de este rubro podrán determinar el tratamiento contable de las Micro y Pequeñas Empresas con aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad así como las Normas Internacionales de Información Financiera; a pesar que su aplicación no es de obligatoriedad para las microempresas, consideramos que es de gran importancia la aplicación de las mismas con el objetivo de que las empresas puedan llevar un mejor manejo contable. Es un tema de actualidad, puesto que a pesar de reiterados esfuerzos, nuestro país no ha avanzado mucho en la formalización de las Micro y Pequeñas Empresas; este aspecto nos motiva a indagar sobre el Sistema Tributario y Legal referido a éstas empresas y los aspectos que promuevan el desarrollo de esas pequeñas organizaciones y con ello tener un mercado de empleo digno, y un Sistema de Micro y Pequeña Empresa (MYPE) organizado y productivo en cadenas productivas, con estándares de calidad. La factibilidad de la investigación está asegurada, debido a que contamos con el apoyo de dos empresas de Servicios, una con Personería Natural y la otra con Personería Jurídica, que nos brindarán información relevante para el estudio y poder responder los cuestionamientos de nuestro estudio. La unidad de la investigación está centrada en las recomendaciones que se puedan hacer para mejorar el tratamiento tributario y legal, así como el manejo contable y de gestión con sus respectivas normas en este tipo de empresas en la región. 25 4. OBJETIVOS a) Describir la formalización en las Micro y Pequeñas Empresas de la Provincia de Arequipa. b) Describir el manejo empresarial en las Micro y Pequeñas Empresas Formales considerando los aspectos contables, tributarios y laborales. c) Determinar los beneficios del buen manejo empresarial para las Micro y Pequeñas Empresas Informales en el caso de formalizarse. 5. MARCO TEÓRICO 5.1. Aspectos Generales de la Micro y Pequeña Empresa 5.1.1. Definición de Empresa Una empresa es una organización, institución o industria, dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales, para satisfacer las necesidades de bienes y/o servicios de los demandantes, a la par de asegurar la continuidad de la estructura productivo-comercial así como sus necesarias inversiones.3 5.1.2. Clases de Empresa Según su tamaño:  Microempresa: El número total de trabajadores no excede de 10 personas y sus ventas anuales no excede de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).  Pequeña Empresa: El número total de trabajadores no excede de 100 personas y sus ventas anuales no excede de 1 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).  Mediana Empresa: En este tipo de empresas intervienen varios cientos de personas y en algunos casos hasta miles, generalmente tienen sindicatos, hay áreas bien definidas con responsabilidades y 3 Wikipedia la Enciclopedia Libre “Empresa” 26 funciones, tienen sistemas y procedimientos automatizados. Sus ventas anuales son de 1 700 hasta 2 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).  Gran Empresa: Se caracterizan por manejar capitales y financiamientos grandes, por lo general tienen instalaciones propias; sus ventas son de varios millones de dólares, tienen miles de empleados de confianza y sindicalizados, cuentan con un sistema de administración y operación muy avanzado y pueden obtener líneas de crédito y préstamos importantes con instituciones financieras nacionales e internacionales. Sus ventas anuales superan las 2 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 5.1.3. Definición de Micro y Pequeña Empresa Existen infinidad de definiciones acerca de lo que son las Micro y Pequeñas Empresas (MYPES); sin embargo, en nuestro estudio citaremos los conceptos y definiciones contenidos en la Ley de Promoción y Formalización de las Micro y Pequeñas Empresas, debido a su mejor aplicabilidad a nuestra realidad peruana. 4 Según el Art. 2 de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, la Micro y Pequeña Empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. 4 Modificación según Ley N° 30056 denominada “Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial” 27 5.1.4. Características de la Micro y Pequeña Empresa Las Micro y Pequeñas Empresas deben reunir las siguientes características concurrentes:5 Tabla Nro. 02 MYPES NIVELES DE VENTAS ANUALES Monto máximo de 150 Unidades Impositivas Microempresa Tributarias (UIT). Superiores a 150 Unidades Impositivas Pequeña Empresa Tributarias (UIT) hasta monto máximo de 1700UIT. El incremento en el monto máximo de ventas anuales señalado para la Pequeña Empresa será determinado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas cada dos (2) años y no será menor a la variación porcentual acumulada del PBI nominal durante el referido período. a) Determinación del Número de Trabajadores 6 Mediante Modificación del Decreto Supremo N° 007-2008 en el artículo 5° donde señala las características de la micro y pequeña empresa se ha eliminado el número máximo de trabajadores como elemento para categorizar a las empresas. b) Determinación de los Niveles de Ventas Anuales Para la determinación de las ventas anuales entiéndase por niveles 5 Ley Nº 30056 -“Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial” (Vigencia: 03 Julio 2013). 6 Informativo Caballero Bustamante – Julio 2013. Modificación Ley de Régimen MYPE. 28 de ventas anuales lo siguiente:  Los ingresos netos anuales gravados con el Impuesto a la Renta que resultan de la sumatoria de los montos de tales ingresos consignados en las declaraciones juradas mensuales de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, tratándose de contribuyentes comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta.  Los ingresos netos anuales que resultan de la sumatoria de los montos de tales ingresos consignados en las Declaraciones juradas mensuales del Régimen Especial del Impuesto a la Renta, tratándose de contribuyentes de este Régimen.  Los ingresos brutos anuales que resultan de la sumatoria de los montos de tales ingresos consignados en las Declaraciones juradas mensuales del Nuevo RUS, tratándose de contribuyentes de este Régimen. c) Condiciones Especiales para la Determinación de las Ventas y el Número de Trabajadores 7  En caso el contribuyente o la SUNAT variara los ingresos inicialmente declarados, determinándose mayores ingresos, se considerará éstos últimos.  Se considerarán las ventas de los doce (12) meses anteriores al momento en que la MYPE se registra y la UIT correspondiente al año respectivo. 7 Desarrollo Teórico Práctico del Régimen Especial Laboral: MYPE – Informativo Vera Paredes Págs. 6-7 29 5.1.5. Clases de Micro y Pequeña Empresa Existen distintas clases de empresas entre las que se tienen: 5.1.5.1. Empresas Comerciales Las empresas comerciales son empresas intermediarias entre productor y consumidor; su función primordial es la compra y venta de productos terminados. Es una empresa que se dedica al comercio, que no fabrica nada ni produce nada, solo comercializa algún producto o servicio. Pueden clasificarse en: Mayoristas: Venden a gran escala o a grandes rasgos. Minoristas: Venden al menudeo. 5.1.5.2. Empresas de Servicios Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, hotelería, asesorías, restaurantes, etc. 5.1.5.3. Empresas Industriales Se refiere a aquellas que realizan algún tipo de transformación de la materia prima. Abarca actividades tan diversas como la construcción, maderera, textil, etc. 5.1.6. La Micro y Pequeña Empresa en el Perú A nadie le debería quedar duda de que el desarrollo económico que ha experimentado el Perú en los últimos años ha hecho posible el afloramiento de un gran número de pequeños negocios, conocidos comúnmente como Micro y Pequeñas Empresas (MYPE). Según los datos provistos por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), mediante la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) del año 2011, en el Perú existen alrededor de 6.2 millones de micro y 30 pequeñas empresas, de las que casi la totalidad tienen menos de 10 trabajadores. Ello representa un incremento del 0.2% con respecto al año anterior (2010), un 4% con relación al 2009 y un 7.6% de acuerdo al 2007. Cabe señalar que, hace cinco años, en el país existían 5.8 millones de establecimientos con estas características. Según datos estadísticos realizados por el Ministerio de la Producción al año 2011, última estadística brindada por esta Institución, la Micro Empresa representa el 95.2% (1 221 343) del empresariado nacional y la Pequeña Empresa representa el 4.8% (61 171). Tabla Nro. 03 31 Tabla Nro. 04 A lo largo de los años se ha visto un mayor número de Micro y Pequeñas Empresas; por lo que, en el año 2004, las MYPE formales eran 648 147 y en el año 2011 fue de 1 282 514, lo cual representa un incremento de 634 367 nuevas empresas durante dicho periodo; por tanto la informalidad entre dichos años se ha reducido en 26,4%. Esta reducción de la informalidad, se debe a la generación de empresas que guarda relación con el crecimiento de la economía peruana, confirmando la relación positiva con el crecimiento económico y natalidad de empresas. Figura Nro. 01 S e g ú S 32 Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se estimó que el número de MYPE (formales e informales) en el año 2011 fue de 2 211 485 empresas, resultado que es 10,7% superior a las existentes en el 2004 (2 050 210 empresas). Figura Nro. 02 Se estima que para el año 2004 el 68,4% (1 402 063) de las unidades económicas son MYPE informales, el año 2009 fue de 48,0% (1 031 738); y para el año 2011 la informalidad alcanzó el 42,0% (928 971) de las MYPE. En el periodo 2004 al 2011, la tasa de crecimiento del total de las MYPE, fue de 1,1 %, siendo distinto el ritmo crecimiento de los formales e informales, la MYPE formal se ha incrementado en una tasa anual de 10,2% y las MYPE informales se ha reducido a una tasa anual de -5,7% en el periodo. En valor absoluto, se tiene la impresión que la reducción de las MYPE informales no es significativa, sin embargo, en el siguiente cuadro se puede 33 apreciar que durante los años 2004 – 2011 la formalidad se ha reducido, en el año 2011 representa un 58%. Tabla Nro. 05 La razón central de optar por la informalidad es la cantidad de exigencias legales que se les solicita (incluyendo el tiempo del proceso) y que incrementan considerablemente sus costos. Este es un punto crítico que las autoridades responsables deben abordar con urgencia si se quiere incentivar la formalización de estos emprendimientos y, eventualmente, aumentar su competitividad y desarrollo. La actividad económica es el proceso mediante el cual se obtienen productos, bienes ó servicios que atienden las necesidades de las personas y de la sociedad, generando riqueza en un espacio geográfico (territorio). 34 En el Perú según la clasificación CIIU (Clasificación Internacional Industrial Uniforme) el Gráfico N°03, muestra la distribución de las empresas por actividad económica a nivel nacional, apreciándose que el 46,9% de las MYPE desarrollan actividades de comercio, en tanto que el 37,4% están orientadas a la generación de servicios. Las empresas con actividades de transformación representan el 12,3% de las MYPE, donde el sector de manufactura aporta el 10,0% y el sector construcción el 3,1%. Las empresas vinculadas a actividades extractivas representan el 2,6%, en el cual el sector agropecuario representa el 1,8 %, la minería y la pesca contribuyen con el 0,5 y 0,3% respectivamente. Figura Nro. 03 C u a d r o N r En cuanto a la generación de empleo, las MYPE generan empleo para el 60,0% de la fuerza laboral ocupada del país. Según la variable que caracteriza a las MYPE, es el número de trabajadores que emplean para el desarrollo de la actividad empresarial. Según esta variable es microempresa aquella unidad económica que emplea de uno (1) hasta diez 35 (10) trabajadores y es pequeña empresa aquella que emplea de diez (10) hasta cien (100) trabajadores inclusive. De acuerdo a esta característica, el 98.1% de las empresas se clasifica como microempresas, donde el segmento con menos de 5 trabajadores representa el 96,2% de las MYPE y el segmento que contrata de 6 a 10 trabajadores representa el 1,8 % de la microempresa. La pequeña empresa participa con el 1,7% de las MYPE, donde las empresas que emplean de 11 a 20 trabajadores representan el 1,0% y las empresas que emplean de 21 a 50 trabajadores y de 51 a 100 trabajadores participan con el 0,5 y el 0,2% de las pequeñas empresas, respetivamente. La mediana y gran empresa está representado por el 0.2%. Tabla Nro. 06 36 Tabla Nro. 07 Según el volumen de ventas expresado en UIT, se observa que el 72,7% de las MYPE formales (938 819) venden hasta 13 UIT al año, el 18,4% (237 114) venden entre 13 y 75 UIT al año y el 3,5% (45 410) alcanzan ventas entre 75 y 150 UIT; es decir el 94,7% de las empresas formales son microempresas (1 221 343). Por otro lado, la pequeña empresa representa el 4,7 % de las empresas formales (61 171), siendo el 4,1% (53 263) las que venden entre 150 y 850 UIT al año y el 0,6 % (7 908) tienen ventas que van entre los 850 y 1700 UIT. Cabe señalar que la mediana y gran empresa representa solo el 0,7% (9 610) de las empresas formales del país. 37 Tabla Nro. 08 G r á f i c o N r o . Según datos estadísticos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEl), mediante la Encuesta de Micro y Pequeña Empresa del año 2011, el 49,6% de las MYPES estimadas, declararon que la clase de organización jurídica que han adoptado es Persona Natural, seguido de Sociedad Anónima Cerrada con 23,0%, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada con el 13,3% y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada con el 10,2%. En menor proporción está la Sociedad Anónima con 3,8%. 38 Figura Nro. 04 5.1.7. La Micro y Pequeña Empresa en la Región Arequipa En los últimos años, la población de la región Arequipa ha crecido en grandes porcentajes, y con ello también se ha visto el crecimiento de los sectores comerciales, a través de las Micro y Pequeñas Empresas, que surgen como medio alternativo de conseguir ingresos económicos frente a la falta de empleo. El crecimiento de las Micro y Pequeñas empresas en nuestra región, responde al igual que el resto del país, a la migración de la población rural hacia la ciudad y a la falta de empleo. Frente a lo cual el gobierno no supo hacerle frente desde un inicio ya que en lugar de brindarles el apoyo necesario, primero los discrimino y luego erradamente les brindo ayuda económica con el fin de sacarlos del medio, sin embargo ambas políticas fracasaron. La importancia de la microempresa radica tanto en la generación de empleo como en el combate de la pobreza. Esto quiere decir, que la microempresa busca generar empleo, es por ello que se realizan grandes 39 esfuerzos para que ellas puedan acceder a financiamientos para que de esta manera puedan surgir y combatir la pobreza.8 Las MYPE son un segmento importante en la generación de empleo, es así que más del 80% de la población económicamente activa se encuentra trabajando y generan cerca del 45% del producto bruto interno (PBI). En resumidas cuentas la importancia de las MYPE como la principal fuente de generación de empleo y alivio de la pobreza se debe a: Proporcionan abundantes puestos de trabajo. Reducen la pobreza por medio de actividades de generación de ingreso. Incentivan el espíritu empresarial y el carácter emprendedor de la población Son la principal fuente de desarrollo del sector privado. Mejoran la distribución del ingreso. Contribuyen al ingreso nacional y al crecimiento económico. Según estudios realizados por el Ministerio de la Producción al año 2011, en la ciudad de Arequipa existe un total de 73 428 Micro y Pequeñas empresas formalizadas, lo que representa un 5.7% del total de concentración a nivel nacional. 70 658 son micro empresas y el resto (2 770) son pequeñas empresas. Cabe destacar que hay 143 medianas empresas y sólo 197 son grandes empresas. 8 http://www.monografias.com/trabajos39/micro-empresas/micro-empresas.shtml 40 Tabla Nro. 09 E En el siguiente cuadro se puede apreciar que en la ciudad de Arequipa, del total de Micro y Pequeña Empresas que existen, se tiene que existen 62 238 empresas cuya forma de organización es individual (representa el 6.04% a nivel nacional), mientras que sólo 11 190 están constituidas como forma societaria (representa el 4.43% a nivel nacional). 41 Tabla Nro. 10 Se puede apreciar que en la ciudad de Arequipa, las empresa formales por ventas anuales en rangos de Unidad Impositiva Tributaria (UIT), se tiene que 53 605 micro empresas tienen ventas anuales de hasta 13 UIT ( S/.48 100.00), 14 579 empresas cuyas ventas anuales están entre los rangos de 13 hasta 75 UIT (más de S/48 100 hasta S/.277 500), 2 474 empresas cuyo rango es de 75 hasta 150 UIT (más de S/.277 500 hasta S/.555 000); se tiene un total de 2 770 pequeñas empresas cuyos rangos de ventas son mayores a 150 UIT hasta 1 700 UIT (hasta S/. 6 290 000). 42 Tabla Nro. 11 5.1.8 Obstáculos para el desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa 9 Según estudios de Emilio Zevallos V. en su libro sobre los Obstáculos al desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en América latina precisa algunas consideraciones a tomar en cuenta. 9 ZEVALLOS V, EMILIO - “Obstáculos al Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en América Latina” – Año 2006 43 Una de las primeras es acerca del carácter heterogéneo de los actores pyme. Factores como el tamaño de la empresa, la edad del empresario, su experiencia (laboral y empresarial), el carácter familiar (o no) de la unidad económica, el sector en el que se desarrolla, su ubicación espacial, la relación que mantiene con otros actores, empresarios, gobierno, sistema financiero, clientes, etc., su dotación de capital, la infraestructura que posee, su grado de avance tecnológico, entre otros, permiten calificar a este segmento empresarial como un grupo marcado por las diferencias. A ello se suman las acciones de los gobiernos que para definirlos usan los más variados criterios y denominaciones. La incomprensión por parte de los gobiernos de esta heterogeneidad ha llevado a considerar a la pyme, e incluso a las Micro y Pequeña Empresa como un conjunto homogéneo de empresas. Puesto que las políticas de fomento se han guiado por este signo, la consecuencia ha sido su ausencia de impacto, cuando no la falta de credibilidad de las acciones públicas y, por tanto, su limitado alcance en términos de beneficiarios. Al mismo tiempo, esto ha servido para que algunas empresas, más dinámicas e informadas que el promedio, se aprovechen de la situación monopolizando los recursos y la ayuda. Otro aspecto que guarda relación con la problemática de las MYPE es la multidimensionalidad de la relación entre la capacitación laboral, la educación, la tecnología y el financiamiento. Por supuesto, la ausencia de financiamiento limita cualquier intento de mejora, sea en el desarrollo de competencias laborales o en la adopción de tecnología que requiere del desarrollo de nuevas competencias laborales. Asimismo, las limitadas capacidades de los trabajadores no tienen que ver sólo con su formación laboral, sino con el tipo de educación recibida. Esta limitación reduce las posibilidades de absorber nuevos conocimientos (asociados a la tecnología moderna), por lo que las restricciones educativas se convierten en limitaciones para la adopción tecnológica. La relación entre el Estado y las empresas es otro asunto de relevancia crítica. Tanto en los temas de tecnología, recursos humanos, 44 financiamiento y otros, las condiciones en que la interacción se produce es crucial para el entendimiento tanto de la conducta pública como de la respuesta empresarial. De lo anterior se desprende la trascendencia del entorno en el desempeño competitivo de las empresas. Por ello, el desafío central de la región es implementar políticas resultado de acciones coordinadas, establecer definiciones concertadas y definir los roles que cada uno de los actores económicos debe jugar en el desarrollo. La pyme, como cualquier otro actor económico, recibe señales y actúa en consecuencia. La tercera reflexión advierte acerca del impacto de las políticas sobre el desempeño económico y de cómo la variabilidad de estas a lo largo del tiempo ha desarrollado una configuración empresarial desconfiada y sin perspectivas de largo plazo. Este es un llamado de atención en post de la promoción de la estabilidad y la consistencia de las políticas económicas, y de las políticas en general. En los escenarios donde los vaivenes de la política no inciden en la conducta económica, como en los países europeos, se mantiene una notable estabilidad económica a pesar de los conflictos existentes en el orden político. 5.2. Formalización de la Micro y Pequeña Empresa 5.2.1. Marco de Aplicación El texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial (Ley MYPE), aprobado y modificado por Decreto Supremo Nº007-2008-TR, precisa que la microempresa no necesita constituirse como persona jurídica, pudiendo ser conducida directamente por su propietario como persona individual.10 Pudiendo, sin embargo, adoptar voluntariamente la forma de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), o cualquiera de las formas previstas por la Ley. Seguidamente, el Reglamento del Texto Único 10 Caballero Bustamante – “Manual de la Micro y Pequeña Empresa - MYPE”. Pág. 19 45 Ordenado de la de Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial (Reglamento de la Ley MYPE), aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, es más preciso al señalar que las microempresas no necesitan constituirse como persona jurídica, pudiendo ser conducidos directamente por su propietario como persona individual, pudiendo sin embargo, adoptar voluntariamente la forma de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, o cualquiera de las otras formas asociativas o sociedades previstas por Ley, incluidas las cooperativas y otras modalidades autogestionarias. En dicho contexto, las normas pertinentes nos presentan un abanico de posibilidades para constituir una MYPE, adicionalmente a aquella que pueden ser conducidas directamente por su propietario, persona individual, por lo que nos referiremos al procedimiento a seguir para constituir una empresa como persona jurídica. Para ello se debe tener clara la idea de negocio, la actividad económica de la empresa (objeto social), la modalidad de organización empresarial de su elección (EIRL, SRL, SA, SAC). El capital social el cual asignarán a la empresa, el representante legal de la sociedad, la razón social, o nombre de la empresa, y con estos datos seguir el proceso de constitución de una empresa. 5.2.2. Personas Naturales 5.2.2.1. Empresa Unipersonal Negocio individual en el cual el propietario desarrolla toda la actividad empresarial, aportando capital, trabajo, esfuerzo directriz y cuya responsabilidad es ilimitada (empresa a título personal). Por ejemplo: bodegas, librerías, etc. 46 5.2.3. Persona Jurídica Presenta las siguientes características: • Es una persona que requiere una forma legal de constitución. • Puede ser formada por personas naturales o jurídicas. • No tiene existencia física como la persona natural. • Son representadas por una o más personas naturales 5.2.4. Modalidades Usuales de Organización Empresarial 11 5.2.4.1. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con patrimonio distinto al de su titular, tiene carácter mercantil. 5.2.4.1.1. Órganos de la Empresa El Titular: Es el órgano máximo de la empresa. La Gerencia: Es designado por el titular, tiene a su cargo la administración de la empresa. 5.2.4.2. Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) Es una forma societaria cuyo origen y algunas de sus características son propias de las sociedades personalistas, la responsabilidad de los socios está limitada a su aporte de capital. 11 Desarrollo Teórico Práctico del Régimen Especial Laboral: MYPE – Informativo Vera Paredes. Págs. 14 -15 47 5.2.4.2.1.Órganos de la Empresa Junta General de Socios: Representa a todos los socios. Gerente: Es el encargado de la dirección y administración de la sociedad. Sub Gerente: Reemplaza al gerente en su ausencia. 5.2.4.3. Sociedad Anónima (S.A.) Es una sociedad de capitales con responsabilidad limitada. El número de socios no puede ser inferior a dos (2) personas naturales o jurídicas 5.2.4.3.1.Órganos de la Empresa Junta General de Accionistas: Órgano supremo de la sociedad, se reúne obligatoriamente por lo menos una vez al año. El Directorio: Órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas, en ningún caso el número de directores es menor de tres miembros (Artículo 151º Ley General de Sociedades). La Gerencia: Nombrado por el Directorio, es el representante legal y administrador de la empresa, el cargo puede ser revocado en cualquier momento por el directorio o Junta General de Accionistas, siendo que una sociedad puede tener uno o más gerentes. 5.2.4.4. Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) Es una persona jurídica de derecho privado de naturaleza comercial; no puede tener más de veinte (20) accionistas y sus acciones no pueden ser inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores. 48 5.2.4.4.1.Órganos de la Empresa Junta General de Accionistas: Órgano máximo de la sociedad, se reúne obligatoriamente por lo menos una vez al año. La Gerencia: Nombrado por la Junta General de Accionistas, es el representante legal y administrador de la empresa, el cargo puede ser revocado en cualquier momento por el directorio o Junta General de Accionistas, siendo que una sociedad puede tener uno o más gerentes. 5.2.4.5. Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.) Es una persona jurídica de capital difundido, cuyas acciones necesariamente tiene que ser cotizadas en la Bolsa de Valores de Lima. Si bien la Ley de MYPE no la excluye, la sociedad anónima abierta puede calificar como una micro o pequeña empresa, lo cual resultaría inusual dado que este tipo de empresa compromete altos niveles de inversión y capital, por lo que podría ser excluido fácilmente por exceder los topes de ingresos. 5.2.5. Requisitos para Constituir una Empresa 1. Identificar y describir las Actividades que van a desarrollar las empresas a constituir: Industria, Comercio, Servicios, Extracción y/u otras. 2. Búsqueda de Índices y la RESERVA de Preferencia Registral, otorgado por la Oficina Registral de la zona, previo pago de los derechos correspondientes. 3. Fotocopia simple y legible del DNI del Titular y/o cada uno de sus socios y sus cónyuges, en caso de ser casados. 4. Definir e indicar el CAPITAL SOCIAL a aportar, especificando el aporte por cada socio. Este aporte puede ser: • Bienes Dinerarios (efectivo). Efectuar un depósito Bancario a nombre de la Empresa. 49 • Bienes No Dinerarios (muebles, enseres, maquinarias y equipos), mediante el Informe de Valoración. • Bienes Dinerarios y Bienes No Dinerarios. 5.2.6. Procedimiento para Constituir una Empresa  Tramitar en la Oficina de los Registro Públicos, la búsqueda del nombre o razón social de la empresa a constituir, y realizar la reserva de preferencia registral de dicho nombre. La reserva registral realizada le otorga la posibilidad que por el plazo de treinta (30) días calendario el nombre escogido no pueda ser inscrito por terceros.  Un abogado deberá redactar la minuta (1) de constitución de la empresa, donde plasmara los nombres, estado civil, domicilio, documento de identidad y nacionalidad de los socios de la empresa, su proporción de participación en el capital social, la razón social o nombre de la empresa, el objeto social de la empresa, la modalidad de organización empresarial de su elección (EIRL, SRL, SA.SAC), el representante legal de la sociedad y los miembros del directorio si lo tuviera.  La minuta firmada por los socios y autorizada por abogado colegiado, se presenta a la Notaria Pública, adjuntándose copia de los documentos personales de cada uno de los socios, luego se adjunta el depósito bancario referido al capital social, a nombre de la empresa si el capital se establece mediante aporte dinerario. Si el aporte es en bienes no dinerarios se adjunta un informe de valorización y una declaración jurada del Gerente General, donde acredita haber recibido los bienes muebles e inmuebles, debidamente identificados.  Con todos estos documentos el notario se encargará de transcribirlos en sus escrituras públicas, y cursará los partes respectivos a los Registros Públicos, para que la empresa sea inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, dentro del plazo de siete día hábiles, luego de lo cual el notario se encarga de extender al representante de la empresa 50 el respectivo testimonio de constitución, documento que conjuntamente con la partida electrónica asignada, acredita el nacimiento y existencia de la nueva empresa. 5.2.7. Beneficios de Formalizar una Micro y Pequeña Empresa como Persona Jurídica Las Personas Jurídicas pueden: o Participar en concursos públicos y adjudicaciones como proveedores de bienes y servicios. o Tienen mayor facilidad para acceder al sistema de crédito formal. o En casos fortuitos (pérdidas) responden frente a obligaciones con terceros sólo por el monto de capital aportado. o No tienen ninguna limitación para realizar negocios con otras empresas y competir en el mercado nacional e internacional. o El propietario o socio y sus familiares trabajadores de la empresa gozan de seguro y beneficios sociales. o Conocen el rendimiento de sus inversiones a través de la evaluación de sus resultados económicos contables. o Pueden expandir su empresa ampliando su capital social o abriendo nuevas filiales. ____________________ (1) El artículo 9º del Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, establece que las MYPE que se constituyan como persona jurídica lo realizan mediante escritura pública sin exigir la presentación de la minuta conforme a lo establecido en el inciso i) del artículo 58º del Decreto Legislativo Nº 1049, Ley del Notariado. En la práctica, muchos notarios todavía no han implementado un mecanismo adecuado para obviar la presentación de la minuta, por lo que aún lo solicitan. 51 5.3. Promoción para el Desarrollo y la Competitividad El Estado fomenta el desarrollo integral y facilita el acceso a los servicios empresariales y a los nuevos emprendimientos, con el fin de crear un entorno favorable a su competitividad, promoviendo la conformación de mercados de servicios financieros y no financieros, de calidad, descentralizado y pertinente a las necesidades y potencialidades de las MYPE.12 Los instrumentos de promoción para el desarrollo y la competitividad de las MYPE y de los nuevos emprendimientos con capacidad innovadora son: a) Los mecanismos de acceso a los servicios de desarrollo empresarial y aquellos que promueven el desarrollo de los mercados de servicios. b) Los mecanismos de acceso a los servicios financieros y aquellos que promueven el desarrollo de dichos servicios. c) Los mecanismos que faciliten y promueven el acceso a los mercados, y a la información y estadísticas referidas a la MYPE. d) Los mecanismos que faciliten y promueven la inversión en investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como la creación de la MYPE innovadora. Según el Artículo 3 de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial, la acción del Estado en materia de promoción de las MYPE se orienta con los siguientes lineamientos estratégicos: a) Promueve y desarrolla programas e instrumentos que estimulen la creación, el desarrollo y la competitividad de las MYPE, en el corto y largo plazo y que favorezcan la sostenibilidad económica, financiera y social de los actores involucrados. b) Promueve y facilita la consolidación de la actividad y tejido empresarial, a través de la articulación inter e intersectorial, regional y de las relaciones entre 12 ART 10 y 11 de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial. 52 unidades productivas de distintos tamaños, fomentando al mismo tiempo la asociatividad de las MYPE y la integración en cadenas productivas y distributivas y líneas de actividad con ventajas distintivas para la generación de empleo y desarrollo socio económico. c) Fomenta el espíritu emprendedor y creativo de la población y promueve la iniciativa e inversión privada, interviniendo en aquellas actividades en las que resulte necesario complementar las acciones que lleva a cabo el sector privado en apoyo a las MYPE. d) Busca la eficiencia de la intervención pública, a través de la especialización por actividad económica y de la coordinación y concertación interinstitucional. e) Difunde la información y datos estadísticos con que cuenta el Estado y que gestionada de manera pública o privada representa un elemento de promoción, competitividad y conocimiento de la realidad de las MYPE. f) Prioriza el uso de los recursos destinados para la promoción, financiamiento y formalización de las MYPE organizadas en consorcios, conglomerados o asociaciones. g) Propicia el acceso, en condiciones de equidad de género de los hombres y mujeres que conducen o laboran en las MYPE, a las oportunidades que ofrecen los programas de servicios de promoción, formalización y desarrollo. h) Promueve la participación de los actores locales representativos de la correspondiente actividad productiva de las MYPE, en la implementación de políticas e instrumentos, buscando la convergencia de instrumentos y acciones en los espacios regionales y locales o en las cadenas productivas y distributivas. i) Promueve la asociatividad y agremiación empresarial, como estrategia de fortalecimiento de las MYPE. 53 j) Prioriza y garantiza el acceso de las MYPE a mecanismos eficientes de protección de los derechos de propiedad intelectual. k) Promueve el aporte de la cooperación técnica de los organismos internacionales, orientada al desarrollo y crecimiento de las MYPE. l) Promueve la prestación de servicios empresariales por parte de las universidades, a través de incentivos en las diferentes etapas de los proyectos de inversión, estudios de factibilidad y mecanismos de facilitación para su puesta en marcha. 5.4. Inscripción en el Registro de las Micro y Pequeñas Empresas REMYPE 5.4.1. Sistema Nacional de Registro de Micro y Pequeña Empresa El Registro de la Micro y Pequeña Empresa - REMYPE, es un registro que cuenta con un procedimiento de inscripción en Web, el mismo que permitirá a las micro y pequeñas empresas (MYPE), acceder a los beneficios de la Ley. El REMYPE, además de la publicidad de la condición de MYPE, que se dará a través del portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, permitirá la impresión de parte de los usuarios de la constancia de inscripción, con lo que se les permitirá acreditar su condición de tales ante las entidades que así lo requieran. 5.4.2. Ámbito de Aplicación De acuerdo con el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 008-2008-TR (30.09.2008), en adelante el Reglamento, para efectos de acceder a los beneficios de la Ley de MYPE, la MYPE deberá tener el certificado de inscripción o de reinscripción vigente en el REMYPE, de acuerdo con lo establecido por el Título VIII de la norma citada. 54 En tal sentido, el uso de este aplicativo es de carácter obligatorio a partir del 20 de octubre de 2008, respecto de aquellas empresas que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 5º de la Ley, desean acogerse por primera vez al Régimen Especial de las MYPE; y asimismo respecto de aquellas empresas que cumplieron con incorporarse al mencionado régimen mediante el Trámite Nº 118 del TUPA del MTPE antes de la modificación. 5.4.3. Características  La inscripción de la MYPE en la REMYPE no le otorga un número de registro distinto al RUC, siendo éste el único aplicable.  La acreditación de una empresa como MYPE se hace en base a la información del monto de ventas anuales. Dicha información es brindada por la SUNAT a la REMYPE, sin vulnerar la reserva tributaria, en un plazo no mayor a 7 días calendario. 5.4.4. Requisitos para el Registro  Solicitud de registro, según formato del REMYPE.  Número del RUC 5.4.5. Finalidad De acuerdo con el artículo 64º del Reglamento, el REMYPE tiene por finalidad:  Acreditar que una micro o pequeña empresa cumple con las características establecidas en los artículos 4º y 5º de la Ley.  Autorizar el acogimiento de la micro y pequeña empresa a los beneficios que le correspondan conforme a la Ley y el Reglamento.  Registrar a la micro y pequeñas empresas. 55 En tal sentido, la acreditación de una empresa como MYPE corresponde al MTPE y se realiza sobre la base del monto de ventas anuales declarados ante SUNAT sin vulnerar la reserva tributaria. Es preciso señalar además que la MYPE que recién inicia su actividad económica se presume acreditada como tal, debiendo el MTPE verificar el efectivo cumplimiento de las características establecidas en el artículo 5 de la Ley cuando haya transcurrido un (1) año desde el inicio de sus operaciones. Finalmente, una vez acreditada la condición de MYPE, el acogimiento al régimen laboral especial correspondiente es automático. En este sentido, el MTPE, mediante resolución ministerial, establecerá los procedimientos derivados de la implementación del REMYPE 5.4.6. Registro Transitorio La MYPE que solicita su inscripción y recién inicia su actividad económica, podrá registrarse transitoriamente en el REMYPE. No obstante, contará con un plazo no mayor de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente a la inscripción del REMYPE, a efectos de contratar y registrar a sus trabajadores bajo el RLE (Régimen Laboral Especial), o el Régimen Laboral General. Vencido dicho plazo, el REMYPE no procederá con el registro definitivo de la MYPE. 5.4.7. Cancelación del Registro 5.4.7.1. Cumplido el año consecutivo adicional Aquellas MYPE que por un periodo de 2 años calendario consecutivos excedan el monto máximo de ventas anuales, podrán conservar el Régimen Laboral Especial por 1 año calendario adicional consecutivo. Así cumplido dicho plazo, se procederá a la cancelación 56 del registro en el REMYPE, según corresponda. 5.4.7.2. Incurrir en falsedad, fraude o falsificación de datos Se procederá a la cancelación del registro en el REMYPE cuando se haya incurrido en falsedad, fraude o falsificación de datos presentados por las MYPE. 5.4.8. Condiciones para acceder al REMYPE Para efectos de inscribirse en el REMYPE y en consecuencia gozar de los beneficios previstos en la Ley y el Reglamento, se deben de cumplir con las siguientes condiciones: De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, se debe de cumplir con lo siguiente: a. Microempresa: Ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). b. Pequeña Empresa: Ventas brutas anuales de hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Cabe precisar que para efectos de acceder al REMYPE, el MTPE evaluará el cumplimiento de la característica del monto de ventas para cada caso particular, es decir, sea que se trate de una micro o de una pequeña empresa, en los doce (12) últimos meses calendarios. En lo referente a la permanencia en el REMYPE, se evaluarán mensualmente, el cumplimiento de las características en los dos (2) años calendarios anteriores. 57 5.4.9. Procedimiento de Inscripción en el REMYPE 13 El procedimiento para la inscripción en el REMYPE se debe realizar siguiendo las pautas: 1. Contar con la Clave Sol de SUNAT: Es la clave generada a través de la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT). 2. Ingresar al portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo http://www.mintra.gob.pe. A través del portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se podrá acceder al Sistema del REMYPE. 3. Ingresar al Sistema de REMYPE con el número de RUC, Usuario y Clave, estos códigos son generados para la Clave Sol de SUNAT. 13 Desarrollo Teórico Práctico del Régimen Especial Laboral MYPE – Informativo Vera Paredes. Págs. 21-28 58 4. D a r 4. Dar clic al botón de Módulo de Registro MYPE: Una vez que se han ingresado el RUC y los códigos generados para la Clave Sol de SUNAT, se debe de dar clic en la opción Módulo de Registro MYPE. 59 5. Llenar el formulario con los datos correspondientes a la empresa y trabajador (es). 5.1. Paso 1, del formulario: 60 A1: Datos de la empresa proporcionados por la base de datos de SUNAT (Razón social, actividad económica y fecha de Inicio de actividades). A2: Datos de la dirección fiscal de la empresa, proporcionados por la base de datos de SUNAT. A3: Datos de la dirección real de la empresa. Rellenar los datos, siempre y cuando la dirección fiscal “A2”, sea diferente a la dirección real. A4: Rango de ventas anuales, seleccionar la opción que corresponda según el nivel de ventas anual de la empresa en los últimos 12 meses: - Ventas de cada uno de los dos últimos años hasta 150 UIT - Ventas de cada uno de los dos últimos años hasta 1700 UIT A5: Rellenar los datos del representante legal de la empresa o el dueño(a) de la empresa (Número de documento, apellidos paternos, maternos y nombres, teléfono, fax y correo electrónico). 61 5.2. Paso 2, del formulario: Llenado del registro de trabajadores B1: Datos de la empresa, provienen del formulario anterior “Paso 1”. B2: Datos del trabajador: • Documento de identidad: Seleccionar el tipo de documento y rellenar en el casillero el número de documento del trabajador. • Apellido Paterno • Apellido Materno 62 • Nombres • Fecha de Nacimiento • Genero • Tipo de Contrato: Seleccionar la opción según corresponda al trabajador. • Ocupación En este ítem, seleccionar la ocupación del trabajador, según corresponda de las opciones mostradas en el sistema. • Tipo de Régimen Laboral Seleccionar el tipo de régimen laboral, según corresponda al trabajador. 63 • Régimen de Sistema de Pensiones Sociales Seleccionar el régimen de pensiones sociales que corresponda al trabajador. • Nombre de la AFP Si el trabajador está inscrito en alguna AFP, rellenar este casillero con el nombre correspondiente a la AFP. • Trabajador con discapacidad: Seleccionar la opción que corresponda al trabajador. • Trabajador es socio: Seleccionar la opción que corresponda al trabajador. • Trabajador es familiar de socio: Seleccionar la opción que corresponda al trabajador. 64 5.3. Añadir derecho habientes del trabajador 6. Imprimir el formulario, como solicitud de inscripción al REMYPE. Para imprimir la constancia, primero hay que seleccionar el botón aceptar (tiene grado de declaración jurada) del formulario del paso 3, según gráfico mostrado. Así mismo se cuenta con la opción de poder pre visualizar la información registrada antes de Aceptar, de modo que pueda corregir algún dato ya registrado. 65 Es importante tener instalado el Acrobat Reader, para poder visualizar e imprimir la Constancia. 66 Formulario generado en formato PDF (Pre Visualización): 67 5.4.10. Procedimiento para la Modificación en el REMYPE 1. Seguir los pasos indicados en el proceso de inscripción, hasta el número 4. 2. Dar Clic al botón de Su Empresa o Sus Trabajadores, ubicados en lado izquierdo de la pantalla, para proceder con la actualización de la información o eliminación (solo para el caso de los trabajadores). 3. La información puede ser modificada siempre y cuando no se haya culminado con la solicitud del registro al REMYPE, esto es el último paso en donde el usuario acepta y declara que los datos proporcionados son los fidedignos, no habiendo posibilidad de cambio posterior. 5.4.11. Constitución de MYPES en Línea Las MYPE constituidas al amparo del procedimiento de constitución en línea son registradas automáticamente en el REMYPE por el notario que condujo dicho procedimiento o, de ser el caso, por la cámara de comercio, el municipio de la localidad o la entidad correspondiente. Las MYPE constituidas fuera del procedimiento en línea o la microempresa conducida directamente por su propietario persona natural, deben registrarse ante el REMYPE presentando la siguiente documentación: - Solicitud de registro, según formato elaborado por el REMYPE; y, - Número del RUC Adicionalmente, la MYPE que recién inicia su actividad económica debe adjuntar una declaración jurada donde conste su compromiso de cumplir con los requisitos de número de trabajadores y volumen de ventas exigidos. El registro en el REMYPE no otorga a la MYPE un número de registro distinto al RUC, siendo éste el único aplicable. 68 Mediante resoluciones del MTPE se establecerán los procedimientos de inscripción, reinscripción y actualización de la información por parte de las MYPE, así como de la publicación en el portal institucional de la relación de trabajadores de las MYPE y, en el caso de las microempresas, la relación de trabajadores y conductores por cada empresa. 5.5. Sistema Contable de la Micro y Pequeña Empresa 14 5.5.1. Contabilidad Completa De conformidad con el artículo 65º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta para algunos contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría existe la obligación de llevar “Contabilidad Completa”. Al respecto, cabe referir que mediante el artículo 2º del Anexo del TUO de la Ley de MYPES (aprobado por D.S. Nº 007-2008-TR), se sustituye el primer y segundo párrafo del artículo 65º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº179-2004- EF y normas modificatorias por el siguiente “Artículo 65º.- Los perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar contabilidad completa”. Complementariamente, el tercer párrafo del referido artículo 65º, regula que mediante Resolución de Superintendencia se definirán los libros y registros que comprenden la "contabilidad completa"; lo que ocurrió con la publicación de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT(30.12.2006) vigente respecto a este tema a partir del 1 de enero de 2009, en cuyo artículo 12º se detalla los libros y registros contables que la integrarían. 14 Caballero Bustamante – “Manual de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE”. Págs. 127 - 138 69 En efecto, el numeral 12.1 del artículo 12º de dicha Resolución señala que los libros y registros que integran la contabilidad completa son los siguientes: a. Libro Caja y Bancos. b. Libro de Inventarios y Balances. c. Libro Diario. d. Libro Mayor. e. Registro de Compras. f. Registro de Ventas e Ingresos Asimismo, agrega el numeral 12.2 del mencionado artículo que también integrarán la Contabilidad Completa siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta, los siguientes libros y registros: a. Libro de Retenciones incisos e) y f) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta (*). b. Registro de Activos Fijos c. Registro de Costos. d. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas. e. Registro de Inventario Permanente Valorizado. _________________ (*) Cabe precisar que, de utilizar la planilla electrónica para registrar estos ingresos, no es necesario utilizar el presente libro. 70 5.5.2. Contabilidad Simplificada Aunque en la normativa tributaria no se hace mención a esta expresión en la práctica se habla de Contabilidad Simplificada cuando se ejerce la opción de reemplazar el uso de libros contables por un libro simplificado para efectos tributarios. Esto se debe al hecho que uno de los objetivos de la Resolución N° 234-2006/ SUNAT es reducir los costos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias para las micro y pequeñas empresas. Aspecto que concuerda con la modificatoria introducida al artículo 65° de la LIR, efectuada por el Anexo 2 del TUO de la Ley de MYPES, que justamente dispone para contribuyentes cuyos Ingresos Brutos Anuales no superen las 150 UIT, la llevanza mínima del Registro de Ventas, Compras y del Libro Diario Simplificado, en función a las normas de la materia y que corresponde a la Resolución antes referida. 5 71 5.5.3. Libros y Registros Contables 5.5.3.1. Legalización Para que los libros y registros adquieran validez éstos deben legalizarse, sin importar la forma como los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios establecidos en la Resolución Nº 234-2006/SUNAT (30.12.06) se lleven, es decir, o computarizado, estableciendo el artículo 3º de la citada Resolución que éstos deben ser legalizados ANTES de su uso. No existe un plazo máximo propiamente dicho, sin embargo, teniendo en cuenta el plazo máximo de atraso permitido; se puede advertir si los teníamos o no a una fecha determinada. 5.5.3.1.1. Facultad para autorizar los libros y registros El encargado de efectuar la legalización de los libros y registros con efecto tributario en principio, según el artículo 62º del TUO del Código Tributario, es la SUNAT, sin embargo, puede delegarse dicha función; así se autorizó a los notarios públicos del lugar del domicilio fiscal del contribuyente o a falta de éstos, los jueces de paz letrados o jueces de paz, quiénes sellarán todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas. La legalización implicará la colocación de una constancia en la primera hoja del libro y/o registro conteniendo la siguiente información: • Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso. • Apellidos y nombres, denominación o razón social del deudor tributario, según sea el caso. • Número de RUC • Denominación del libro o registro 72 • Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordenó la diligencia de ser el caso. • Número de folios de que consta • Fecha y lugar en que se otorga la legalización Según el numeral 2.4 del artículo 2º de la Resolución Nº 234- 2006/SUNAT, en ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras. Para efectos de control el numeral 2.3 del artículo 2º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT establece que tanto los notarios como los jueces llevarán un registro cronológico de las legalizaciones que otorguen. En dicho registro indicarán el número de la legalización, los Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, el número de RUC, la denominación del libro o registro que se ha legalizado, la fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordenó la diligencia de ser el caso, el número de folios de que consta y la fecha en que se otorga la legalización. 5.5.3.1.2. Uso de hojas sobrantes legalizadas en un ejercicio anterior En el supuesto que el contribuyente optara por emplear un sistema computarizado a través de hojas sueltas o continuas, se efectúa una proyección del número de hojas a legalizar, para lo cual entre otros se deberá tener en cuenta el volumen de operaciones que realiza la empresa de acuerdo a su giro y referencia de número de hojas utilizadas en el ejercicio anterior. Debe señalarse que si sobrasen hojas, éstas podrán ser usadas 73 para el ejercicio siguiente, tal como se regula en el numeral 5.3 del artículo 5º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT que permite que las hojas sueltas o continuas correspondientes a un libro o registro de una misma denominación, que no hubieran sido utilizadas para el registro de operaciones del ejercicio del que se trate, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente. Cabe indicar que dicho procedimiento, ya había sido contemplado por la Administración Tributaria a través del Informe Nº 0078-2001- SUNAT/ K0000 (04.05.01) donde se indicó que para el empaste del libro no es necesario que se incluyan aquellas que no hubieran sido utilizadas para el registro de las operaciones del ejercicio del que se trate, en consecuencia, las hojas que sobren pueden emplearse para el registro de las operaciones del ejercicio posterior (inmediato siguiente). 5.5.3.1.3. Legalización del Segundo y siguientes libros Para la legalización del segundo y siguientes libros y registros vinculados a asuntos tributarios, de una misma denominación, el artículo 4º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT (30.12.06) establece que se deberá tener en cuenta lo siguiente: 74 5.5.3.2. Tratamiento aplicable en casos especiales 5.5.3.2.1. Libros y registros manuales incautados En el caso de libros o registros llevados en forma manual que hubieran sido incautados por autoridad competente, bastará para la legalización del segundo y siguientes libros y registros la presentación del documento en el que conste la referida diligencia. Adviértase que de producirse, de ser el caso, la devolución de los libros o registros incautados a que se refiere el párrafo anterior, no podrá realizarse en ellos anotación alguna debiendo procederse a su cierre inmediato. 5.5.3.2.2. Libros y registros perdidos, destruidos Tratándose de libros y registros perdidos o destruidos por siniestro, asalto u otros, se deberá presentar la comunicación efectuada a la SUNAT establecida en el artículo 9° de la Resolución. 5.5.3.3. Plazo Máximo de Atraso A partir del 1 de enero de 2007, la Resolución Nº 234-2006/SUNAT (30.12.2006) que deroga la Resolución Nº 078-98/SUNAT (20.08.98) establece en virtud al artículo 8º en el Anexo 2 los plazos máximos de atraso aplicables a los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios. Procede advertir, que se incorporan en dicho anexo plazos para libros y registros que anteriormente no se encontraban regulados (que se muestran sombreados). A continuación detallamos el referido Anexo 2. 75 76 5.5.3.4. Empaste de los Libros y Registros llevados en hojas sueltas o continuas De conformidad con el numeral 5.1 del artículo 5º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas deberán empastarse, de ser posible, hasta por un ejercicio gravable. La obligación señalada en el párrafo anterior no será de aplicación cuando el número de hojas sueltas o continuas a empastar sea menor a veinte (20), en cuyo caso el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables. El plazo para efectuar el empaste según el numeral 5.2 del artículo 5º de la precitada norma se efectuaría como máximo, dentro: a) De los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente al que correspondan las operaciones contenidas en dichos libros o registros, o b) De los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente a aquél en que se reunieron veinte (20) hojas sueltas o continuas. 77 En ambos casos, se deberán incluir las hojas que hayan sido anuladas. A tal efecto, la anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas de manera visible. Cabe precisar que de realizarse el empaste en varios tomos, cada uno incluirá como primera página una fotocopia del folio que contenga la legalización del libro o registro al que corresponde. 5.5.3.5. Periodo de Conservación de Libros y/o Registros Según el artículo 5º del D.L Nº 25988 (24.12.92), modificado posteriormente por la Ley Nº 27029, las empresas que no formen parte de la actividad empresarial del Estado, estarán obligadas a conservar los libros, correspondencia y otros documentos relacionados con el desarrollo de su actividad empresarial, por un período que no excederá de cinco (5) años contados a partir de la ocurrencia del hecho o la emisión del documento. Transcurrido dicho plazo, las empresas podrán disponer de dichos documentos para su reciclaje o destrucción. No obstante lo anterior, esta misma norma señala que está se aplicará sin perjuicio de las disposiciones referidas a obligaciones en materia tributaria contenidas en el Código Tributario. 78 Siendo una de las obligaciones de los deudores tributarios, de conformidad con el numeral 7 del artículo 87º del Código Tributario, conservar los libros y registros llevados en sistema manual o computarizado, así como los documentos y antecedentes de las operaciones que constituyan los hechos generadores de obligaciones tributarias; mientras el tributo no esté prescrito, se deberá considerar los plazos de prescripción establecidos en los artículos 43º y siguientes del TUO del Código Tributario. 5.5.3.6. Pérdida o Destrucción de los Libros y Registros y otros Documentos relacionados con hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias Conforme con el numeral 7 del artículo 87º del TUO del Código Tributario el deudor tributario debe comunicar a la Administración Tributaria en un plazo de quince (15) días hábiles, la pérdida, destrucción por siniestro, asaltos y otros, de los libros, registros, documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionados con ellos. Este tema según la propia norma precitada establece que la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia fijará el plazo para rehacer los libros y registros sin perjuicio de su facultad para aplicar los procedimientos de determinación sobre base presunta a que se refiere el artículo 64º del TUO del Código Tributario; lo cual se encontró regulado mediante la 79 Resolución Nº 106-99/SUNAT (18.09.99) que se deroga para incorporarlo en la Resolución Nº 234-2006/SUNAT (30.12.06) tal como se expone a continuación: a) Comunicación de la Pérdida o Destrucción De acuerdo con el artículo 9º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT se mantiene el contenido de la comunicación a efectuar a la SUNAT, señalando más claramente que el documento a adjuntar es “la copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada por el deudor tributario” respecto de la ocurrencia de la pérdida o destrucción. Según el numeral 9.2 del artículo 9º de la misma, la citada comunicación deberá contener el detalle de los libros, registros, documentos y otros antecedentes mencionados en el párrafo anterior, así como el período tributario y/o ejercicio al que corresponden éstos. Adicionalmente, cuando se trate de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, se deberá indicar la fecha en que fueron legalizados, el número de legalización, además de los apellidos y nombres del notario que efectuó la legalización o el número del Juzgado en que se realizó la misma, si fuera el caso. Asimismo, a diferencia de la norma derogada, se señala expresamente que el contenido de la comunicación no será aplicable a los documentos a los que se hace referencia en el Reglamento de Comprobantes de Pago, a los cuales se les aplicará el procedimiento dispuesto en dicho reglamento. b) Plazo para Rehacer los Libros y Registros De conformidad con el artículo 10º de la Resolución Nº 234- 2006/SUNAT se mantiene el plazo de sesenta (60) días calendario para rehacer los libros y registros computado a partir del día siguiente de ocurridos los hechos. Por otro lado, se mantiene la posibilidad que SUNAT otorgue una prórroga previa evaluación en situaciones debidamente justificadas. Sin embargo, como novedad se agrega que 80 el deudor tributario deberá contar con la documentación sustentatoria que acredite los hechos que originaron la pérdida o destrucción. c) Verificación por parte de la SUNAT Finalmente, acorde con lo dispuesto en el artículo 11º de la precitada norma se mantiene la autorización por parte de la SUNAT a aplicar directamente los procedimientos de determinación sobre base presunta - en aplicación del numeral 9 del artículo 64º del Código Tributario - de verificarse la falsedad de los hechos comunicados por el contribuyente. 5.5.3.7. Requisitos General en el Llevado de los Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios 5.5.3.7.1. Generalidades De conformidad con el artículo 6º de la Resolución Nº 234- 2006/SUNAT (30.12.06), vigente a partir del 01.01.07, se establecen otros requerimientos que deben llevar los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, que a continuación se detalla: 81 Lo expresado anteriormente, según el último párrafo del artículo 6º de la norma bajo comentario no resulta aplicable para los siguientes libros regulados en normas especiales: 5.5.3.7.2. Datos de Cabecera Las operaciones que deban anotarse a partir del 1 de enero de 2007 en los libros y registros vinculados con asuntos tributarios, según el artículo 6º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT deberán contener los Datos de Cabecera, que consiste en la siguiente información: • Denominación del libro o registro. • Periodo y/o Ejercicio al que corresponde la información registrada. • Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y nombres, denominación y/o razón social de éste. Se regula expresamente que esta información sólo será necesaria en el primer folio de cada periodo o ejercicio en caso de ser llevado en forma manual el libro o registro, razón por la cual se 82 infiere que deberá ser consignada en todos los folios o páginas de ser llevado en forma computarizada. Como excepción a esta información de cabecera se señala que sólo en el caso específico del Libro de Ingresos y Gastos, no será necesario consignar el número de RUC del deudor tributario, apellidos y nombres, denominación y/o razón social (último de los requisitos). 5.5.3.7.3. Contener folios originales no admitiéndose la adhesión o pegado de hojas De conformidad con el artículo 43º del Código de Comercio se requiere que los libros contables sean llevados con claridad, por orden de fechas, sin blancos, interpolaciones, raspaduras, ni enmiendas, y sin presentar señales de haber sido alterados sustituyendo o arrancando los folios o de cualquier otra manera. En la actualidad el único libro en el que se permite adherir hojas sueltas es el caso del Libro de Actas, tal como lo establece el artículo 136º de la Ley Nº 26887 (Ley General de Sociedades) en el que se señala que “excepcionalmente, cuando por cualquier circunstancia no se pueda asentar el acta en la forma establecida en el artículo 134º, ella se extenderá y será firmada por todos los accionistas concurrentes en un documento especial, el que se adherirá. Esta situación tal como se puede apreciar es excepcional y no es la regla, manteniéndose el criterio de asentar en el libro u hoja suelta según corresponda. Si bien antes de la publicación de la Resolución Nº 234- 2006/SUNAT no existía norma expresa que estableciera dicha prohibición, en base a lo señalado en los párrafos anteriores quedaba claro que no existía una norma que faculte a la persona a adherir hojas en sus libros y/o registros, no siendo correcto ni 83 válido la aplicación de dicho mecanismo, que en sí mismo desvirtúa el sistema contable elegido. En este sentido, lo dispuesto en el literal d) del artículo 6º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT referido a que los libros y registros vinculados con asuntos tributarios deben contener folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios, salvo disposición legal en contrario, no se trata de un cambio sino la confirmación de un criterio preexistente. 5.5.3.7.4. Condiciones para la Confiabilidad De conformidad con el numeral (ii) del literal b) del artículo 6º de la Resolución el registro de las operaciones debe efectuarse de manera legible, sin espacios ni líneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras, ni señales de haber sido alteradas. Ello, ya se encontraba contemplado en el artículo 43º del Código de Comercio donde se señala que “Los comerciantes, además de cumplir y llenar las condiciones y formalidades prescritas en esta sección, deberán llevar sus libros con claridad, por orden de fechas, sin blancos, interpolaciones, raspaduras, ni enmiendas, y sin presentar señales de haber sido alterados sustituyendo o arrancando los folios o de cualquier otra manera”. 5.5.3.7.5. Empleo del Plan Contable Vigente Para el registro de las operaciones los contribuyentes deberán emplear el Plan Contable General vigente en el país considerando las cuentas contables desagregadas como mínimo a nivel de los dígitos establecidos en dicho plan salvo que por aplicación de las normas tributarias deba realizarse una desagregación mayor. Asimismo, dada la existencia de ciertos sectores económicos con características propias regulados por entes especiales, la utilización del Plan Contable vigente no será aplicable en los casos 84 en que por norma especial los deudores tributarios se encuentren obligados a emplear un Plan de Cuentas, Manual de Contabilidad u otro similar, en cuyo caso deberán utilizar estos últimos. 5.5.3.7.6. Expresado en moneda nacional y en castellano El numeral 4 del artículo 87º del TUO del Código Tributario referido a obligaciones de los administrados exige que los libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos por leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT sean llevados en castellano y expresados en moneda nacional. Como excepción a esta obligación, la propia norma mencionada establece el caso de contribuyentes que reciban y/o efectúen inversión extranjera directa en moneda extranjera, de acuerdo a los requisitos que se establezcan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y que al efecto contraten con el Estado, en cuyo caso podrán llevar la contabilidad en dólares de los Estados Unidos de América. 5.5.3.7.7. Inclusión de todas las operaciones El literal c) del artículo 6º de la Resolución requiere que la información contenida en los libros incluya los registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que corresponda. De conformidad con el artículo 44º del Código de Comercio, los comerciantes salvarán a continuación inmediatamente que los adviertan, los errores u omisiones en que incurren al inscribir en los libros. En este sentido, los asientos para corregir los errores sean de ajuste, reclasificación o rectificación también necesariamente deberán incluirse toda vez que es la única forma para corregir la información contable. 85 5.5.4. Normas Internacionales de Contabilidad y Normas Internacionales de Información Financiera Las Normas y metodología contable permite analizar la información contable para la toma de decisiones a través de la aplicación de Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) así como Las Normas Internacionales de Información Financiera para MYPES (NIIF) y por tanto, constituye una herramienta principal para conocer la situación económica financiera de las Micro y Pequeñas Empresas. Por ello es de importancia para las MYPE desarrollar los principios y conceptos básicos de la contabilidad, así como su importancia y usos. Además de aplicar las normas anteriormente mencionadas ya que así la empresa podrá conocer la realidad financiera del negocio así como algunos aspectos internos. Conocer la vinculación existente entre los registros contables (libros contables) para la elaboración de EEFF y análisis mediante los ratios financieros. Lo que le permitirá: Comprender e interpretar de manera general la información contable. Conocer el registro en los libros contables básicos. Elaborar los Estados Financieros. Analizar la situación de la empresa y realizar la toma de decisiones. 5.5.4.1. Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) Estas normas han sido producto de grandes estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros. Las NIC, como se le conoce popularmente, son un conjunto de normas o leyes que establecen la información que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe 86 aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes físicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien normas que el hombre, de acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de importancias en la presentación de la información financiera. Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa. Las NIC son emitidas por el International Accounting Standards Board (anterior International Accounting Standards Committee). En el Perú las Normas Internacionales de Contabilidad fueron oficializadas en el año 2011 mediante Resolución Nº 047-2011-EF/30, las cuales regirán a partir del 1 de enero del año 2012. 5.5.4.1.1. Obligados a adaptarse a las Normas Internacionales de contabilidad El Consejo Europeo aprobó el Reglamento de aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad, ahora es el momento de adecuar la contabilidad empresarial porque conseguirá una mayor transparencia y comparabilidad de la información que se utiliza en nuestros mercados financieros, lo que a la larga será una ventaja competitiva para su empresa. No debe esperar a la fecha límite para iniciar la fase de planificación de la adaptación, porque aunque la exigencia de presentar las cuentas anuales según las normas internacionales se fija a partir de 2005, estas incluirán información comparativa por lo que, al menos a efectos internos, será necesario adelantar un año la adopción de las NIC. 87 Tabla Nro. 12 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD OFICIALIZADAS VIGENTES EN EL PERÚ NIC N° TÍTULO Prefacio a los Pronunciamientos sobre Normas Internacionales de Contabilidad y el (1) Marco Conceptual para la preparación y Presentación de los Estados Financieros 1 Presentación de Estados Financieros (2) 2 Inventarios (2) 7 Estado de Flujo de Efectivo (2) 8 Políticas Contables, cambios en estimaciones contables y errores (2) 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa (2) 11 Contratos de Construcción (2) 12 Impuesto a las ganancias (2) 16 Propiedad, planta y equipo (2) 17 Arrendamientos (2) 18 Ingresos de actividades ordinarias (2) 19 Beneficios a los empleados (2) Contabilización de las subvenciones del gobierno e información a revelar sobre 20 ayudas gubernamentales (2) 21 Efecto de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera (2) 23 Costos por préstamos (2) 24 Información a revelar sobre partes relacionados (2) 26 Contabilización e información financiera sobre planes de beneficio por retiro (2) 27 Estados financieros consolidados y separados (2) 28 Inversiones Asociadas (2) 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias (2) 31 Participaciones en negocios conjuntos (2) 32 Instrumentos Financieros: Presentación (2) 33 Ganancias por Acción (2) 34 Informe Financiero Intermedio (2) 36 Deterioro del Valor de los Activos (2) 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes (2) 38 Activos Intangibles (2) 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (2) 40 Propiedades de Inversión (2) 41 Agricultura (2) (1 ) V ersión: Original (2) Versión: Modificada en ago.2010 Resolución de CNC N° 005-94-EF/93.01 Resolución de CNC N° 044-2010-EF/94 Vigencia a partir de 1 de enero de 1994 Vigencia a partir de 1 de enero de 2011 88 5.5.4.2. Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para PYMES) 5.5.4.2.1. Introducción15 Varias décadas atrás, la contabilidad se desarrollaba sobre un ambiente de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptadas (PCGA), poco a poco, sobre todo a inicios de la década de los noventa, fueron siendo exigibles las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). En 1998, al ingresar en vigencia la actual Ley General de Sociedades, se inició la exigencia obligatoria para las formas societarias contempladas en dicha norma, respecto a la preparación y presentación de estados financieros de que estos deben ser en conformidad a las NIC. El último año en que se publicaron políticas contables con la denominación de NIC fue el 2001, en adelante. La denominación es de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), la misma que es de aplicación en estados financieros de uso general. Es una realidad de que en el mundo de los negocios, la organización y el nivel de transacción no son las mismas. La exigencia de las NIIF se ha venido dando en mayor escala en empresas de mayor envergadura, no siendo la misma para aquellas de menores o pequeñas entidades del cual la información financiera es básicamente con fines de cumplimiento fiscal e internamente en algunos aspectos que la entidad requiere. Es también una realidad que las pequeñas y medianas empresas, al elaborar información financiera, estas también deben ser de utilidad para los usuarios, por lo que si bien la información es preparada para fines fiscales, de seguro que estas no reflejan la realidad financiera del negocio y demás información que si sería posible si estas fueran preparadas por normativa general como lo 15 García Quispe, Jose Luis – “NIIF para Pymes”- Perú Año 2012 89 es las NIIF, pero es de reconocer que por la materialidad y los costos comprometidos, esto resultaría casi inaplicable en empresas de menor envergadura. En aras de superar el escenario de dificultad y con la finalidad de contar con información financiera que garantice un grado de análisis que ayude a la toma de decisiones, es que se ha decidido la exposición de normas resumidas, las mismas que tienen como punto de partida las NIIF, que de manera amplia es aplicada en todo tipo de negocio, es así que desde el ejercicio 2004, se vino circulando un texto borrador de normativas contables aplicables a los pequeños y medianos negocios. En julio del 2009 se oficializó el texto de las NIIF para PYMES; en nuestro país se dispuso su obligatoriedad a partir del 01 de enero del 2011. Sobre las NIIF para PYME, es recurrente la interrogante del porqué de este conjunto de normativa contable, si se tiene a las NIIF completas, pues la justificación se basa en el costo de la implementación, siendo estos elevados y complejos; el hecho de que las NIIF para PYMES, se caracterice de ser resumidas, hace que estas sean más practicables y de menor costo su implementación; también se resalta el hecho de que estas entidades no tienen obligación de rendir cuentas públicas. 5.5.4.2.2. Aplicación o A través de la Resolución N° 045-2010-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad, determinó la adopción de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las MYPES), a partir del 01 de enero del 2011. o Esta resolución es aplicable a las entidades que no están en la obligación pública de rendir cuentas, señala el Consejo Normativo de Contabilidad y aclaró que las pequeñas empresas tienen la opción de adoptar las Normas 90 Internaciones de Información Financiera (NIIF Completas), oficializadas por dicho Consejo, cuando así lo requieran, por ejemplo para buscar recursos financieros vía crédito o vía mercados de valores. o No serán aplicables las NIIF para PYMES en las siguientes entidades: a) Las empresas bajo la supervisión y control de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV. b) Las empresas que obtengan ingresos anuales por venta de bienes y/o servicios o tengan activos totales, iguales o mayores, en ambos casos a 3000 UIT, al cierre del ejercicio anterior, a las cuales les son aplicables las NIIF completas, oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad (CNC). La UIT de referencia es la vigente al 01 de enero de cada ejercicio. c) Las empresas bajo la supervisión y control de Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) así como las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a operar con recursos del público, las que se sujetarán a las normas que emita dicho órgano de control y supervisión. Mediante Resolución CNC N° 041-2008-EF/94 (23 de octubre 2008), se aprobó el uso obligatorio del PCGE y se oficializó el uso obligatorio a partir del 01 de enero del 2010. Posteriormente mediante, Resolución CNC N° 042-2009-EF/94 (11 de noviembre 2009), se decide postergar el uso obligatorio del Plan Contable General para Empresas hasta el 01 de enero del 2011, con aplicación optativa en el año 2010. El 12 de mayo de 2010 fue publicada la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N° 043-2010-EF/94, que aprueba la 91 versión modificada del Plan Contable General para Empresas (PCGE). Aunque el uso de las NIIF no es de aplicación obligatoria para la microempresa, se considera necesario su uso, ya que permite elaborar una información financiera clara y precisa de manera tal, que refleje la realidad financiera del negocio y demás información y por tanto, es de gran utilidad para los usuarios. A través de la Resolución N° 045-2010-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad, determinó la adopción de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, a partir del 01 de enero del 2011. E 92 En tal sentido, todas las empresas obligadas aplicar NIIF para PYMES en el Perú a partir del 01 de enero del 2011 deben de preparar y elaborar sus estados financieros de acuerdo con las NIIF para PYMES, por ende contabilizar sus operaciones conforme al Nuevo Plan Contable General Empresarial. (Ver página siguiente). 93 94 5.5.5. Control Interno 5.5.5.1. Introducción Aunque el control interno es un término utilizado en la teoría y en la práctica de la auditoría y generalmente su uso se ve en medianas y grandes empresas, creemos conveniente que las micro y pequeñas empresas deben aplicar dichos procedimientos del control interno pues su finalidad es la de comprobar si la organización encuentra, cumple o alcanza los objetivos que persigue. Así que por más pequeña que sea la empresa debería aplicar este plan de organización así como el conjunto de métodos de tal manera, que la empresa pueda llevar un mejor control de sus operaciones. 5.5.5.2. Definición La expresión control interno carece de una definición apropiada o universal, así como no existe una completa unificación del significado de la expresión control interno. Sin embargo, creemos importante considerar la definición formal de control interno incluida en el SAS N°1, la cual en forma sucinta explica la función de control interno en la teoría y en la práctica de la auditoría. El control interno es el plan de organización y el conjunto de métodos y medidas de coordinación adoptada dentro de una empresa para salvaguardar sus activos, verificar la exactitud y confiabilidad de sus datos contables, promover la eficiencia operacional y la adhesión a las políticas gerenciales establecidas. Un sistema de control interno se extiende más allá de aquellos asuntos que se relacionan directamente con las funciones de los departamentos de contabilidad y finanzas. 5.5.5.3. Objetivos del Control Interno El control interno persigue, entre otros, los siguientes objetivos: Salvaguardar y custodiar los bienes, valores o patrimonio. 95 Lograr que los datos informativos se presentes exactos y oportunos. Promover la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones, y la calidad de los servicios. Evaluar la efectividad de una gestión, actuación o tarea. Determinar y evaluar la mejor utilización de los recursos humanos. Acrecentar la eficiencia operatoria y facilitar que las normas, procedimientos y sistemas se cumplan. Generar operaciones más eficientes y seguras. Crear mejores sistemas o métodos de control o mejorar los existentes. Determinar ineficiencias y errores de sistemas, operaciones y personas. Obtener la conformidad y seguridad de que los niveles inferiores de la organización cumplen con las directivas superiores. Determinar nuevos y mejores sistemas, métodos, normas y procedimientos. La prevención de robos, fraudes y desfalcos, y/o su descubrimiento oportuno de ocurrir. La consecución de resultados de las diferentes actividades de la entidad. Comprobar la exactitud y veracidad de los datos suministrados por la contabilidad. Proteger y conservar los recursos contra cualquier perdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. Cumplir las leyes, reglamentos y otras normas. Elaborar información financiera, válida y confiable, presentada con oportunidad. 96 5.5.5.3.1. Medidas de adopción para el cumplimiento de los objetivos En el siguiente cuadro se muestran los objetivos básicos del control interno por un lado y por otro lado algunos ejemplos de las medidas que han de adoptarse para que se cumplan. OBJETIVOS BÁSICOS MEDIDAS PARA SU CUMPLIMIENTO  Separación de funciones y 1. Protección de Activos responsabilidades.  Registro de firmas y régimen de autorizaciones.  Depósito total de los ingresos monetarios.  Cheques con más de una firma.  Emisión de un cheque por cada egreso.  Comprobantes o formularios pre numerados.  Política de seguros.  Servicio de vigilancia.  Firmas de funcionarios en compromisos u obligaciones de la empresa con terceros, etc. 2. Obtención de información  Plan de cuentas. adecuada.  Instrucciones que determinen conceptos de uniformidad.  Fuente de información diversa o información cruzada.  Comparación de datos actuales con datos históricos.  Comparación de información propia con terceros. 97  Comparación de la información real con la pronosticada.  Comprobantes y formularios prenumerados. 3. Promoción de la eficiencia operativa.  División del trabajo.  Manual de funciones y procedimientos.  Recursos Humanos.  Medios materiales y tecnológicos. 4. Estimular la adhesión a las políticas de dirección.  Manual de Organización.  Organigrama.  Manual de Funciones.  Manual de Procedimientos. 5.5.5.4. Elementos del Control Interno La finalidad del control interno es la de comprobar si la organización encuentra o cumple o alcanza los objetivos que persigue; y para evaluar esos resultados debe contar con medios o elementos tales, como los que se presentan en la siguiente lista: o Una forma de organización o Políticas o Sistemas de Procedimientos o Personal idóneo o Informes o Archivos o Instrucciones escritas o Manual de organización, funciones, procedimientos. o Normas administrativas y contables. o Formularios y comprobantes. o Medios tecnológicos. 98 o Estadísticas. o Planes o Registro o Presupuesto o Auditoría Interna 5.5.5.4.1. Medidas de adopción para el cumplimiento de los elementos El siguiente cuadro muestra los elementos del control interno y las medidas que se tienen que adoptar para que dichos elementos se cumplan. Tabla Nro. 13 ELEMENTOS DEL CONTROL INTERNO MEDIDAS PARA SU CUMPLIMIENTO  Definiciones de funciones, autoridad 1. Plan de Organización. y responsabilidad.  Segregación de funciones.  Comprobaciones rutinarias.  Independencia de áreas.  División del trabajo.  Auditoría Interna.  Manual de Contabilidad  Plan de Cuentas. 2. Sistema de Autorización y  Cuentas de control o movimientos procedimientos.  Procesos de comparación  Uniformidad  Medios tecnológicos  Instrucciones por escrito  Control operativo  Comprobantes y formularios  Archivos de información 99  Separación de funciones.  Sistema de Control Interno integrado. 3. Prácticas sanas, cumplimiento de  Identificación de proveedores. los planes de acción.  Licitaciones o cotizaciones varias.  Control de Ingreso y egreso de productos.  Control de documentación.  Licencias o vacaciones  Rotación de funciones.  Selección 4. Personal adecuado o rotación de  Entrenamiento personal.  Capacitación  Evaluación  Promociones  Remuneraciones  Identificación  Rotación  Incompatibilidad 5.6. Régimen Tributario de las Micro y Pequeñas Empresas 16 5.6.1. Antecedentes 17 Las Micro y Pequeñas Empresas conocidas comúnmente como MYPE constituyen hoy en día los motores de desarrollo de las iniciativas económicas en el Perú, generan una gran cantidad de empleo directo permitiendo generar riqueza no solo a quienes la conforman sino en el entorno que éstas se desarrollan. Algunas MYPE han superado inclusive el mercado interno y se han arriesgado a buscar mercados en el exterior asumiendo de este modo una visión exportadora. 16 Caballero Bustamante – “Manual de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE”. Págs. 97-98 17 Web del Empresario MYPE – CRECEMYPE SUNAT (www.mype.sunat.gob.pe) 100 Por tal razón, desde diversos sectores se procura fortalecerlas ya que su desarrollo y su potencial permitirá desplegar un desarrollo de capacidades tecnológicas, estrategias comerciales, consolidar el empleo y generación de valor con responsabilidad social. Mediante la Ley Nº 28015, norma que regulaba la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, se brindaba un impulso a las micro y medianas empresas, otorgando beneficios en material laboral, seguridad social, y algunas facilidades en materia aduanera, como el pago fraccionado de derechos y aranceles, producto de la importación de maquinaria y equipo nuevo de utilización directa en el proceso productivo, de acuerdo a la Ley Nº 28851. Sin embargo, la normatividad de la MYPE no comprendía aspectos tributarios tan sensibles en toda empresa. Este régimen rigió durante un plazo de 5 años, el cual se inició el 04.07.2003 y culminó hasta el 30.09.2008. Por ello, se procederá a detallar el aspecto tributario, considerando que existe hasta tres posibles regímenes tributarios a los que las MYPE podrían acceder, nos estamos refiriendo al Nuevo RUS, el Régimen Especial y el Régimen General del Impuesto a la Renta. 5.6.2. Regímenes Tributarios Los Regímenes tributarios del RER o del Nuevo RUS obedecen precisamente al cumplimiento del mandato constitucional de respeto al Principio de Igualdad, al igual que el rol promotor del Estado. A continuación, se presenta en forma esquemática los regímenes tributarios a los cuales pueden o deben acceder las Micro Empresa y Pequeña Empresa, según corresponda, en función a los requisitos o condiciones establecidas: 101 5.6.2.1. Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) El Nuevo RUS se creó a raíz de la publicación del Decreto Legislativo Nº 937 (14.11.2003) y tuvo como antecedente inmediato al Decreto Legislativo Nº 777 (31.12.93). 5.6.2.1.1. Objetivos del Nuevo RUS 1. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes. 2. Propiciar que los pequeños contribuyentes aporten al fisco de acuerdo con su capacidad contributiva. 5.6.2.1.2. Sujetos Comprendidos Pueden acogerse al NUEVO RUS: A. Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas que, exclusivamente obtengan rentas por realizar actividades empresariales. Se define como actividad empresarial, a la que genera rentas de Tercera Categoría de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. 102 B. Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de Cuarta Categoría únicamente por actividades de oficios. Por ejemplo los ingresos de un pintor, jardinero, gasfitero o electricista. C. Se incorpora en el RUS, regulado por el Decreto Legislativo N° 937 a la Empresa de Responsabilidad Limitada.18 5.6.2.1.3. Requisitos Principales Para acogerse al Nuevo RUS se debe cumplir con las siguientes condiciones: 1. El monto de los ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o en algún mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000). 2. Realizar actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva. 3. El valor de los activos fijos afectados a la actividad no debe superar los setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Los activos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier índole etc. No se considera el valor de los predios ni de los vehículos que se requieren para el desarrollo del negocio. 4. Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000 en el transcurso de cada año o cuando en algún mes dichas adquisiciones no superen los S/ 30,000. 5.6.2.1.4. Exclusiones Debe recalcarse que existen limitantes en cuanto a las situaciones excluyentes de éste régimen. De este modo, no podrán acogerse a éste régimen aquellas personas naturales, sociedades conyugales 18 Ley N° 30056 - Modificación (Julio 2013) Nueva Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. 103 o sucesiones indivisas que: 1. Presten el servicio de transporte de carga de mercancías utilizando sus vehículos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas). 2. Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. 3. Efectúen y/o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero; excepto que se trate de contribuyentes: o Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US$ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento; y/o. o Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule; y/o. o Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera 4. Organicen cualquier tipo de espectáculo público. 5. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros. 6. Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. 7. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. 104 8. Realicen venta de inmuebles. 9. Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. 10. Entreguen bienes en consignación. 11. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. 12. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo. 13. Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado. 5.6.2.1.5. Oportunidad de ingreso El acogimiento al Nuevo RUS puede realizarse en cualquier momento del año. El acogimiento al NUEVO RUS se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Cuando se inicia actividades en el Se debe acoger al NRUS en el momento de transcurso del ejercicio. inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. 2.- Si el contribuyente se encuentra en el Para acogerse al NRUS se debe: Régimen General o del Régimen Especial Primero: Dar de baja a los comprobantes de del Impuesto a la Renta y quiere acogerse al pago y documentos que se tenga NRUS. autorizados (facturas, por ejemplo) que den 105 derecho a crédito fiscal o sustenten gasto o costo. Segundo: Declarar y pagar la cuota correspondiente al período tributario en que se cambia al NRUS, dentro de la fecha de vencimiento que corresponde al RUC, ubicándose en la categoría que les corresponda (ver tabla de categorías). 5.6.2.1.6. Categorías del Nuevo RUS Las categorías son 5 y están detalladas en la siguiente tabla. De acuerdo al monto total límite de Ingresos Brutos y Adquisiciones mensuales se ha fijado también la categoría que le corresponde a cada contribuyente y su cuota mensual que debe pagar en este Régimen: Si se cumple con los requisitos para ser contribuyente del Nuevo RUS, se debe verificar la categoría que le corresponde. 5.6.2.1.7. Pago Cuota Mensual del Nuevo RUS El pago se realiza sin formularios en las agencias de los bancos autorizados (Banco de la Nación, Interbank, Banco de Crédito, Continental y Scotiabank), a través del Sistema PAGO FÁCIL. 106 El contribuyente, debe indicar al personal de las entidades bancarias, en forma verbal o mediante la ayuda de un formato denominado GUÍA PAGO FÁCIL DEL NUEVO RUS, los datos que a continuación se detallan: • RUC • Período tributario • Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando(1) • Total ingresos brutos del mes • Categoría • Monto a compensar por Percepciones de IGV efectuadas (en caso las quiera aplicar como pago) • Importe a pagar (1) En caso de rectificatorias deberá proporcionar la información de la Compensación de las Percepciones de IGV y/o de los pagos efectuados en la declaración original que rectifica. 5.6.2.1.8. Aplicación de Cambio de Categoría Si el contribuyente pertenece ya al Nuevo RUS y en el curso del ejercicio (año) ocurriera alguna variación en sus ingresos o adquisiciones mensuales, que lo pudiera ubicar en una categoría distinta del NUEVO RUS a la que estaba ubicado (de acuerdo a la Tabla de categorías), se encontrará obligado a pagar la cuota correspondiente a su nueva categoría a partir del mes en que se produjo la variación. El cambio de categoría se realizará, mediante el pago de la cuota de la nueva categoría en la cual se debe ubicar, a partir del mes en que se produce tu cambio de categoría. 5.6.2.1.9. Aplicación de Cambio de Régimen (salir del Nuevo RUS) El cambio de régimen puede ser voluntario u obligatorio: 107 a) Voluntario Se puede dar en cualquier mes del año. El contribuyente se podrá incorporar al RER o al Régimen General del Impuesto a la Renta. b) Obligatorio Se produce si durante el año, el contribuyente incumple con algunos de los requisitos establecidos para el Nuevo RUS. En este caso el contribuyente ingresará al Régimen General del Impuesto a la Renta. 5.6.2.1.10. Obligaciones del Contribuyente del Nuevo RUS 1. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el último digito de tu número de RUC, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT. 2. Emitir y entregar solo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora (o tickets emitidos mediante sistemas informáticos declarados con el Formulario Virtual N° 845) 3. Por las ventas menores o iguales a S/.5 no hay obligación de emitir boleta de venta, salvo que el comprador o usuario lo pida por un monto menor. En este último caso como vendedor o prestador de servicios deberás emitirlo y entregarlo. 4. Al finalizar cada día el titular del negocio debe emitir una sola boleta de venta, en la que sume el total de las ventas iguales o menores a S/.5 por las que no se hubiera emitido comprobante de pago, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT. 5. Sustentar sus compras con comprobantes de pago: facturas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, recibos por honorarios, recibos de luz, agua y/o teléfono, recibo de arrendamiento, entre otros. 108 6. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT. 7. Archivar cronológicamente los comprobantes de pago que sustenten sus compras y ventas (copia SUNAT). 8. Comunicar la suspensión de actividades (de ser el caso) y mantener actualizado su RUC (cambio de domicilio, etc.). 5.6.2.1.11. Categoría Especial del Nuevo RUS La Categoría Especial del Nuevo RUS está dirigida a los contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus adquisiciones anuales no supere cada uno de S/. 60,000 y siempre que se trate de: 1. Personas que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en mercados de abastos. 2. Personas dedicadas exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural. La cuota mensual aplicable a los contribuyentes ubicados en la Especial es de S/.0.00, es decir que no se paga la cuota mensual. Para incorporarse a la Categoría Especial del Nuevo RUS se debe presentar el Formulario 2010 a través de la Red de Bancos que reciben declaraciones de la SUNAT. El Formulario 2010 se denomina Comunicación de ubicación en la Categoría Especial del Nuevo Régimen Único Simplificado. Para ubicarse en esta categoría los contribuyentes deben: 109 Presentar el Formulario 2010 Si se inicia actividades en el correspondiente al 1 ejercicio (año). período tributario (mes) en que se inicia actividades. Si el contribuyente es sujeto del Presentar el Formulario 2010 NRUS que se encuentra en correspondiente al 2 alguna otra categoría (1 a 5) del período tributario (mes) en que se Nuevo RUS. produce el cambio. Presentar el Formulario 2010 Si se encuentra en el Régimen hasta el vencimiento del período 3 General o Especial del Impuesto a tributario (según cronograma) que la Renta. corresponde al cambio de Régimen. 5.6.2.2. Régimen General de Renta 5.6.2.2.1. Concepto El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo. A continuación se muestran algunas actividades que generan rentas gravadas con este impuesto: a) Las rentas que resulten de la realización de actividades que constituyan negocio habitual, tales como las comerciales, industriales y mineras; la explotación agropecuaria, forestal, 110 pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc. b) También se consideran gravadas con este impuesto, entre otras, las generadas por: - Los agentes mediadores de comercio, tales como corredores de seguros y comisionistas mercantiles. - Los Rematadores y Martilleros - Los Notarios - El ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. c) Además, constituye renta gravada de Tercera Categoría cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas. 5.6.2.2.2. Forma de Pago El impuesto a la renta de Tercera Categoría se determina al finalizar el año. La declaración y pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la SUNAT para cada ejercicio. Sin embargo todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, debe hacerse pagos a cuenta. En caso que las cantidades abonadas durante el año resulten inferiores al monto de Impuesto Anual, la diferencia se considera saldo a favor del fisco. Esta cantidad deberá ser cancelada al momento de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. 111 Por el contrario, si los pagos a cuenta efectuados excedieran el monto de impuesto anual existirá un saldo a su favor, entonces podrá pedir a la SUNAT la devolución del exceso pagado, previa comprobación que ésta realice, o, si lo prefiere, podrá aplicar dicho saldo a favor contra los pagos a cuenta mensuales del impuesto que sea de su cargo, por los meses siguientes al de la presentación de la declaración jurada anual. 5.6.2.2.3. Contribuyentes Lo son aquellas personas que desarrollan negocios o actividades empresariales, como: - Las personas naturales con negocio unipersonal. - Las personas jurídicas, por ejemplo la Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), entre otras. - Las sucesiones indivisas. - Las sociedades conyugales que opten por tributar como tales. - Las asociaciones de hecho de profesionales y similares. Son contribuyentes del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, las personas naturales y las personas jurídicas. También se considera contribuyentes a las sucesiones indivisas, las sociedades conyugales y las asociaciones de hecho de profesionales y similares. Para tener una clara noción sobre los mencionados contribuyentes, definiremos cada uno de ellos: a) Personas naturales con negocio (empresa unipersonal) Son personas físicas e individuales, con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y que desarrollan actividades empresariales a título personal. 112 b) Persona Jurídica Es toda entidad distinta a la persona física o natural que está capacitada por el ordenamiento jurídico para adquirir derechos y contraer obligaciones como las de carácter tributario. Así tenemos: las Sociedades Anónimas, las Sociedades de Responsabilidad Limitada, las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada constituidas en el país, así como las sociedades irregulares (es decir aquéllas que no se han constituido e inscrito conforme a la Ley General de Sociedades); también las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior. c) Sucesiones Indivisas Están compuestas por todos aquellos que comparten una herencia que no ha sido repartida, principalmente por ausencia de testamento o porque aún no se dicta la declaratoria de herederos. Para los fines del Impuesto a la Renta, se le brinda el tratamiento de una persona natural. d) Sociedades Conyugales: Para fines tributarios, cada uno de los cónyuges, es contribuyente del impuesto a título personal por sus propias rentas y por la mitad de las rentas comunes. Sin embargo, pueden decidir que las rentas comunes sean atribuidas a uno solo de ellos, debiendo comunicar tal hecho a la SUNAT al inicio de cada año. e) Asociaciones de hecho de profesionales y similares Son agrupaciones de personas que se reúnen con la finalidad de ejercer cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. 113 5.6.2.2.4. Exoneraciones e Inafectaciones 5.6.2.2.4.1. Exoneraciones Se encuentran exoneradas del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre del 2011, entre otros: a) Las rentas que las sociedades o instituciones religiosas destinen a la realización de sus fines específicos en el país, debiendo inscribirse en los registros de la SUNAT y presentar el testimonio o copia simple del instrumento de su constitución inscrito en los Registros Públicos. b) Las rentas que obtengan las asociaciones sin fines de lucro destinadas a sus fines específicos en el país, tales como beneficencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, de vivienda; siempre que no se distribuyan directa o indirectamente entre sus asociados las ganancias y que, en caso de disolución, en sus estatutos este previsto que su patrimonio se destinará a cualquiera de los fines mencionados. Estas asociaciones deben inscribirse en los registros de la SUNAT, acompañando el testimonio o copia simple del instrumento de constitución inscrito en los Registros Públicos. c) Las universidades privadas, constituidas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, de acuerdo con lo señalado por el Artículo 6º de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, siempre que se cumplan los requisitos señalados en dicho dispositivo. d) Ingresos brutos exonerados: - Los ingresos brutos que perciben las representaciones deportivas nacionales de países extranjeros por sus actuaciones en el país. 114 - Los ingresos brutos que perciben las representaciones de países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y folclor, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura, realizados en el país. Las exoneraciones no son permanentes, las normas tributarias les fijan un plazo. 5.6.2.2.4.2. Inafectaciones: Son ingresos inafectos: - Las indemnizaciones previstas por las disposiciones aborales vigentes. - Las indemnizaciones que se reciban por causa de muerte o incapacidad producidas por accidentes o enfermedades. - Las compensaciones por tiempo de servicios. - Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal. - Los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia. Entre los sujetos inafectos están: a) El Sector Público Nacional (tales como, el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades), con excepción de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado. b) Las Fundaciones legalmente establecidas, cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente alguno o varios de los siguientes fines: cultura, investigación superior, beneficencia, asistencia social y hospitalaria y beneficios sociales para los servidores de las empresas; fines cuyo 115 cumplimiento deberá acreditarse con el Testimonio o copia simple del instrumento de constitución inscrito en los Registros Públicos y con la Constancia de inscripción en el Consejo de Supervigilancia de las Fundaciones al solicitar su inscripción en la SUNAT. c) Las Comunidades Campesinas. d) Las Comunidades Nativas. 5.6.2.2.5. Pagos a cuenta 5.6.2.2.5.1. Formas de Determinación de los Pagos a Cuenta A partir del período agosto 2012, el artículo 85° del TUO de la LIR modificado, dispone que aquellos contribuyentes que ob- tienen rentas de tercera categoría se encuentran obligados a abonar con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta que en definitiva les corresponda por el ejercicio gravable, el monto que resulte mayor de comparar las cuotas mensuales calculadas en función al procedimiento que se describe a continuación: a. Cuota según coeficiente Se determina en función al Impuesto calculado del ejercicio anterior entre el total de ingresos netos del mismo ejercicio. En el caso de los pagos a cuenta del mes de enero y febrero se utilizará el coeficiente determinado sobre la base del impuesto calculado e ingresos netos del ejercicio precedente al anterior. b. Cuota según 1.5% Se fijará la cuota en función al 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mismo mes. 116 5.6.2.2.5.2. Comparación de Cuotas Teniendo en cuenta que el importe de los pagos a cuenta que corresponda abonar será en función a la cuota que resulte mayor de comparar la cuota determinada de acuerdo al coeficiente con la cuota calculada aplicando el 1.5%, de ser el caso, el procedimiento a seguir será el siguiente: 117 La comparación se efectuará a partir de los pagos a cuenta a realizar desde el mes de enero. De otro lado, el segundo párrafo del numeral 2 del artículo 54º del Reglamento del TUO de la LIR, modificado por el Decreto Supremo Nº 155-2012-EF, establece que no se efectuará dicha comparación de no existir impuesto calculado en el ejercicio anterior o en su caso en el ejercicio precedente al anterior. En tal supuesto los contribuyentes abonarán como pagos a cuenta del impuesto la cuota que resulte de aplicar el 1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes. MODIFICACIÓN DEL REGIMEN GENERAL SEGÚN LEY N° 30056 DE JULIO 2013 118 5.6.2.3. Régimen Especial de Renta El RER es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de: a. Actividades de comercio y /o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo. b. Actividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior. Su tasa es de 1.5% de los ingresos netos mensuales. 5.6.2.3.1 Requisitos para acogerse en el RER Para acogerse a este régimen tributario: - Los ingresos anuales no deben superar los S/. 525,000. - El valor de los activos fijos afectados a la actividad exceptuando predios y vehículos, no superar los S/. 126,000. - El personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas por turno de trabajo. - El monto acumulado de adquisiciones al año no debe superar los S/. 525,000. Hay algunas actividades que no pueden incorporarse al RER. Tiene ciertos requisitos para acogerse: Su tasa es de 1.5% de los ingresos netos mensuales. Según las reglas que se establecerán mediante resolución de superintendencia de SUNAT de manera anual si se encuentra 119 acogido al RER deberá presentar una declaración jurada que incluirá un inventario valorizado de activos y pasivos. 5.6.2.3.2. Formas para acogerse al RER Para incorporarse a este Régimen, debe tener presente lo siguiente: a. Tratándose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio: El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al periodo de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento. b. Tratándose de contribuyentes que provengan del Régimen General o del Nuevo Régimen Único Simplificado: El acogimiento se realizará únicamente de la declaración y pago de la cuota que corresponda al periodo en que se efectúa el cambio de régimen y siempre que se efectúe de la fecha de su vencimiento. Se debe tener en cuenta que: El acogimiento al Régimen Especial tendrá carácter Permanente, salvo que el contribuyente opte por ingresar al Régimen General o acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado, o se encuentre obligado a incluirse en el Régimen General por no cumplir con los requisitos establecidos para el RER. 5.6.2.3.3. Actividades Excluidas del RER No pueden incorporarse al RER, entre otros, los contribuyentes que se dediquen a las siguientes actividades: 120 1. Realicen actividades que sean calificadas como contratos de construcción según las normas del Impuesto General a las Ventas, aun cuando no se encuentren gravadas con el referido impuesto. 2. Presten el servicio de transporte de carga de mercancías, cuya capacidad de carga sea mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas) 3. Servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. 4. Organicen cualquier tipo de espectáculo público 5. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros. 6. Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. 7. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. 8. Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos. 9. Realicen venta de inmuebles 10. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento 11. Las siguientes actividades de servicios: Actividades de médicos y odontólogos Actividades veterinarias Actividades Jurídicas 121 Actividades de Contabilidad, teneduría de libros y auditoria, asesoramiento en materia de impuestos. Actividades de arquitectura e ingeniería relacionadas con asesoramiento técnico. Actividades Informáticas y Conexas. Actividades de asesoramiento empresarial y materia de gestión. 5.6.2.3.4. Impuestos a declarar y pagar Los contribuyentes que se acojan al RER, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el Impuesto a la Renta (Régimen Especial) y el IGV, de acuerdo a las siguientes tasas: TRIBUTO TASA Impuesto a la Renta Tercera Categoría 1.5% de sus ingresos netos (RÉGIMEN ESPECIAL) mensuales Impuesto General a las Ventas e Impuesto 18% de Promoción Municipal La tasa de 1.5% se aplica desde el período octubre de 2008, independientemente de la actividad realizada. 5.6.2.3.5. Declaración y Pago de Impuestos Presentando la declaración mediante: Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV – Renta Mensual el PDT 621. Mediante el PDT 621 a través de internet o en las agencias bancarias autorizadas, utilizando para dicho efecto su Clave 122 Sol (clave de acceso a SUNAT OPERACIONES EN LINEA) y considerando su vencimiento según el Cronograma de Obligaciones Tributarias aprobadas por la SUNAT. A partir de junio del 2009, se ha implementado la opción Declaración y Pago IGV – Renta simplificada mensual (ideal para MYPES), la cancelación se realiza mediante cargo a cuenta bancaria o pago mediante tarjeta de crédito o débito. En ambos casos se requiere afiliación al pago de tributos por Internet. Para usar la declaración simplificada de IGV - Renta Mensual, no debe ser sujeto de retenciones o percepciones en el período tributario por el que realiza la declaración. Si su impuesto a pagar es Cero, sólo podrá presentar su declaración a través de SUNAT Virtual, utilizando su CLAVE SOL que puede obtenerla en forma gratuita en el Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio. 5.6.2.3.6. Emisión de Comprobantes de Pago Se puede emitir: o Facturas físicas y/o electrónicas o Boletas de Venta o Liquidaciones de Compra o Tickets y cintas emitidos por máquinas registradoras o por sistemas informáticos autorizados por SUNAT. o Además pueden emitir otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como las notas de crédito y de debito y las de guías de remisión remitente en los casos que realice traslado de mercaderías. Para emitir facturas electrónicas se debe afiliar al Sistema de Emisión Electrónica- SEE de SUNAT. La emisión de estas facturas no le genera costos de emisión. 123 5.7. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa 5.7.1. Naturaleza El Régimen Laboral Especial de las Micro y Pequeñas Empresas, en adelante RLE, es de naturaleza permanente. 5.7.2. Ámbito de Aplicación 5.7.2.1. Genérico El RLE se aplica a todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, siempre que califiquen como empresa, es decir, ser una unidad económica generadora de rentas de tercera categoría conforme a la Ley de Impuesto a la Renta, con una finalidad lucrativa, así como a sus conductores y empleadores. 5.7.2.2. Especial Podrán acogerse al RLE: Las microempresas que desarrollan actividades del Régimen de Promoción del Sector Agrario. Las empresas que desarrollan actividades agrarias siempre que califiquen como microempresas. Son actividades agrarias las comprendidas en la Ley N° 27360 (31-10-2000), Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario. Dichas empresas podrán acogerse al RLE, así como al régimen de la seguridad social, en tanto se trate de trabajadores contratados con posterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo N°1086, es decir, sean contratados con posterioridad al 28 de junio de 2008. Las juntas o asociaciones de propietarios o de inquilinos o de vecinos Las juntas o asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos en régimen de propiedad horizontal o condominio 124 habitacional, así como las asociaciones o agrupaciones de vecinos, podrán acogerse al régimen laboral de la microempresa respecto de los trabajadores que les prestan servicios en común de vigilancia, limpieza, reparación, mantenimiento y similares, siempre y cuando no excedan de los 10 trabajadores. Tabla Nro. 14 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL Trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que trabajen para Genérico empresas generadoras de rentas de tercera categoría y que tengan una finalidad lucrativa. Microempresas que desarrollan actividades del Régimen de Promoción Agrario. Respecto de Trabajadores que prestan Especial servicios de vigilancia, limpieza, Asociación o Grupo de Inquilinos reparación, Asociación o Agrupación de Vecinos mantenimiento y similares. Junta de Propietarios 5.7.3. Aplicación Temporal Respecto a la aplicación temporal del RLE, deberá tenerse en cuenta los siguientes escenarios: 5.7.3.1. Trabajadores que contratados con fecha anterior al 1°de octubre del 2008. Aquellos trabajadores de una microempresa contratados con fecha anterior a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N°1086 (28- 06-2008), es decir, 1° de octubre de 2008, continúan rigiéndose bajo las leyes por las cuales fueron contratados, como puede ser el cado de la Ley N°28015 (03-07-2003), o las normas del régimen general de la actividad privada. 125 5.7.3.2. Trabajadores cesados con fecha posterior al 1°de octubre de 2008 y son contratados inmediatamente. Aquellos trabajadores de una microempresa que cesan con fecha posterior a le entrada en vigencia del Decreto Legislativo N°1086 (28- 06-2008), es decir, 1° de octubre del 2008, y son contratados por el mismo empleador en un tiempo menor al año contado desde la fecha de cese, no podrán ser contratados bajo el RLE. 5.7.3.3. Trabajadores contratados bajo la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, Ley N° 28015 Aquellos trabajadores de una microempresa sujetos al RLE, se mantienen bajo dicho régimen, hasta el 4 de julio de 2013; con fecha posterior, ingresarán al Régimen Laboral General de la Actividad Privada. Tabla Nro. 15 RESUMEN DE LA APLICACIÓN TEMPORAL Trabajadores contratados que cesan o Norma que les rige ingresan Continúan bajo las leyes por las Trabajadores han sido contratados y cuales se les contrató. laboran antes La ley N°28015 o la Ley del Régimen del 01-08-2009 Laboral General de la Actividad Privada. Trabajadores que cesan luego del 1° de Ingresan al Régimen Laboral General octubre de 2008 y son contratados si son contratados, por el mismo inmediatamente. empleador, en un tiempo menor al año luego del cese. Trabajadores contratados bajo la Ley Ingresan al Régimen Laboral General N°28015 de 2008 y son contratados desde el 4 de julio del 2013. inmediatamente. 126 5.7.4. Derechos y Beneficios Laborales del Régimen Laboral Especial (RLE) Mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-TR se creó el Régimen Laboral Especial (RLE) que se encuentra dirigido a fomentar la formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa, mejorando las condiciones de disfrute efectivo de los derechos laborales de los trabajadores de la MYPE. Es preciso considerar, que los derechos contenidos en el Régimen Laboral Especial, pueden ser mejorados por convenio individual o colectivo, o decisión unilateral del empleador. 5.7.4.1. Genéricos En toda Micro y Pequeña Empresa deben respetarse los derechos laborales fundamentales, por lo tanto deben cautelarse el cumplimiento de las normas referidas a: - Trabajo Infantil No apoyando ni hacer uso del trabajo infantil, entendiéndose esté como aquel brindado por personas cuya edad es inferior a las mínimas autorizadas por el Código del Niño y Adolescente. - Trabajo Forzado No utilizando ni encubriendo el uso de trabajo forzado o el uso de castigos corporales para la realización de determinadas labores. - Cumplimiento mínimo de normas sobre remuneraciones y beneficios laborales Se debe garantizar que las remuneraciones y beneficios percibidos por los trabajadores cumplan con la normatividad legal. - Discriminación al inicio, desarrollo y fin de la relación laboral Garantizando que los trabajadores no podrán ser discriminados por raza, credo, género, origen y en general, en base a cualquier otra 127 característica personal, creencia o afiliación. Igualmente no se auspiciara ningún tipo de discriminación al remunerar, capacitar, entrenar, promocionar, despedir o jubilar a su personal. - Derechos Colectivos Respetándose el derecho laboral de los trabajadores formar sindicatos, elegir y afiliarse a organizaciones legalmente establecidas. - Seguridad y salud en el trabajo Proporcionando un ambiente seguro y saludable de trabajo. 5.7.4.2. Específicos 5.7.4.2.1. Comunes El Régimen Laboral Especial regula, tanto para Micro como para la Pequeña Empresa, los siguientes derechos: a. Remuneración Los trabajadores de la Micro y Pequeña Empresa se encuentran regulados en lo referido al tema de remuneraciones, bajo las mismas normas previstas para el régimen laboral general. - Mandato de que toda prestación de servicios es remunerada. - Condiciones de percepción. - Intangibilidad. - Formalidades de llevado de planilla y boletas de pagos. - Pacto de remuneración integral. b. Jornada máxima de trabajo La jornada y horario de trabajo de los trabajadores de la Micro y Pequeña Empresa se encuentran regulados por las normas del régimen laboral general, en tal sentido son aplicables el D.S. Nº 007-2002-TR (04.07.2002), D.S. Nº 008-2002-TR (04.07.2002) y D.S. Nº 004-2006-TR: 128 – Protección de la jornada máxima. – Excepciones a la jornada máxima. – Horario y refrigerio. – Trabajo en sobretiempo. – Registro y control de asistencia. c. Descansos remunerados Es de aplicación para los trabajadores de la Micro y Pequeña Empresa la normatividad prevista para el régimen laboral general, relacionado a descanso semanal obligatorio y feriados, regulado por el decreto Legislativo Nº 713 y el Decreto Supremo N 012-92- TR, asimismo es de aplicación: - Determinación del derecho. - Oportunidad de goce. - Remuneración computable. - Trabajo en día de descanso. d. Vacaciones En cuanto a las vacaciones se ha previsto un descanso vacacional mínimo de 15 días calendario. Se puede acordar reducir el descanso de 15 a 7 días calendario por cada año completo de servicios, recibiendo la respectiva compensación económica. Dicho acuerdo es individual y debe constar por escrito. Salvo la duración de las vacaciones todos los demás aspectos son regulados por la normatividad del régimen general, es decir, el D. Leg. Nº 713 (08.11.91 y el D.S. Nº 012-92-TR (03.12.92): – Trabajadores con derecho. – Oportunidad. – Remuneración computable. – Condiciones de goce. e. Protección contra el despido arbitrario Los trabajadores de la Micro y Pequeña Empresa se encuentran protegidos contra los actos que atentan la permanencia de la 129 relación laboral, para lo cual es de aplicación sobre este punto lo previsto en el Decreto Supremo Nº 003-97-TR en lo referido a: - Formas de extinción de la relación de trabajo. - Necesidades de justificación legal del despido. - Protección contra el despido indirecto o actos de hostilidad. - Protección contra el despido nulo. f. Derechos Colectivos Recogidos en la Constitución Política del Perú, los Convenios Internacionales del Trabajo, la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y la normativa complementaria y modificatoria. Debe considerarse que los derechos contenidos en Régimen Laboral Especial pueden ser mejorados por convenio individual o colectivo, o decisión unilateral del empleador. g. Formas de contratación Para la contratación de personal en la Micro y Pequeña Empresa se regula de acuerdo a la contratación del régimen laboral general: - Contratación por tiempo indeterminado. - Contratación a plazo fijo. - Contratación a tiempo parcial. 5.7.4.2.2. Microempresas Además de los derechos mencionados, en específico para las microempresas, solo se ha regulado el derecho a la remuneración mínima vital y a la indemnización por despido arbitrario a razón de diez (10) remuneraciones diarias por cada año completo de servicios hasta un máximo de noventa (90) remuneraciones diarias, las fracciones de año se abonan por dozavos. 130 5.7.4.2.3. Pequeñas Empresas EL Régimen Laboral Especial prevé exclusivamente para las pequeñas empresas los siguientes derechos: - Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo regulado por la Ley Nº 26790. - Seguro de vida regulado por el Decreto Legislativo Nº 688. - Utilidades reguladas por el Decreto Legislativo Nº 892. - Derechos Colectivos regulados por las normas del régimen general. - Compensación por Tiempo de Servicios: Se computa en razón de quince (15) remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta alcanzar un máximo de noventa (90) remuneraciones diarias. - Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad: equivalentes a media remuneración. - Indemnización por Despido Arbitrario: Se da en razón a 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios hasta un máximo de 120 remuneraciones diarias, las fracciones de año se abonan por dozavos. 131 Tabla Nro. 16 DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES DEL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL 5 . 5.7.5. Otros Beneficios 5.7.5.1. Reducción de Tasas Tanto las Micro como las Pequeñas Empresas están exoneradas del 70% de las tasas previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 132 5.7.5.2. Amnistía 5.7.5.2.1. Amnistía Laboral a) Objetivo La Octava Disposición Final y Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2008-TR ha dispuesto amnistía laboral y de seguridad social, referida ésta última a las aportaciones a ESSALUD y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para aquellas empresas que se encuentren dentro de los alcances de la norma citada, con la finalidad de regularizar el cumplimiento del pago de las obligaciones laborales y de seguridad social vencidas hasta la vigencia del Decreto Legislativo N° 1086. b) Beneficios Cabe señalar que de acuerdo con la Octava Disposición Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 007-2008-TR y artículo 81º del Decreto Supremo N° 008-2008-TR, la amnistía de carácter laboral concede a los empleadores únicamente el beneficio de no pagar multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de dichas obligaciones ante las autoridades administrativas, tales como el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), ESSALUD y ONP. c) Plazo La Octava Disposición Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 007-2008-TR y artículo 81º del Decreto Supremo N° 008-2008-TR han dispuesto que el plazo para que las Micro y Pequeñas Empresas se acojan al presente beneficio es de cuatro (4) meses contados desde la vigencia del Decreto Legislativo N° 1086. 133 5.7.5.2.2. Amnistía de la Seguridad Social a. Ámbito Subjetivo Están comprendidas según el artículo 82º del Decreto Supremo N° 008-2008-TR, las empresas que se encuentren dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 007-2008-TR y el Reglamento, aún cuando a la fecha de presentación de la solicitud para la amnistía de seguridad social no cuenten con inscripción en el REMYPE (Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa); sin perjuicio de cumplir con la posterior obtención de la misma. b. Alcances de la amnistía de la seguridad social Para efectos del acogimiento a la amnistía de seguridad social, en virtud de lo establecido por artículo 83º del Decreto Supremo N° 008-2008-TR, las empresas beneficiarias podrán incorporar los conceptos que se señalan a continuación, independientemente del estado en que se encuentren, tales como en cobranza coactiva, reclamación, apelación o demanda contencioso administrativa ante el Poder Judicial o en un Proceso Concursal, y respecto de las cuales se hubiere notificado o no órdenes de pago o resoluciones de la Administración Tributaria. 1. Los intereses moratorios generados y pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 y la fecha del vencimiento del plazo de acogimiento, aplicables a: - Las aportaciones a ESSALUD y la ONP. Se encuentran incluidos los intereses moratorios de las citadas aportaciones que forman parte del saldo de los aplazamientos y/o fraccionamientos de carácter general o particular vigentes o perdido. - Las cuotas vencidas de los aplazamientos y/o fraccionamientos de carácter general por aportaciones que forman parte del saldo por la totalidad de las cuotas de dichos fraccionamientos de haberse dado por vencido el plazo de los mismos. - La deuda tributaria de un aplazamiento y/o fraccionamiento de carácter particular por aportaciones ESSALUD y a la ONP de las 134 multas a las que alcanza la amnistía, respecto de la cual se hubiere incurrido en la causal de pérdida o a la cuota vencida, de ser el caso. 2. Los intereses o aplazamientos y/o fraccionamientos generados y pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 y los que se generen entre dicha fecha y la del vencimiento del plazo de acogimiento aplicable a los aplazamientos y/o fraccionamientos de carácter general por aportaciones a ESSALUD y a la ONP y de las multas a las que alcanza la amnistía, que se encuentren vigentes. 3. Los intereses de aplazamientos y/o fraccionamientos generados y pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 y los que se generen entre dicha fecha y las del vencimiento del plazo de acogimiento aplicables a los aplazamientos y/o fraccionamientos de carácter particular por aportaciones a ESSALUD y a la ONP y de las multas a las que alcanza la amnistía, que se encuentren vigentes o perdidos. 4. Las multas y sus intereses por infracciones vinculadas únicamente a las aportaciones a ESSALUD y a la ONP que se encuentren pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086. Asimismo, cabe precisar que también se encuentran comprendidas las multas y sus intereses que a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 se encuentren incluidas en el saldo de un fraccionamiento de carácter particular o general, vigente o perdido. c. Cálculo de intereses y multas Para efectos de determinar los intereses y/o multas que forman parte del saldo de aplazamientos y/o fraccionamientos de carácter general o particular vigente o perdido, el artículo 84º del Decreto 135 Supremo N° 008-2008-TR ha dispuesto que se deban tomar en cuenta las siguientes pautas: - Se dividirá el monto de los intereses y las multas entre la totalidad de la deuda tributaria materia del aplazamiento y/o fraccionamiento. - Tratándose de la deuda de un aplazamiento y/o fraccionamiento de carácter general que hubiera sido incluida en un aplazamiento y/o fraccionamiento de carácter particular, para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior y respecto de dicha deuda, únicamente se sumarán al numerador los intereses moratorios aplicables a las cuotas o saldos incluidos. - El monto resultante de lo dispuesto en el numeral anterior se multiplicará por 100. - El porcentaje así establecido se aplicará al saldo pendiente de pago del aplazamiento y/o fraccionamiento a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086, siendo ésta la deuda materia de extinción. d. Trámite para la amnistía De conformidad con lo establecido por el artículo 85º del Decreto Supremo N° 008-2008-TR el procedimiento para el acogimiento a la amnistía consiste en el siguiente detalle: - El Trámite se inicia con la presentación de una solicitud de acuerdo a la forma y condiciones que establezca SUNAT, mediante resolución de Superintendencia. - Al respecto, SUNAT, ESSALUD y la ONP proporcionarán según corresponda a las empresas, la información sobre las obligaciones de seguridad social vencidas hasta la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086, sin perjuicio de los montos que la propia empresa incluya en la amnistía. - Para que la empresa se encuentre acogida a la amnistía, deberá cumplir con haber obtenido la inscripción en la REMYPE y haber 136 cancelado el íntegro del insoluto de cada aportación a ESSALUD, a la ONP o del saldo pendiente o cuota de aplazamientos y/o fraccionamientos que decida acoger, dentro del plazo de los cuatro (4) meses que dispone el Decreto Legislativo N° 1086 para el acogimiento. - Para los casos que la empresa sólo tenga deuda por multas, bastará con la presentación de la solicitud y la inscripción en la REMYPE. - Como consecuencia del acogimiento se darán por extinguidos los intereses vinculados con la aportación a ESSALUD, a la ONP o saldo pendiente o cuota de aplazamientos y/o fraccionamientos acogidos y las multas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 008- 2008-TR, situación que no se verá afectada por ninguna circunstancia posterior. En caso de incumplimiento de los requisitos para el acogimiento, la SUNAT emitirá una resolución declarando el no acogimiento. - En el caso de una deuda no impugnada no será necesaria la presentación de un escrito de desistimiento ante la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial. Finalmente, en el caso de recursos de apelación o de demandas contencioso administrativas, la SUNAT comunicará al Tribunal Fiscal o al Poder Judicial, respectivamente dentro de los veinte (20) días hábiles del mes siguiente de vencido el plazo de acogimiento, la relación de contribuyentes que resultasen acogidos a la amnistía de seguridad social. Cabe señalar que el acogimiento a la amnistía no dará lugar a compensación ni devolución de monto alguno. 5.7.5.3. Acceso Voluntario al SENATI Las MYPE que pertenecen al sector industrial manufacturero o que realicen servicios de instalación, reparación y mantenimiento y que no están obligadas al pago de la contribución al SENATI quedan 137 comprendidas a su solicitud, en los alcances de la Ley Nº 26272, Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento del Trabajo Industrial (SENATI), siempre y cuando contribuyan con el pago de acuerdo a la escala establecida por el Consejo Nacional del SENATI. 5.7.6. Contrato de Trabajo adaptado al Régimen Laboral Especial Las empresas acogidas al Régimen Laboral Especial de la Microempresa pueden contratar trabajadores sujetos a modalidad o a plazo indeterminado, pero en todos los casos el personal gozará sólo de los derechos establecidos en la Ley Nº 28015, que son los siguientes: - Remuneración. - Jornada de trabajo. - Horario de trabajo y trabajo en sobre tiempo. - Descanso semanal, descanso vacacional y descanso por días feriados. - Despido injustificado. - Seguro Social de Salud. - Régimen Pensionario. Sin embargo, si el trabajador es contratado a tiempo parcial (menos de 4 horas en promedio diario) tampoco tendrá derecho al descanso vacacional remunerado. Los contratos de trabajo a tiempo parcial y sujetos a modalidad se formalizan por escrito y deben ser registrados obligatoriamente en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Esta misma entidad recomienda que los Contratos a Plazo Indeterminado también tengan que formalizarse por escrito, puesto que los trabajadores deben conocer que sus derechos y beneficios laborales en este Régimen Especial son menores a los establecidos para aquellos que laboran bajo el Régimen Laboral General. 138 5.7.7. Seguridad Social en el Régimen Especial MYPE 19 5.7.7.1. Introducción El Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 008-208-TR, fueron promulgadas con la finalidad de formalizar a la micro y pequeña empresa, a través de esta ley la gran cantidad de empresas informales existentes en nuestro país vieron la posibilidad de regularizar por una vía legal su situación empresarial, y a la vez procurar a los cientos de trabajadores de la micro y pequeña empresa, beneficios laborales como fueron la creación del Régimen Especial de Salud y el Sistema de Pensiones Sociales. El Régimen Especial de Salud, trajo como medida la afiliación de los trabajadores y conductores de la microempresa al componente semisubsidiado del Seguro Integral de Salud comprendiendo a sus derechohabientes, con esta medida se procura proteger a las familias que en cierto momento se vieron desamparadas ante contingencias médicas. La creación del Sistema de Pensiones Sociales para los trabajadores y conductores de la microempresa, está dada a fin de garantizar una pensión de jubilación para este grupo económico de trabajadores, la cual será un sistema paralelo a los ya existentes Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y Sistema Privado de Pensiones (SPP), la novedad de este sistema de pensiones es la intervención del estado como ente aportante complementario de los trabajadores, con la finalidad de beneficiar en cierta manera a los trabajadores en la determinación de los montos de las pensiones a percibir en su debido momento. 19 Caballero Bustamante – “Manual de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE”. Págs.29 - 38 139 Es por las consideraciones expresadas que nos parece acertada las medidas dictadas con la finalidad de proteger derechos inherentes a todo trabajador en materia de salud y de pensiones, toda vez que los derechos laborales deben de alcanzar a la totalidad de la población económicamente activa sea que laboren en cualquier ámbito empresarial (micro, pequeña o mediana empresa), con la finalidad de que los empleadores de las MYPES tengan un conocimiento más amplio sobre el presente tema, trataremos en una forma explícita los diversos puntos, a fin de que se tenga una idea cabal de las medidas dictadas. 5.7.7.2. Pequeña Empresa Los trabajadores de las pequeñas empresas son asegurados regulares del Essalud, de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26790 (17.05.97). Artículo 48º, D.S. Nº 007-2008-TR (30.09.2008). 5.7.7.3. Régimen Especial de Salud para la Microempresa (Seguro Integral de Salud - SIS) 20 El Régimen Especial de Salud de los trabajadores y empleadores de la microempresa y de sus derechohabientes se constituye a partir de los beneficios y obligaciones que se derivan de la afiliación familiar al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, el mismo que tendrá las siguientes características:  Comprenderá a trabajadores, conductores y a los derechohabientes de ambos, entendiéndose como derechohabientes a los hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad absoluta, así como al cónyuge o conviviente. 20 Caballero Bustamante – “MYPES: Micro y Pequeñas Empresas – Práctico de Estudio. – Año 2013. Págs. 21 -28 140  Su costo será parcialmente subsidiado por el Estado.  La cobertura será la comprendida en el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias establecidas en el artículo 1° del D.S. N° 004-2007- SA (17-03-2007).  El conductor o su representante debe pagar mensualmente en la cuenta determinada por el SIS, el aporte por el conductor y por el total de los trabajadores registrados. Tabla Nro. 17 SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Tipo de Empresa Precisión Seguro Régimen Contribuyente Beneficiarios Seguro Integral de El empleador Salud Semicontributivo Estado Conductores Microempresa tendrá la facultad (SIS) de optar entre Seguro Social de cualquiera de los Salud Derechohabientes seguros de salud. (ESSALUD) El empleador Contributivo Empleador Trabajadores Pequeña estará obligado a Seguro Social de Empresa asegurar al Salud trabajador (ESSALUD) 5.7.7.3.1. Acreditación La afiliación de los asegurados al SIS se inicia con el registro de la microempresa al REMYPE el cual se encontrará a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE). En la fase de acreditación de derechos, el SIS publicará a través de su portal institucional, dentro de los 7 días hábiles contados a partir de la fecha de pago, la relación de trabajadores y conductores de la microempresa, y de sus derechohabientes que se encuentran asegurados. 141 Si las condiciones descritas en el formulario “Solicitud de Afiliación al Componente Semisubsidiado del SIS” cambian, la microempresa deberá presentar al SIS los documentos correspondientes a los nuevos trabajadores y conductores y sus derechohabientes, de ser el caso. 5.7.7.3.2. Afiliación La afiliación familiar de los asegurados al Seguro Integral de Salud se iniciará con el registro de la microempresa en el REMYPE. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo recabará de las microempresas y remitirá al Seguro Integral de Salud, en un plazo no mayor de 2 días laborales, lo siguiente: 1. Formulario “Solicitud de afiliación al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud”. 2. Copia de los documentos de identidad, DNI o Carné de Extranjería, de los trabajadores y conductores de la microempresa, y de sus derechohabientes, cuya afiliación al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud haya sido solicitada. 3. Copia del comprobante de pago emitido por el Seguro Integral de Salud, o constancia de depósito en cuenta, correspondiente al mes en curso por un monto equivalente al aporte de la microempresa por el número de trabajadores afiliados. 4. Número de Inscripción o de Reinscripción en el REMYPE. El formulario “Solicitud de afiliación al Componente Semisubsidiado del SIS” tiene carácter de declaración jurada que permite la identificación de la microempresa, incluyendo su Registro Único de Contribuyentes (RUC); la identificación de los 142 trabajadores y conductores presentados por la microempresa y la identificación de sus derechohabientes inscritos. En la fase de registro, el Seguro Integral de Salud transcribirá los nombres de las personas inscritas y verificará la vigencia de la inscripción de la microempresa en el REMYPE. Asimismo, verificará, según los documentos recibidos, que los derechohabientes corresponden a la relación familiar directa del trabajador o conductor de la microempresa inscrito. En la fase de acreditación de derechos, el Seguro Integral de Salud publicará en un plazo no mayor a 7 días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud de afiliación, la relación de trabajadores y empleadores de la microempresa, y de sus derechohabientes, que se encuentran habilitados para hacer uso de los servicios de salud y su periodo de vigencia. En todos los casos, el único documento válido para acreditar los derechos de los asegurados al Seguro Integral de Salud y la atención en los establecimientos de salud será el DNI o el Carné de Extranjería. En los meses subsiguientes, mientras se encuentre vigente la Inscripción o reinscripción en el REMYPE la microempresa deberá realizar únicamente el aporte correspondiente a los asegurados registrados. En caso existieran cambios la microempresa deberá presentar al Seguro Integral de Salud los siguientes documentos: 1. Formulario “Solicitud de afiliación al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud” de los nuevos trabajadores y conductores de la microempresa. 2. Copia de los documentos de identidad, DNI o Carné de Extranjería, de los nuevos trabajadores y conductores de la microempresa, y de sus derechohabientes, cuya afiliación al 143 Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud haya sido solicitada. 3. Copia del comprobante de pago emitido por el Seguro Integral de Salud, o constancia de depósito en cuenta, correspondiente al mes en curso por un monto equivalente al aporte de la microempresa por el número de trabajadores afiliados. Luego de su afiliación al Seguro Integral de Salud, el trabajador mantendrá sus derechos activos hasta por un período máximo de tres (3) meses, contados a partir del último aporte realizado por la microempresa, independientemente de su permanencia en la microempresa o de los aportes que ésta hubiera realizado. 5.7.7.3.2.1. Proceso de Afiliación al Sistema Integral de Salud Mediante Resolución Jefatural N° 220- 2009/SIS (30-12-2009), se aprueba la Directiva N° 04-2009-SIS/GO, Directiva que establece el Proceso de Afiliación de los Trabajadores y Conductores de la Microempresa y sus Derechohabientes al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud y sus Anexos. De esta forma, la directiva comentada se implementa la afiliación de los trabajadores y conductores de las microempresas y sus derechohabientes al SIS. 5.7.7.3.2.1.1. Proceso de Afiliación a) Registro La Microempresa, a través del conductor o del representante legal, deberá registrar en el portal del REMYPE (www.mintra.gob.pe) los datos personales y la información complementaria que se requiera de los conductores, trabajadores, así como la de sus 144 derechohabientes. b) Traslado de Información El SIS recibirá del REMYPE la información correspondiente a los datos de los conductores, trabajadores y derechohabientes, la misma que deberá estar debidamente validada. Asimismo, generará las cuotas pendientes de pago por cada trabajador y remitirá a la entidad recaudadora, que será el Banco de la Nación, él archivo de las mismas. c) Corroboración de Datos El SIS remitirá a la microempresa, vía correo electrónico, el usuario y contraseña que deberá utilizar para ingresar al portal del SIS (www.sis.gob.pe). 5.7.7.3.2.1.2. Cancelación de Cuotas pendientes de pago El pago mensual para la afiliación y la acreditación del derecho de cada trabajador o conductor de la microempresa y de sus derechohabientes, corresponde al 50% de la aportación familiar establecida en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2007-SA (17-03-2007), o aquella norma que la sustituya. a) Impresión de Cuotas Una vez que la microempresa ingrese al portal del SIS podrá imprimir las cuotas pendientes de pago de cada trabajador. b) Pago de las Cuotas Impresas las cuotas, el conductor o representante de la microempresa deberá apersonarse al banco a fin de cancelar los pagos correspondientes por el seguro de 145 salud del conductor y/o cada trabajador. c) Oportunidad de Pago La microempresa deberá cancelar las cuotas de forma adelantada, es decir, por mes adelantado. d) Obligación del SIS respecto a la cancelación de las cuotas Una vez canceladas las cuotas pendientes de pago, el SIS recibirá de la entidad recaudadora el archivo de las cuotas pagadas, con lo cual deberá actualizar la cuenta corriente de los trabajadores y reportar quincenalmente al REMYPE la relación de microempresas que no han cumplido con el pago del aporte mensual. 5.7.7.3.2.1.3. Disposiciones Específicas a) Asegurados del SIS A efectos que el conductor y el trabajador, así como sus derechohabientes, sean considerados asegurados del SIS, deberán darse las siguientes condiciones de forma conjunta: La microempresa deberá estar inscrita y acreditada por el REMYPE. El REMYPE deberá haber cumplido con enviar la información de los datos validados al SIS, y La microempresa no deberá tener ninguna cuota pendiente de pago. b) Afiliación de los derechohabientes Hijos o Hijas mayores de 18 años con incapacidad absoluta para el trabajo: Para su afiliación, el titular 146 deberá presentar un documento a la Oficina Desconcentrada del SIS (ODSIS), solicitando su incorporación como asegurado, adjuntando el Informe de Comisión Evaluadora de hijos mayores de 18 años con incapacidad, emitido por el EsSalud u otra comisión acreditada por el Ministerio de Salud (MINSA). El SIS tendrá la facultad de realizar las verificaciones correspondientes. c) Asignación del Establecimiento de Salud El SIS asignará el establecimiento de salud donde debe atenderse el asegurado, de acuerdo al domicilio declarado en el REMYPE. Cambio de Domicilio: Todo trámite por cambio de domicilio se deberá realizar ante la ODSIS que corresponda al nuevo domicilio. d) Periodo de Cobertura de Salud La cobertura de salud del asegurado se iniciará una vez efectuado el pago del aporte respectivo en la entidad recaudadora designada por el SIS, hasta la fecha de vencimiento del mismo. De esta forma, el asegurado no podrá acceder a la cobertura de salud si el conductor de la microempresa no cumple con efectuar el pago hasta la fecha de vencimiento correspondiente. Ante cambio de empleador A efectos que el conductor o trabajador asegurado al SIS puede mantener la cobertura de salud, habiendo concluido un vínculo laboral e iniciado uno nuevo, se deberá presentar las siguientes condiciones: - El conductor o trabajador no deberá haber 147 activado el periodo de latencia. - El REMYPE deberá haber enviado al SIS los datos validados del trabajador con el nuevo empleador. - Deberá existir continuidad entre la última cuota pagada por el anterior empleador y la primera que realice oportunamente el nuevo empleador. e) Periodo de Latencia Siendo el periodo de latencia aquel en el cual el asegurado mantiene la cobertura de salud por pérdida del vínculo laboral, éste deberá ser activado de acuerdo a lo siguiente:  El asegurado titular deberá presentar a la ODSIS de su jurisdicción, una solicitud con carácter de declaración jurada (original y copia), solicitando el derecho de cobertura por desempleo. Dicha solicitud deberá ser presentada dentro del plazo que le corresponda para el goce de dicho beneficio.  La ODSIS verificará y evaluará la solicitud, emitiendo la aprobación o denegación correspondiente, según el reporte generado por el sistema de información,  Aprobada la solicitud, ésta deberá ser utilizada por el titular o sus derechohabientes a fin de acreditar su derecho de cobertura de salud en los establecimientos de salud correspondientes. - Inicio del Periodo El periodo de latencia se iniciará un día después del vencimiento de la fecha del último pago, de acuerdo a la siguiente tabla: 148 Periodo de Latencia según pagos realizados Número de aportaciones continuas Meses continuos de latencia 3 a 5 1 mes 6 a 8 2 meses 9 o más 3 meses f) Estado de Cuenta de la Microempresa El SIS, a través de su portal web (www.sis.gob.pe), pondrá a disposición de las microempresas el estado de cuenta de los aportes de los asegurados destinados a la cobertura de salud. De igual modo, el SIS deberá publicar en su portal, dentro de 7 días hábiles contados a partir de la fecha de pago, la relación de los conductores, sus trabajadores y derechohabientes que se encuentran asegurados. g) Periodo de Carencia El periodo de carencia de los asegurados será aplicado de acuerdo a lo establecido por del Decreto Supremo N° 004-2007-SA (17-03-2007), sus normas modificatorias y complementarias. Tabla Nro. 18 PERIODO DE CARENCIA Carencia Intervenciones Recuperativas Tope (*) Cirugías mayores programadas: vesícula biliar, próstata, hernias, histerectomías y otras previamente autorizadas. 6 meses Período de Carencia para gestación y parto 3 meses Medicina Especializada 1 por mes 2 consultas por Consulta Externa mes 1 mes Odontología 1 consulta por mes 3 meses Diagnóstico por Imágenes Ecografía 1 por mes Radiología 1 por mes (*) El periodo de carencia no se aplica en caso de emergencias. 149 h) Alta y Baja de Asegurados El REMYPE deberá remitir mensualmente al SIS la información validada de los nuevos conductores y trabajadores de las microempresas, así como la de sus derechohabientes. Respecto a la Condición de Alta: Esta condición se constituirá una vez que el conductor efectúe el pago de los aportes correspondientes. Respecto a la Condición de Baja: Esta condición se generará cuando la microempresa no haya efectuado el pago del aporte a favor del trabajador o conductor hasta por tres cuotas consecutivas, y al vencimiento del periodo de latencia. 5.7.7.3.3. Aportación Mensual al SIS del Afiliado y del Estado El artículo 1° del Decreto Supremo N° 024 – 2009 –PRODUCE, que modifica al artículo 44° del D.S. N° 008-2008-TR (30-09-2008), señala lo siguiente: 5.7.7.3.3.1. Subsidio del 50% por el Estado Las obligaciones de las microempresas corresponden a una aportación mensual equivalente al 50% de la aportación mensual establecida en el artículo 4° del citado Decreto Supremo Nº 004-2007-SA (17-03-2007). El 50% restante constituye el subsidio del Estado. Las aportaciones de las microempresas se realizarán de la siguiente manera: a) Afiliación Individual: Con una aportación mensual de S/. 5.00 nuevos soles dirigido a personas con ingresos mensuales menores a S/. 700.00 nuevos soles; y con un 150 aporte mensual de S/. 10.00 nuevos soles a quienes perciban ingresos mensuales iguales o mayores de S/. 700.00 nuevos soles hasta S/. 1,000.00 nuevos soles. b) Afiliación Familiar: Con una aportación mensual de S/. 15.00 nuevos soles dirigido a las familias con ingresos mensuales familiares menores a S/. 1,000.00 nuevos soles. El derecho al subsidio del Estado a través del Seguro Integral de Salud, se realiza una vez cumplido con efectuar el aporte mensual total del Componente Semisubsidiado correspondiente a los trabajadores y empleadores de la microempresa con aseguramiento vigente. En ningún caso, el Estado aportará más de una vez por un trabajador o empleador registrado en el Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, bajo responsabilidad, verificará la identidad de los trabajadores o conductores, y de sus derechohabientes que hayan sido inscritos en este Componente, con el fin que no se solicite más de un subsidio. 5.7.7.3.3.2. Período de Latencia Los conductores y trabajadores, así como sus derechohabientes, gozarán de un período de latencia para la cobertura de las prestaciones comprendidas en el Componente Semisubsidiado de hasta 3 meses contados a partir del último aporte realizado por la microempresa o de los aportes que ésta hubiera realizado. 5.7.7.3.3.3. No Pago del Aporte al SIS En caso la microempresa no cumpla con pagar el aporte 151 mensual al Componente Semisubsidiado, el SIS reportará el hecho al REMYPE, en un plazo de 15 días calendario y exigirá a la microempresa el reembolso del costo total de las prestaciones que hayan sido brindadas a los conductores y trabajadores, así como a sus derechohabientes. 5.7.7.3.3.4. No Cancelación del Aporte Mensual por la Microempresa De acuerdo al artículo 1° del Decreto Supremo N° 024-2009- PRODUCE, que modifica el artículo 68° del Reglamento de la Ley MYPE, se establece que cuando la microempresa deja de cumplir 2 meses sucesivos con la cancelación del aporte mensual al SIS es calificada como morosa por éste. En el registro de la microempresa del REMYPE se consignará como observación “no pago al SIS”. El levantamiento de estas observaciones se realizará dentro de los 7 días siguientes a la fecha en que la microempresa cumpla con pagar las deudas pendientes. 5.7.4.1.2.3. Beneficios del Régimen Especial de Salud Los beneficios del régimen especial de salud para la microempresa corresponden al Listado Priorizado de Intervenciones de Salud establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA, siendo el listado el siguiente: (ver página siguiente). 152 153 154 5.7.8. Seguridad Social en Pensiones 5.7.8.1. Pequeña Empresa Los trabajadores de las pequeñas empresas deberán afiliarse obligatoriamente a cualquiera de los regímenes pensionarios del Sistema Nacional de Pensiones o del Sistema Privado de Pensiones. 5.7.8.2. Microempresa: Carácter Optativo La pertenencia a un régimen pensionario no es obligatoria, los trabajadores de las microempresas podrán optar por no pertenecer a ningún régimen pensionario u optar por cualquiera de los siguientes: – Sistema Nacional de Pensiones. – Sistema Privado de Pensiones. – Sistema de Pensiones Sociales, siempre que no pertenezca o no sea beneficiario de ningún otro sistema provisional. 5.7.8.2.1. Sistema de Pensiones Sociales (SPS) El Sistema de Pensiones Sociales tiene como objeto otorgar pensiones con las características similares al de la modalidad de renta vitalicia familiar del Sistema Privado de Pensiones, sólo a los trabajadores y conductores de las microempresas. 155 5.7.8.2.1.1. Características 21 Es de carácter voluntario. Es Excluyente del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y de cualquier otro régimen previsional existente. Es exclusivo para los trabajadores y conductores de las microempresas que no pertenezcan o no sean beneficiarios de ningún otro sistema previsional. El aporte máximo mensual será del orden del 4% de la RMV, sobre la base de 12 aportes al año. El Estado hará aportes anuales hasta por la suma equivalente aportada por el afiliado. Tabla Nro. 19 SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES Trabajadores Sistema Contratados Desde Hasta Pensionario Precisión Sistema Nacional de Pensiones Trabajador podrá optar entre Sistema Privado de cualquiera de los sistemas pensionarios. Ley N° 28015 03/07/2003 04/07/2013 Pensiones Ningún Régimen Pensionario Sistema Nacional de Pensiones Decreto Ley Sistema Privado de Trabajador deberá elegir N° 29/06/2008 Indefinido Pensiones obligatoriamente entre cualquiera de los 1086 sistemas pensionarios, se podrá afiliar al Sistema de SPS siempre que no pertenezca a Pensiones Sociales ningún otro sistema previsional. 21 Caballero Bustamante – “MYPES: Micro y Pequeñas Empresas – Práctico de Estudio. – Año 2013. Págs. 30-32 156 5.7.8.2.1.2. Afiliación Los trabajadores y empleadores de las microempresas que se encuentren bajo los alcances de la Ley podrán afiliarse al Sistema de Pensiones Sociales. Para ello, al momento de afiliarse ante la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados, deberán presentar lo siguiente: 1. Contrato de afiliación celebrado con la entidad que administre las cuentas individuales, debidamente firmado. El original del contrato de afiliación quedará en poder de la entidad administradora, entregándose una primera copia al afiliado y una segunda copia al conductor de la microempresa. El formato del contrato de afiliación y la cartilla de información del SPS deben ser aprobados previamente por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Ambos deben ser proporcionados a los afiliados por la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados. 2. DNI vigente y actualizado en lo referente al estado civil. 3. Número de Inscripción o Reinscripción en el REMYPE; y, 5. Declaración jurada de no estar inscrito en otro régimen previsional. Dicha declaración es sujeta a contraste posterior por parte de la entidad que administre las cuentas individuales a efectos de confirmar que el trabajador no pertenece a otros sistema pensionario; caso contrario, la afiliación al SPS será declarada nula. 157 5.7.8.2.1.3. Aportes Se compone de los siguientes conceptos: El aporte mensual mínimo destinado a la Cuenta Individual del Afiliado. La comisión para la administración del Fondo de Pensiones Sociales. Aporte del Estado. 5.7.8.2.1.3.1. Cuenta Individual del Afiliado Producida la afiliación al Sistema de Pensiones Sociales, la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados deberá abrir una cuenta denominada “Cuenta Individual del Afiliado”. En dicha cuenta, deberá estar registrado el aporte mensual mínimo, el aporte voluntario y la rentabilidad acumulada de los mismos. La actualización de dichos registros deberá efectuar se, cuando menos, en forma trimestral. 5.7.8.2.1.3.2. Pago del Aporte Mensual del Afiliado El pago de los aportes mensuales de los afiliados y el voluntario, de proceder, será retenido y abonado por el conductor de la microempresa dentro de los primeros quince días (15) calendario del mes siguiente al que fueron devengados. La demora en efectuar dicho pago da lugar a intereses moratorios a favor del afiliado, según lo establezca la Superintendencia de Banca y Seguros. El pago de dicho aporte se efectuará con la presentación de un formulario que para tal efecto apruebe la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados. El cargo de recepción del pago efectuado en la respectiva entidad 158 financiera constituirá el único documento que acredite haber cumplido con dicha obligación. 5.7.8.2.1.3.3. Aporte por parte del Estado El aporte del Estado al que se refiere la Ley, será efectuada el último día hábil del mes de enero de cada año, a través de la entidad que para tal efecto será creada por norma con rango de Ley. Para ello, dicha entidad designada, en su proceso presupuestario de cada año, deberá incluir el monto estimado de las aportaciones mensuales mínimas que se proyecten hasta el fin de cada año. Dicho estimado se hará con base a la información que brinde la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados. El aporte del Estado, a través de la entidad designada, se efectuará sólo sobre la base del record de aportaciones mínimas efectivas de cada año, aparte de la comisión correspondiente por la administración del Fondo de Pensiones Sociales. La información de la totalidad de aportaciones mínimas aportadas por los afiliados deberá ser comunicada a la entidad competente dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año. 5.7.8.2.1.3.4. Registro del Aporte del Estado Producida la transferencia del aporte anual del Estado, la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados deberá abrir una cuenta separada en la que se registre paralelamente a la “Cuenta Individual del Afiliado” el aporte anual individualizado del Estado por cada afiliado y la rentabilidad acumulada por este aporte. La implementación, administración y actualización trimestral de dicho registro 159 estará a cargo de la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados. 5.7.8.2.1.4. Pensiones Las pensiones a favor de los afiliados y sus derechohabientes en el Sistema de Pensiones Sociales son exclusivamente de: - Jubilación. - Invalidez. - Sobrevivencia. El procedimiento para solicitar las pensiones señaladas o el reintegro de los aportes, deberá iniciarse el primer día hábil del mes siguiente en el que ocurrió la contingencia. 5.7.8.2.1.4.1. Pensión de Jubilación La pensión de jubilación se determinara en función al saldo en la Cuenta Individual del afiliado, al aporte del Estado y a la rentabilidad acumulada, de acuerdo con la metodología utilizada en el Sistema Privado de Pensiones para la pensión bajo la modalidad de renta vitalicia familiar. Los requisitos para iniciar el procedimiento son los siguientes: - Haber cumplido 65 años de edad. - Haber aportado un mínimo de 300 aportaciones. 5.7.8.2.1.4.2. Pensión de Invalidez Para tener derecho a la pensión de invalidez se deben de cumplir los siguientes requisitos: - Estar afiliado al Sistema de Pensiones Sociales. - Haber pagado adicionalmente al aporte mínimo, la comisión por seguro de invalidez. - Ser declarado con invalidez total permanente por una 160 Comisión Médica de Essalud o del Ministerio de Salud. El otorgamiento de la pensión de invalidez se sujeta a las condiciones establecidas en el contrato de administración de riesgos suscrita entre la entidad que administre las cuentas individuales de los afiliados y la empresa de seguros. En dicho contrato se establecen las condiciones de cotización, los casos excluidos y las preexistencias a que se sujeta la cobertura de los afiliados. 5.7.8.2.1.4.3. Pensión de Viudez Tiene derecho a pensión de viudez el cónyuge o conviviente del afiliado con derecho a pensión o del titular de la pensión de jubilación o invalidez que hubiera fallecido. Para ello, el beneficiario deberá presentar la partida de matrimonio o la respectiva resolución judicial, consentida o firme, declarando la unión de hecho, así como la partida de defunción del afiliado. En ningún caso, la referida pensión podrá exceder del 42% de la pensión de jubilación que percibía o hubiere tenido derecho a percibir el causante. 5.7.8.2.1.4.4. Pensión de Orfandad Sólo tienen derecho a pensión de orfandad los hijos menores de 18 años del afiliado con derecho a pensión o del titular de la pensión de jubilación o invalidez que hubiera fallecido. Cumplida esta edad, subsiste la pensión de orfandad únicamente en los siguientes casos: 1. Para los hijos que sigan estudios de nivel básico o de educación superior, hasta que cumplan los 24 años. 161 2. Para los hijos mayores de 18 años cuando adolecen de incapacidad permanente total para el trabajo desde su minoría de edad o cuando la incapacidad que se manifieste en la mayoría de edad tenga su origen en la etapa anterior a ella. La declaración de incapacidad permanente total requiere de un dictamen emitido por una Comisión Médica de ESSALUD o del Ministerio de Salud. El monto máximo de la pensión de orfandad de cada hijo es igual al veinte por 20% del monto de la pensión de jubilación o invalidez que percibía o hubiera podido percibir el beneficiario titular. 5.7.8.2.1.5. Monto máximo de las Pensiones de Sobrevivencia Cuando la suma de los porcentajes de pensión de viudez y de orfandad exceda del 100% del monto de la pensión de jubilación o invalidez que percibía o hubiera podido percibir el beneficiario titular, las pensiones se reducirán en forma proporcional hasta llegar a dicho porcentaje máximo. 5.7.8.2.1.6. Pérdida de la Pensión Se deja sin efecto la percepción de la pensión en el Sistema de Pensiones Sociales en los siguientes casos: 1. Fallecimiento. 2. Haber contraído matrimonio o haber establecido nueva unión de hecho los titulares de pensión de viudez. 3. Haber alcanzado la mayoría de edad los titulares de pensiones de orfandad, salvo que prosigan estudios de nivel 162 básico o de educación superior en forma ininterrumpida y satisfactoria, en cuyo caso la pensión continuará hasta que cumplan 24 años, o que adolezcan de incapacidad permanente total. 4. Haber recuperado el pensionista las facultades físicas o mentales, cuya pérdida determinó el estado de invalidez para el otorgamiento de una pensión, previo dictamen favorable de una Comisión Médica de ESSALUD, o del Ministerio de Salud. 5. Haber desaparecido uno de los requisitos exigidos por la Ley para el otorgamiento de la pensión. 5.7.8.2.1.7. Traslado a Otro Régimen Previsional El traslado voluntario del Sistema de Pensiones Sociales al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Pensiones, constituye un acto unilateral del afiliado y es expresado en forma escrita. El afiliado deberá acompañar al momento de afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Pensiones una declaración jurada en la que conste de manera expresa que ha sido informado acerca de las implicancias de su traslado, el mismo que es irreversible, así mismo deberá indicar en dicha declaración jurada que los aportes mínimos y voluntarios, los aportes del Estado, en su caso, y la rentabilidad generada, pasan a formar parte de los recursos del Sistema Nacional de Pensiones o de la Cuenta Individual de Capitalización en el Sistema Privado de Pensiones. En el caso que el afiliado se traslade al Sistema Nacional de Pensiones, deberá anexar un compromiso de asunción de pago por el diferencial de aporte en este último sistema. Para ello, 163 deberá celebrar un convenio con la ONP en el que consten las condiciones y el cronograma de pago de dicho diferencial. Dicho diferencial no tiene carácter tributario. 5.7.8.2.1.8. Fiscalización de la Microempresa El Ministerio de Trabajo y promoción del Empleo, a través de su servicio inspectivo velara por el cumplimiento de la normatividad referida a los aportes al Sistema de Pensiones Sociales. En caso el ente inspector detectase afiliaciones al Sistema de Pensiones Sociales, que contravengan la normatividad que la regula, ordenara inmediatamente que los aportes efectuados y su rentabilidad sean reintegrados al trabajador y al Estado, respectivamente, a través de la entidad que administre las cuentas individuales y la entidad que administre los aportes estatales. Así mismo el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, una vez iniciado el funcionamiento del Sistema de Pensiones Sociales, procederá a promover la afiliación al sistema de los trabajadores y empleadores de las microempresas. 164 165 166 5.7.8.3. Conclusiones del Régimen Laboral Especial El Régimen Laboral Especial de las Micro y Pequeñas Empresas ha sido creado con la finalidad de promocionar la formalización de empresas sobre la base de la reducción de costos laborales y de seguridad social. De esta forma, se dispuso que los trabajadores de las microempresas sean afiliados al componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, con lo cual iba a existir un financiamiento público parcial, siendo el aporte a cargo del Estado y de los empleadores de las microempresas. Posteriormente, y luego de más de un año, se dispuso el sistema de Inscripción de dichos trabajadores al Sistema Integral de Salud, otorgando al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo plenas facultades al respecto. Sin perjuicio de lo mencionado, y encontrándose las disposiciones correspondientes a la operatividad de la inscripción de los trabajadores al SIS, éstas no se llevaron a cabo hasta dos meses después y con ciertas limitaciones. Ello no resultaría cuestionable si no fuera por el hecho de que no existe dispositivo legal alguno que regule éstas limitaciones, siendo el único argumento esgrimido por el MINTRA así como por el SIS, la existencia de un problema en uno de los procesos de la inscripción en cuestión. 6. HIPÓTESIS Dado a las dificultades relacionadas con la SUNAT que sufren las Micro y Pequeñas Empresas Informales es probable que: La formalización permita un buen manejo empresarial reflejado en los aspectos contables, tributarios y laborales en la Provincia de Arequipa. 167 CAPITULO II PLANTEAMIENTO OPERACIONAL 168 CAPITULO II PLANTEAMIENTO OPERACIONAL 1. TÉCNICAS La técnica que se aplicó para las cuatro variables fue la observación y entrevista y el instrumento que se utilizó fue el cuestionario (encuesta) para empresas formales e informales, y así se obtuvo los datos que nos permitió realizar un análisis comparativo. 2. INSTRUMENTOS CUADRO DE VARIABLES, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS VARIABLES INDICADORES SUBINDICADORES TÉCNICA INSTRUMENTO Formalización Persona Unipersonal Entrevista Cuestionario de la Micro y Natural Observación Ficha de Pequeña Documentaria Observación Empresa E.I.R.L. Persona S.A.C. Jurídica S.R.L. Contabilidad Completa Contabilidad Simplificada. Entrevista Normas Observación Cuestionario Internacionales de Documentaria Ficha de Sistema Contabilidad (NIC) Observación Contable Normas Buen Manejo Internacionales de Empresarial Información Financiera (NIIF) especial para PYMES Control Interno Entrevista Cuestionario Régimen Tratamiento Tributario Observación Ficha de Tributario de las Mypes Documentaria Observación 169 Aspectos del Régimen Entrevista Cuestionario Régimen Laboral de las Mypes. Observación Ficha de Laboral Documentaria Observación 3. CAMPO DE VERIFICACIÓN 3.1. Ámbito El proyecto se ejecutó en la ubicación geográfica del que administrativamente pertenece de Arequipa, en la empresa. 3.2. Unidades de Estudio o Fuentes de Información La aplicación de cuestionarios se realizó a 91 empresas formales e informales de diversos sectores como: industrial, servicios y comercial de las cuales se obtuvieron datos que sirvieron para las respectivas tabulaciones y así se pudo obtener información para la elaboración de los diversos cuadros estadísticos. Para los casos prácticos se aplicó a un total de 02 Microempresas pertenecientes al Sector de Servicios con personería jurídica y natural, respectivamente. 3.3. Temporalidad La investigación es de carácter general, coyuntural y se ejecutó en el año 2013. 4. ESTRATEGIAS 4.1. Organización Se coordinó con los representantes de las unidades de estudio para la verificación de la viabilidad de ser consideradas en la población. 170 4.2. Recursos 4.2.1. Recursos humanos Investigadores: - Marita Stephanie Borja Pérez - Juan Miguel Gamio Aragón 4.2.2. Recursos físicos - Ambiente privado de trabajo personal. - Biblioteca de la Universidad Católica de Santa María. 4.2.3. Recursos financieros El trabajo de investigación fue autofinanciado por los autores de la tesis. 4.3. Criterios para el manejo de datos 4.3.1. Ordenamiento Se utilizó una Matriz de Sistematización para el registro de los datos de las encuestas. 4.3.2. Tratamiento de Datos La información fue organizada de acuerdo a los indicadores y se utilizó escalas nominales, para luego proceder al análisis y apreciación crítica mediante el manejo de los valores relativos. 4.3.3. Análisis de la información Para el análisis de la información se apeló a la apreciación crítica de los datos recolectados. 171 CAPITULO III RESULTADOS 172 CAPÍTULO III RESULTADOS El siguiente capítulo resume los resultados obtenidos sobre los principales aspectos de la Micro y Pequeña Empresa como Formalización, Sistema Contable, Régimen Tributario y Régimen Laboral. Dicho análisis fue obtenido mediante la elaboración de encuestas, las cuales fueron clasificadas y analizadas para la elaboración de los siguientes cuadros y gráficos que se presentan a continuación. Para la aplicación de la muestra se seleccionó un total de 91 Micro y Pequeñas Empresas tanto formales como informales, se aplicó la técnica de la entrevista y para ello el instrumento utilizado fue el cuestionario. Se realizó dicha encuesta a empresas de diversos sectores económicos y ubicados en varios distritos de la Ciudad de Arequipa. La presentación e interpretación de los cuadros irá acompañada de gráficos, mediante los cuales se identificará el manejo de los aspectos anteriormente mencionados así como la formalidad e informalidad de las micro y pequeñas empresas. De ésta manera dicho análisis y estudio nos permite y ayude a determinar conclusiones y recomendaciones del presente trabajo de investigación. Se realizaron las encuestas a micro y pequeñas empresas según la muestra seleccionada, de las cuáles se obtuvieron respuesta de todas ellas. 173 1. Presentación de Resultados 1.1. Formalización de la Micro y Pequeña Empresa Tabla Nro. 20 Formalidad e Informalidad en la Ciudad de Arequipa Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Empresas Formales 68 75% Empresas Informales 23 25% TOTAL 91 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 05 Formalidad e Informalidad de la Micro y Pequeña Empresa en la Ciudad de Arequipa Empresas Formales Empresas Informales 25% 75% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 174 Interpretación Según el estudio realizado se tiene que en el presente año, existe un 75% de Micro y Pequeñas Empresas Formales lo cual la mayoría de las empresas cuentan con una idea clara de la importancia de la formalidad; mientras que un 25% de empresas son informales esto podría deberse a que muchas empresas no tienen un conocimiento claro de la formalidad o el tema de los trámites y/o requisitos que se requiere para la formalización resulta ser muy engorroso para muchas de ellas así como el tema de tributación. 175 Tabla Nro. 21 Pregunta N° 1 ¿Qué tipo de Actividad Económica realiza su Empresa? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Compra -Venta de Bienes 34 37% Servicios 31 34% Industria 25 28% Otros 1 1% TOTAL 91 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 06 Actividad Económica de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Compra -Venta de Bienes Servicios Industria Otros 1% 28% 37% 34% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 176 Interpretación En el presente cuadro se puede observar que el 37% de las Micro y Pequeñas Empresas en la ciudad de Arequipa se dedica a la compra y venta de bienes (empresas comerciales), un 34% son empresas de servicios, el 28% se dedica a la Industria (fabricación) y se tiene que 1% se dedica a otras actividades (servicios financieros). Por consiguiente podemos concluir que la mayoría de MYPES optan por realizar la actividad económica de compra y venta de bienes y en un porcentaje menor realizan actividades de servicios. 177 Tabla Nro. 22 Pregunta N° 2 ¿Aproximadamente por cuánto tiempo viene realizando esta actividad? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Menor a un Año 24 26% De 1 año a 10 años 51 56% De 11 años a 20 años 14 16% De 21 años a más 2 2% TOTAL 91 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 07 Tiempo de Desarrollo de la Actividad Empresarial de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Menor a un Año De 1 año a 10 años De 11 años a 20 años De 21 años a más 2% 16% 26% 56% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 178 Interpretación En el siguiente cuadro se puede observar que un 56% de Micro y Pequeñas empresas viene realizando su actividad empresarial por un lapso de tiempo de 1 a 10 años, un 26% tiene presencia en el mercado menor a un año, el 16% viene realizada su actividad de 11 a 20 años y solamente un 2% realiza actividades durante más de 21 años. Por tanto, se puede deducir que en los últimos 10 años en nuestra ciudad ha habido un incremento en la creación de micro y pequeñas empresas. 179 Tabla Nro. 25 Pregunta N° 3 ¿El local donde funciona y realiza sus actividades es? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Propio 40 44% Alquilado 50 55% Anticresis 0 0% Otros 1 1% TOTAL 91 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 08 Local de Funcionamiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Propio Alquilado Anticresis Otros 0% 1% 44% 55% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 180 Interpretación En el presente cuadro se tiene estadísticas de empresas tanto formales como informales, observamos que el 55% de los locales de funcionamiento de las Micro y Pequeñas empresas es alquilado, esto debido a que no cuentan con suficiente capital para adquirir un local propio; sin embargo, el 44% de empresas encuestadas cuenta con local propio dándole estabilidad a la empresa; y finalmente sólo se tiene 1% cuyo local de funcionamiento es sesión en uso. 181 Tabla Nro. 24 Pregunta N° 4 ¿Su Empresa tiene RUC? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 68 75% No 23 25% TOTAL 91 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 09 Inscripción en el RUC de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 25% 75% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 182 Interpretación En el siguiente cuadro podemos observar que el 75% de las Micro y Pequeñas empresas se encuentran inscritas en el Registro Único del Contribuyente y un 25% de las Micro y Pequeñas Empresas no se encuentra inscrita, por tanto dichas empresas se considera informales. La informalidad y la no inscripción en el RUC de dichas empresas se debe por falta de conocimiento de los pasos a seguir para que su empresa está constituida legalmente y por tanto puedan acceder a los beneficios del formalismo. 183 Tabla Nro. 25 Pregunta N° 5 ¿Su Empresa pertenece a la Micro o Pequeña Empresa? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Micro 53 78% Pequeña 15 22% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 10 Tipo de Empresa: Micro o Pequeña Empresa en Arequipa Micro Pequeña 22% 78% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 184 Interpretación El presente gráfico muestra que el 78% de las Empresas en la ciudad de Arequipa pertenecen a la Micro Empresa y solamente el 22% son Pequeña Empresa. Por consiguiente podemos deducir que la mayoría de empresas en nuestra ciudad solamente cuentan de 1 hasta 10 trabajadores y sus ventas no soy mayores a 150 UIT. Se ha podido constatar que las empresas encuestadas son pequeños negocios cuyas ventas no son mayores a S/. 500 000.00 185 Tabla Nro. 26 Pregunta N° 6 ¿Su negocio cuenta con Licencia de Funcionamiento? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 60 88% No 8 12% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 11 Licencia de Funcionamiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 12% 88% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 186 Interpretación La Licencia de Funcionamiento es la autorización que otorga la Municipalidad para el desarrollo de actividades económicas, el gráfico muestra que el 88% de las Micro y Pequeñas Empresas cuentan con licencia de funcionamiento y sólo el 12% no ha tramitado su licencia correspondiente. Cabe mencionar que es importante dicha licencia ya que permite acreditar la formalidad del negocio favoreciendo su acceso al mercado. 187 1.2. Sistema Contable de la Micro y Pequeña Empresa Tabla Nro. 27 Pregunta N° 7 ¿Su Empresa cuenta con un Contador Público Permanente o Contratado? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Permanente 12 18% Contratado 46 67% No Tiene 10 15% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura N° 12 Servicios Profesionales del Contador de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Permanente Contratado No Tiene 15%1 8% 67% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 188 Interpretación En la actualidad contar con los servicios profesionales de un Contador Público es de vital importancia para la empresa no solamente para el tema tributario sino también financiero. El cuadro muestra que el 18% en su mayoría Pequeñas Empresas cuenta con un contador de forma permanente; lo que significa que para estas empresas el tema financiero es tan importante como el tributario; puesto que la contabilidad se lleva de manera correcta. El 67% en su mayoría micro empresas cuenta con un contador contratado únicamente para la Liquidación y Pago de Impuestos así como el llenado de los libros correspondientes. Mientras que el 15% del total de empresas encuestadas no tiene un contador ya que los libros llevados así como el Pago de Impuestos por ser pequeños negocios son muy simples de realizar; por tanto consideran que no es necesario contar con los servicios profesionales de un contador; y en muchas ocasiones quién realiza esta labor es el propio dueño de la empresa. 189 Tabla Nro. 28 Pregunta N° 8 ¿Su Empresa lleva Contabilidad Completa o Simplificada? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Contabilidad Completa 17 25% Contabilidad Simplificada 42 62% No Lleva Contabilidad 9 13% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 13 Contabilidad usada en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Contabilidad Completa Contabilidad Simplificada No Lleva Contabilidad 13% 25% 62% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 190 Interpretación Las empresas por lo general y según nos muestra el anterior cuadro estadístico, llevan la contabilidad según indica la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT). Se tiene así que un 62% de las Micro y Pequeñas Empresas llevan únicamente contabilidad simplificada; esto significa que únicamente llevan los libros contables señalados y exigidos por SUNAT. El 25% de empresas lleva contabilidad completa, esto supone que dichas empresas pese a estar en un régimen tributario en el que únicamente exige llevar contabilidad simplificada; optan por llevar más libros contables de tal manera que puedan saber exactamente el movimiento financiero de su empresa. Del total de empresas sólo un 9% no lleva contabilidad. De este cuadro podemos deducir que en su gran mayoría las empresas llevan únicamente la contabilidad según señala e indica SUNAT y no tienen una idea clara de la importancia de contabilidad completa. 191 Tabla Nro. 29 Pregunta N° 9 ¿Su Empresa lleva Contabilidad Manual o Computarizada? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Contabilidad Manual 41 60% Contabilidad Computarizada 18 27% Ninguna 9 13% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 14 Tipo de Contabilidad usada de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Contabilidad Manual Contabilidad Computarizada Ninguna 13% 27% 60% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 192 Interpretación En cuanto al llevado de la contabilidad ya sea manual o computarizada, se tiene que un 60% de micro y pequeñas empresas lleva contabilidad manual debido a que en su mayoría solamente lleva los libros contables indicados por SUNAT, por tanto el llenado de los mismos es simple además el costo que genera es únicamente por la compra y legalización de los libros contables. El 27% de empresas lleva contabilidad computarizada; es decir, cuentan con un software contable que ayuda al registro de las operaciones, la mayoría de empresas que cuenta con dicho sistema contable son pequeñas empresas además llevan todos los libros contables a pesar que no estén en la obligación de hacerlo. Y solamente se tiene un 9% que no lleva ningún tipo de contabilidad (manual o computarizada) ya que no llevan contabilidad completa ni simplificada. 193 Tabla Nro. 30 Pregunta N° 10 ¿Qué Registros Contables utiliza? Empresas Alternativa Encuestadas Porcentaje (Total Libros) Registro de Compras 59 28% Registro de Ventas 59 28% Libro Diario 17 8% Libro Mayor 17 8% Libro Diario Formato Simplificado 10 5% Libro Caja y Bancos 17 8% Libro Inventarios y Balances 17 8% Otros 6 3% Ninguno 9 4% TOTAL 211 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 15 Registros Contables usados de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Registro de Compras Registro de Ventas Libro Diario Libro Mayor Libro Diario Formato Simplificado Libro Caja y Bancos Libro Inventarios y Balances Otros 8% 3% 8% 5% 29% 9% 9% 29% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 194 Interpretación Los libros o registros contables son aquellos libros que deben llevar obligatoriamente las empresas; y en los cuáles se registran las operaciones mercantiles diarias que realizan durante un lapso de tiempo determinado. El resultado de la encuesta es de 68 empresas formales, pero se ha tomado en cuenta la sumatoria en general de todos sus registros contables. Así se tiene que el 28% de las empresas lleva Registro de Compras y Ventas por lo general son empresas pertenecientes al Régimen Especial y General, un 8% de Micro y Pequeñas Empresa llevan los siguientes registros: Libro Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Libro Caja y Bancos; por lo general llevan dichos libros aquellas empresas que llevan Contabilidad Completa. El 5% de las empresas lleva Libro Diario Formato Simplificado, registro exigido por SUNAT para aquellas empresas que se encuentran inscritas en el Régimen General y cuyos ingresos brutos anuales no excedan de 150 UIT. Mientras que el 3% de las empresas lleva Registro de Activos Fijos y el 4% no lleva ningún tipo de Registro Contable; por lo general son aquellas empresas que pertenecen al Nuevo RUS y que no están obligadas tributariamente a llevar ningún tipo de libro contable. 195 Tabla Nro. 31 Pregunta N° 11 ¿Tiene un Control sobre documentos como: Facturas, Boletas de Venta, Contratos, etc.? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 63 93% No 5 7% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 16 Control sobre Documentos utilizados de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 7% 93% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 196 Interpretación Según el cuadro nos muestra que el 93% de la Micro y Pequeñas Empresas tienen un control sobre documentos como Facturas, Boletas de Venta, Contratos; es decir, la empresa tiene toda su documentación al día y archivada. Mientras que sólo el 7% no tiene un control óptimo; esto puede deberse porque no emiten ningún tipo de documento tanto al cliente como internamente, y que simplemente es manejado algunos aspectos de manera verbal como por ejemplos los contratos de trabajo. 197 Tabla Nro. 32 Pregunta N° 12 ¿Utiliza Kardex para el Control de sus Mercaderías? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 18 26% No 50 74% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 17 Kardex Físico - Valorado usado para Control de Mercaderías de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 26% 74% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 198 Interpretación El kardex es un registro auxiliar que sirve para controlar el movimiento físico valorado de las existencias; mediante entradas, salidas y saldos. Se puede apreciar que el 26% de las Micro y Pequeñas Empresas utiliza dicho registro obteniendo de manera organizada su mercadería (existencias); mientras que el 74% no lleva un kardex por tanto no tiene un control exacto y preciso de las entradas y salidas así como de su valor monetario de toda la mercadería. 199 Tabla Nro. 33 Pregunta N° 13 ¿Aplica Normas Contables como NIIF y NIC para el Registro Contable de sus Operaciones? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 8 12% No 60 88% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 18 Aplicación de Normas Contables como NIIF y NIC en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 12% 88% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 200 Interpretación Según resultado se tiene que sólo un 12% de Pequeñas Empresas aplica Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) para presentar su real situación financiera. Mientras que un 88% de las empresas no aplica dichas normas y que; en su mayoría son micro empresas y por consiguiente no están obligadas a su uso. Sin embargo la aplicación de dichas normas especiales para la Pequeña y Mediana Empresa (NIIF para PYME) permite a las empresas reflejar la fiel situación financiera y la presentación de forma correcta de los estados financieros. 201 Tabla Nro. 34 Pregunta N° 14 ¿Utiliza Métodos de Control de Efectivo o Caja? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 45 66% No 23 34% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 19 Métodos de Control de Efectivo o Caja usados en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 34% 66% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 202 Interpretación En el presente cuadro se puede apreciar que un 66% de las Micro y Pequeñas Empresas cuentan con un control de efectivo o caja; lo cual implica que la empresa por ejemplo cuenta con una caja chica; es decir, un fondo empleado para los gastos menores así como un control de las entradas y salidas de dinero. Mientras que el 34% no tiene dicho control por lo que durante el día no sabe la cantidad de efectivo que posee. 203 Tabla Nro. 35 Pregunta N° 15 ¿Tiene Control sobre sus Activos Fijos? Empresas Alternativa Encuestadas Porcentaje Si 22 32% No 46 68% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 20 Control sobre Activos Fijos de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 32% 68% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 204 Interpretación El cuadro indica que el 32% de las Micro y Pequeñas empresas tiene un registro de sus activos fijos (Inmuebles, Maquinaria y Equipo); es decir, lleva un control de todos sus bienes muebles mediante los comprobantes de pago así como la fecha de ingreso y activación de dicho activo. Mientras que el 56% no tiene un control por lo que su situación financiera no se encuentra del todo completa. 205 Tabla Nro. 36 Pregunta N° 16 ¿Se encuentran estos Activos Fijos registrados en su Contabilidad? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 22 32% No 46 68% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 21 Activos Fijos registrados en la Contabilidad de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 32% 68% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 206 Interpretación Los Inmuebles, Maquinaria y Equipo que posea o adquiera una empresa deben ser contabilizados; es decir, registrar la operación desde su adquisición y/o compra hasta su depreciación. Según el cuadro anterior sólo el 32% de las Micro y Pequeñas Empresas tiene contabilizado sus activos en libros; mientras que el 68% de las empresas no lleva o si tiene un registro de los activos fijos, éstos no se encuentran contabilizados. 207 Tabla Nro. 37 Pregunta N° 17 ¿Es útil para su Empresa la Información Contable? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 60 88% No 8 12% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 22 Utilidad de la Información Contable para la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 12% 88% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 208 Interpretación Como se puede apreciar en el cuadro para el 88% de las Micro y Pequeñas Empresas la información contable es útil debido a que le brinda una información real de la situación financiera de la empresa así como la importancia de la misma para la toma de decisiones, y solamente para un 12% de las empresas no es de importancia dicha información ya que en muchas ocasiones les importa más el tema tributario que financiero. 209 1.3. 1.3. Régimen Tributario de la Micro y Pequeña Empresa Tabla Nro. 38 Pregunta Nº 18 ¿Qué tipo de Contribuyente es? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Persona Natural 37 54% Persona Jurídica 31 46% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 23 Tipo de Contribuyente de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Persona Natural Persona Júridica 46% 54% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 210 Interpretación Como se puede observar en el gráfico anterior, en la ciudad de Arequipa el 54% de las Micro y Pequeñas Empresas están constituidas como Persona Natural; es decir, que en su mayoría es la persona que asume a título personal todos los derechos, obligaciones y responsabilidad de la empresa respondiendo así con su propio patrimonio las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. Mientras que el 46% de las empresas están constituidas como Persona Jurídica, esto implica que es la propia empresa y no el dueño quién asume las obligaciones de la empresa. 211 Tabla Nro. 39 Pregunta Nº 19 ¿A qué tipo de sociedad pertenece su empresa? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas E.I.R.L 11 35% S.R.L 6 19% S.A 2 6% Otros 12 39% TOTAL 31 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 24 Tipo de Sociedad según Persona Jurídica de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa E.I.R.L S.R.L S.A Otros 39% 36% 19% 6% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 212 Interpretación En el cuadro como se puede apreciar el 36% de las empresas pertenecen al tipo de Sociedad de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) lo cual significa que dichas empresas están conformadas por un solo socio que generalmente es el propio dueño de la empresa. Se tiene un 39% cuya forma societaria es Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), Sociedad Civil (S.C.) entre otras. Y se tiene un 19% de las empresas que pertenecen a la forma societaria de Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) y solamente un 6% pertenecen a Sociedades Anónimas. Según la estadística se puede apreciar que en su mayoría y por lo general las micro empresas están conformadas o tienen un solo socio. 213 Tabla Nº 40 Pregunta Nº 20 ¿A qué régimen tributario pertenece su empresa? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Régimen General 22 32% Régimen Especial 30 44% Nuevo RUS 16 24% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 25 Régimen Tributario de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Régimen General Régimen Especial Nuevo RUS 24% 32% 44% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 214 Interpretación El gráfico muestra que el 32% de las Micro y Pequeñas Empresas pertenecen al Régimen General, en su mayoría se encuentran aquí las pequeñas empresas y en menor cuantía las micro empresas dependiendo el tipo de actividad que realizan. Mientras que el 44% de las empresas se encuentran bajo el Régimen Especial debido a que sus ingresos netos anuales no superan los S/.525 000.00 así también a diferencia del Régimen General no presentan Declaración Jurada Anual. Y finalmente solo un 24% de las empresas pertenece al Nuevo RUS conformado por pequeños contribuyentes y que no están obligados tributariamente a llevar libros contables. 215 Tabla Nro. 41 Pregunta Nº 21 ¿Emite con regularidad comprobantes de pago a sus clientes? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 57 84% No 0 0% Sólo cuando el cliente lo solicita 11 16% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 26 Emisión de Comprobante de Pago de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No Sólo cuando el cliente lo solicita 0% 16% 84% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 216 Interpretación Se puede apreciar en el anterior cuadro que un 84% de Micro y Pequeñas Empresas emite comprobantes de pago (Facturas, Boletas de Venta, etc.) a sus clientes, se puede concluir así que la mayoría de empresas cumple con la entrega de dichos comprobantes para evitar probablemente un cierre temporal de su local. Sin embargo el 16% de las empresas sólo emite el comprobante cuando el cliente lo solicita, puede deberse a que optan por no emitir dichos comprobantes debido a que creen que así pagarán menos impuestos a la SUNAT. 217 Tabla Nro. 42 Pregunta Nº 22 ¿Qué tipo de comprobante de pago emite? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Boleta de Venta 56 40% Factura 44 31% Ticket 0 0% Otros 41 29% TOTAL 141 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 27 Tipo de Comprobante usado en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Boleta de Venta Factura Ticket Otros 29% 40% 31% 0% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 218 Interpretación En el gráfico se puede observar que un porcentaje alto del total de las empresa (40%) emite Boleta de Venta, esto se debe a que varias empresas se encuentran registradas en el Nuevo RUS y por tanto es el único comprobante autorizado. El 31% de Micro y Pequeñas Empresas emite Factura ya que algunos clientes solicitan dicho comprobante para poder utilizar el Impuesto General a las Ventas (IGV) pagado en una operación de compra y que le permite al cliente agenciarse de efectivo. Y por último se tiene un 29% de empresas que emiten Otros Comprobantes de Pago tales como: Recibo por Honorarios, Notas de Crédito, Notas de Débito, Guías de Remisión y Liquidaciones de Compras. 219 Tabla Nro. 43 Pregunta Nº 23 ¿Paga con regularidad y puntualidad sus impuestos? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 65 96% No 3 4% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 28 Regularidad y Puntualidad del Pago de Impuestos de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 4% 96% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 220 Interpretación El pago de impuestos se refiere al cumplimiento que cualquier contribuyente tiene con las obligaciones tributarias tales como: Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto a la Renta, Declaración para Registro Único Simplificado (RUS), etc. En el gráfico se tiene que el 96% de Micro y Pequeñas Empresas paga puntualmente sus impuestos a la SUNAT, debido a que la impuntualidad de los mismos genera multas establecidas por dicha institución. Mientras que sólo el 4% no paga puntualmente sus impuestos quizás por falta de organización en la empresa y muchas por olvido del plazo de vencimiento establecido por SUNAT. 221 1.4. Régimen Laboral de la Micro y Pequeña Empresa Tabla Nro. 44 Pregunta Nº 24 ¿Su empresa se encuentra inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE)? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 31 46% No 37 54% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 29 Inscripción en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) en Arequipa Si No 54% 46% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 222 Interpretación El Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) es un registro que cuenta con un procedimiento de inscripción en web del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo , el mismo que permitirá a las micro y pequeñas empresas (MYPE), acceder a los beneficios de la Ley MYPE mediante una Constancia de Acreditación. Como se muestra en el cuadro anterior sólo un 46% de MYPES se encuentran inscritas en dicho registro, mientras que un 54% de empresas no puede acceder a los beneficios de la ley mencionada. 223 Tabla Nro. 45 Pregunta Nº 25 ¿A partir de qué fecha se encuentra inscrita su empresa en el REMYPE? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Del 2005 hasta 2009 10 32% Del 2010 hasta 2013 21 68% TOTAL 31 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 30 Fecha de Inscripción en el REMYPE en Arequipa Del 2005 hasta 2009 Del 2010 hasta 2013 32% 68% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 224 Interpretación En el gráfico se puede apreciar que hay un incremento en la inscripción de Micro y Pequeñas Empresas durante el año 2010 hasta el presente, se tiene un 68% de empresas; mientras que un 32% se encuentran inscritas las empresas del 2005 hasta el 2009. Como se muestra cada vez más empresas toman la decisión de inscribirse en dicho registro, ya que acceden a beneficios laborales que reducen costos a la empresa y que favorecen al mismo trabajador. 225 Tabla Nro. 46 Pregunta Nº 26 ¿Su empresa con cuántos trabajadores cuenta? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas De 1 hasta 10 trabajadores 53 78% De 11 trabajadores a más 15 22% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 31 Cantidad de Trabajadores que laboran en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa De 1 hasta 10 trabajadores De 11 trabajadores a más 22% 78% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 226 Interpretación Como se muestra en el anterior cuadro el 78% de empresas cuenta de 1 hasta 10 trabajadores (Micro Empresa), por tanto y de acuerdo al resultado de la presente encuesta en la ciudad de Arequipa existe en mayor proporción este tipo de empresas. Mientras que solamente un 22% de empresas cuenta con más de 10 trabajadores y que está considerada como Pequeña Empresa. 227 Tabla Nro. 47 Pregunta Nº 27 ¿Qué vínculo tienen los empleados que laboran en su empresa? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Familiar 31 46% Particular 32 47% Ambos 5 7% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 32 Vínculo de Empleados que laboran en la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Familiar Particular Ambos 7% 46% 47% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 228 Interpretación El gráfico muestra que el vínculo que tienen los empleados que laboran en las diferentes Micro y Pequeñas Empresas en nuestra ciudad no varía mucho el porcentaje entre familiar y particular. Así se tiene que un 47% de empleados son particulares, el 46% de trabajadores tienen un vínculo familiar con el dueño de la empresa y solamente el 7% de empleados tiene vínculo tanto familiar como particular en sus empresas. Por tanto se puede apreciar que hay un porcentaje considerable de empresas familiares donde el dueño emprende el negocio, y es la propia familia quién lo ayuda en las diferentes actividades que hay por realizar en la organización. 229 Tabla Nro. 48 Pregunta Nº 28 ¿Su empresa tiene a todos sus trabajadores en Planilla? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 17 25% No 51 75% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 33 Registro de Trabajadores en Planilla de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Si No 25% 75% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 230 Interpretación En la actualidad muchas empresas de nuestra ciudad y sobretodo las Micro Empresas no tienen a sus trabajadores inscritos en Planilla por el costo adicional que les genera. Como se puede apreciar el 75% de Micro y Pequeñas Empresas no tiene a sus trabajadores registrados en Planilla y por tanto, los trabajadores no pueden acceder a los beneficios como Sistema de Salud, Sistema de Pensiones, entre otros. Y solamente el 25% de empresas tiene registrados a todos sus trabajadores en Planilla, muchas de ellas han accedido al beneficio laboral de la Ley MYPE mediante su inscripción en el REMYPE . 231 Tabla Nro.49 Pregunta Nº 29 ¿Conoce los beneficios laborales especiales por estar inscrito en el REMYPE? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 31 46% No 37 54% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 34 Conocimiento de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa sobre Beneficios Laborales de estar inscrito en el REMYPE Si No 46% 54% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 232 Interpretación Como se aprecia un 54% de Micro y Pequeñas Empresas no tiene conocimiento sobre los Beneficios Laborales especiales a los que puede acceder por estar inscrito en el REMYPE. Sin embargo un 46% de las empresas está al tanto de dichos beneficios, los cuales les genera un menor costo laboral. 233 Tabla Nro. 50 Pregunta Nº 30 ¿Usted paga sus aportes patronales de acuerdo a? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Ley MYPE (SIS) 4 6% Sistema general (ESSALUD) 46 68% No Paga 18 26% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 35 Pago de Aportes Patronales de la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa Ley MYPE (SIS) Sistema general (ESSALUD) No Paga 6% 26% 68% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 234 Interpretación Los pagos patronales son aquellos aportes que realiza el empleador para con su trabajador para que acceda al Sistema de Salud. Así se tiene que un 68% de Micro y Pequeñas Empresas realiza el aporte mediante el Sistema General (ESSALUD), mientras que solamente un 6% de empresas paga de acuerdo a Ley MYPE (Seguro Integral de Salud), cuyo aporte monetario es menor al anterior mencionado. Y finalmente se tiene un 26% de empresas que no paga ningún aporte patronal y que, solamente el trabajador recibe un sueldo por la prestación de sus servicios. 235 Tabla Nro. 51 Pregunta Nº 31 ¿Usted paga sus obligaciones sociales (Gratificaciones, Vacaciones, CTS) bajo qué Régimen? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Régimen Laboral Especial 31 46% Régimen General 19 28% No Paga 18 26% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 36 Régimen usado por la Micro y Pequeña Empresa en Arequipa respecto Pago de Obligaciones Sociales Régimen Laboral Especial Régimen General No Paga 26% 46% 28% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 236 Interpretación El Pago de Obligaciones Sociales tales como: Gratificaciones, Vacaciones y CTS; es aquél que realiza el empleador y/o empresa en beneficio de sus trabajadores y que está normado por Ley. Como se observa el 46% de Micro y Pequeñas Empresas paga dichas obligaciones bajo el Régimen Laboral Especial, lo que significa que estas empresas se encuentran inscritas en el REMYPE y únicamente éstas acceden a la Ley MYPE. El 28% de empresas realiza el pago bajo Régimen General por tanto, dichas empresas pagan estas obligaciones de acuerdo a la norma general que rige para cualquier organización. 237 OTRAS PREGUNTAS SOBRE FORMALIZACIÓN Tabla Nro. 52 Pregunta Nº 32 ¿Para Usted la influencia de la Micro y Pequeña Empresa en la economía peruana es? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Muy Importante 55 81% Poco Importante 6 9% Nada Importante 7 10% TOTAL 68 90% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 37 Influencia de la Micro y Pequeña Empresa en la Economía Peruana Muy Importante Poco Importante Nada Importante 10% 9% 81% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 238 Interpretación Debido al crecimiento de la economía peruana en la actualidad ha habido un crecimiento y creación de nuevas Micro y Pequeñas Empresas, por tanto el gráfico muestra que para el 81% de empresas la influencia de las MYPES es muy importante para la economía peruana, el 9% de empresas menciona que es poco importante y un 10% de empresas opina que no es nada importante. Esto puede deberse a qué muchas empresas se ven en la obligación de formalizarse por exigencia para poder realizar transacciones con otras empresas y que no lo hacen por cuenta propia muchas veces por los diversos trámites que se requieren para la creación de nuevas empresas. 239 Tabla Nro. 53 Pregunta Nº 33 ¿Cree Usted que la informalidad es un problema latente en la economía/ sociedad Peruana? Empresas Alternativa Porcentaje Encuestadas Si 60 88% No 8 12% TOTAL 68 100% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 Figura Nº 38 Problema de La informalidad en la Economía/ Sociedad Peruana Si No 12% 88% Fuente: Elaboración Propia – Año 2013 240 Interpretación En el anterior gráfico podemos observar que el 88% de las Micro y Pequeñas Empresas indican que la informalidad es un problema latente en nuestra sociedad, mientras que el 12% de empresas opina que la informalidad no es el principal problema, por tanto para estas empresas las MYPE no influyen en la economía peruana y en la generación de empleo. 241 CAPITULO IV APLICACIÓN PRÁCTICA 242 CAPÍTULO IV APLICACIÓN PRÁCTICA Para la aplicación práctica de la presente investigación, hemos contado con el apoyo de dos microempresas pertenecientes al sector servicios. Detallaremos a continuación su Formalización, Sistema Contable, Régimen Tributario y Laboral en base a la encuesta aplicada a cada una de ellas, además dichas empresas nos han brindado algunas de sus principales operaciones (compras y ventas), activos fijos y planilla de sueldos, que nos sirven para el desarrollo práctico contable. Por motivos de confidencialidad, el nombre de la empresa será cambiado así como el de sus trabajadores. EMPRESA N° 1 Nombre de la Empresa: Empresa ABC (Microempresa) Tipo de Contribuyente: Persona Natural con Negocio Tipo de Actividad Económica: Servicios (Hotel Categoría 3 Estrellas) Tiempo de realización de la Actividad: 15 Años Local: Propio Licencia de Funcionamiento: Si Régimen Tributario: Régimen Especial de Renta (RER) REMYPE: Inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa desde el 31 de Diciembre del 2008. Cantidad de Trabajadores: 9 trabajadores (Todos se encuentran en Planilla) Pago de Aportes Patronales: Sistema General (ESSALUD) Pago de Obligaciones Sociales: Régimen Laboral Especial (Ley MYPE) Servicios del Contador: Permanente 243 Contabilidad: Completa y Manual Registros Contables: Compras Ventas Libro Diario Libro Mayor Libro Caja y Bancos Libro Inventarios y Balances Control sobre Documentos: Si Control sobre Mercaderías (Kárdex): Si Aplicación de Normas Contables NIIF y NIC para el Registro de Operaciones: Si Métodos de Control de Efectivo o Caja: Si Control sobre Activos Fijos: Si Activos Fijos registrados contablemente: Si Emisión de Comprobantes de Pago con regularidad: Si Tipo de Comprobante de Pago: Boleta de Venta Factura Paga con regularidad y puntualidad impuestos: Si 244 Todas las operaciones corresponden al mes de Marzo 2013 y fueron brindadas por la propia empresa. SALDO INICIAL EMPRESA ABC SALDO INICIAL 10 E fectivo y equivalentes de Efectivo 10,000.00 25 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 167.50 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipos 494,430.00 39 Depreciación, Amortización y Agotamiento Acumulados 24,234.17 Tributos, Contraprestaciones y Aportes al Sistema de 40 Pensiones y de Salud por Pagar 220.00 50 Capital 450,000.00 59 Resultado Acumulado 30,143.33 TOTAL 504,597.50 504,597.50 245 OPERACIONES DE COMPRA 1. Se compró víveres y diversos artículos para el servicio de alimentación que se brinda a los huéspedes. Valor de Compra S/. 1,834.29 IGV (18%) 330.17 Total S/. 2,164.46 ------------------------------ 01 ----------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 1,834.29 659 Otros Gastos de Gestión 6591 Víveres y Alimentación 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 330.17 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 2,164.46 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra de Víveres y Servicio de Alimentación ------------------------------ 02 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 1,834.29 935 Otros Gastos de Gestión 9351 Otros Gastos de Gestión 93511 Víveres y Alimentación 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 1,834.29 793 Costo de Servicio Destino Compra de Víveres y Servicio de Alimentación 246 2. La Empresa adquirió 2 colchones para uso de los huéspedes. Valor de Compra S/. 508.47 IGV (18%) 91.53 Total S/. 600.00 ------------------------------ 03 ----------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 508.47 659 Otros Gastos de Gestión 6595 Colchones 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 91.53 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 600.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra de Colchones ------------------------------ 04 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 508.47 935 Otros Gastos de Gestión 9351 Otros Gastos de Gestión 93515 Colchones 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 508.47 793 Costo de Servicio Destino Gasto de Colchones 247 3. La Empresa compró botellas de Agua Mineral para el consumo de los huéspedes. Valor de Compra S/. 90.00 IGV (18%) 16.20 Total S/. 106.20 ------------------------------ 05 ----------------------- 60 COMPRAS 90.00 603 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6032 Suministros 60324 Agua Mineral 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 16.20 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 106.20 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra Botellas Agua Mineral ------------------------------ 06 ----------------------- 25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 90.00 252 Suministros 2524 Agua Mineral 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 90.00 613 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6131 Suministros 61314 Agua Mineral Ingreso a Almacén de Botellas de Agua Mineral 248 4. La Empresa durante el mes de Marzo compró diversos útiles de escritorio. Valor de Compra S/. 150.26 IGV (18%) 27.05 Total S/. 177.31 ------------------------------ 07 ----------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 150.26 659 Otros Gastos de Gestión 6592 Útiles de Escritorio 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 27.05 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 177.31 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra de Útiles de Escritorio ------------------------------ 08 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 150.26 945 Otros Gastos de Gestión 9551 Otros Gastos de Gestión 94512 Útiles de Escritorio 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 150.26 794 Gastos de Administración Destino Compra de Útiles de Escritorio 249 5. La Empresa ABC compró diversos productos y/o accesorios de limpieza como: detergente, papel higiénico y jaboncillo. Valor de Compra S/. 479.16 IGV (18%) 86.25 Total S/. 565.41 ------------------------------ 09 ----------------------- 60 COMPRAS 479.16 603 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6032 Suministros 60321 Papel Higiénico 208.44 60322 Detergente 130.02 60323 Jaboncillo 140.70 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 86.25 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 565.41 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra Productos de Limpieza ------------------------------ 10 ----------------------- 25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 479.16 252 Suministros 2521 Papel Higiénico 208.44 2522 Detergente 130.02 2523 Jaboncillo 140.70 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 479.16 613 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6131 Suministros 61311 Papel Higiénico 208.44 61312 Detergente 130.02 61313 Jaboncillo 140.70 Ingreso a Almacén Productos Limpieza 250 6. Se compra diversos artículos como: bolsas de plásticos, vasos de tecknopor, botiquín. Valor de Compra S/. 504.58 IGV (18%) 90.82 Total S/. 595.40 ------------------------------ 11 ----------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 504.58 659 Otros Gastos de Gestión 6594 Varios TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL 40 SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 90.82 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 595.40 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra Productos Varios ------------------------------ 12 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 504.58 935 Otros Gastos de Gestión 9351 Otros Gastos de Gestión 93514 Varios 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 504.58 793 Costo de Servicio Destino Compra Productos Varios 251 7. Cuota Mensual a la Asociación de Hoteles, Restaurantes de Arequipa ( Asociación AHORA) Valor de Compra S/. 29.00 IGV (18%) 0.00 Total S/. 29.00 ------------------------------ 13 ----------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 29.00 653 Suscripciones 6531 Asociación Hoteles y Restaurantes AQP 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -TERCEROS 29.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Provisión Suscripción Cuota Mensual AHORA ------------------------------ 14 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 29.00 935 Otros Gastos de Gestión 9353 Suscripciones 93531 Asociación Hoteles y Restaurantes AQP 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 29.00 793 Costo de Servicio Destino de la Provisión Suscripción Cuota Mensual AHORA 252 8. Servicio de Telefonía Móvil correspondiente al mes de Marzo. Valor de Compra S/. 34.58 IGV (18%) 6.22 Total S/. 40.80 ------------------------------ 15 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 34.58 636 Servicios Básicos 6364 Teléfono 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 6.22 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 40.80 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Telefonía Móvil ------------------------------ 16 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 34.58 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94364 Teléfono 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 34.58 794 Gastos de Administración Destino del Gasto Servicio de Telefonía Móvil 253 9. Servicio de Telefonía Fija e Internet correspondiente al mes de Marzo. Valor de Compra S/. 98.64 IGV (18%) 17.76 Total S/. 116.40 ------------------------------ 17 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 98.64 636 Servicios Básicos 6364 Teléfono 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 17.76 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 116.40 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto de Servicio de Telefonía Fija e Internet ------------------------------ 18 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 49.32 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9336 Servicios Básicos 93364 Teléfono 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 49.32 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94364 Teléfono 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 98.64 793 Costo de Servicio 49.32 794 Gastos de Administración 49.32 Destino del Gasto Servicio de Telefonía Fija e Internet 254 10. Servicio de Luz correspondiente al mes de Marzo. Valor de Compra S/. 351.27 IGV (18%) 63.23 Total S/. 414.50 ------------------------------ 19 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 351.27 636 Servicios Básicos 6361 Energía Eléctrica 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 63.23 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 414.50 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Energía Eléctrica ------------------------------ 20 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 175.64 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9336 Servicios Básicos 93361 Energía Eléctrica 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 175.63 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94361 Energía Eléctrica 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 351.27 793 Costo de Servicio 175.64 794 Gastos de Administración 175.63 Destino del Gasto Servicio de Energía Eléctrica 255 11. Servicio de Agua correspondiente al mes de Marzo. Valor de Compra S/. 95.76 IGV (18%) 17.24 Total S/. 113.00 ------------------------------ 21 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 95.76 636 Servicios Básicos 6363 Agua 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 17.24 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 113.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Agua ------------------------------ 22 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 47.88 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9336 Servicios Básicos 93363 Agua 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 47.88 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94363 Agua 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 95.76 793 Costo de Servicio 47.88 794 Gastos de Administración 47.88 Destino del Gasto Servicio de Agua 256 12. Servicio de Movilidad Aeropuerto. Valor de Compra S/. 20.00 IGV (18%) 0.00 Total S/. 20.00 ------------------------------ 23 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 20.00 631 Transporte, Correos y Gastos de Viaje 6311 Transporte 63112 De Pasajeros 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 20.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Movilidad ------------------------------ 24 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 20.00 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9331 Transporte, Correos y Gastos de Viaje 93311 Transporte 933112 De Pasajeros 20.00 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 793 Costo de Servicio Destino del Gasto Servicio de Movilidad 257 13. Servicio de TV Cable Valor de Compra S/. 235.98 IGV (18%) 42.48 Total S/. 278.46 ------------------------------ 25 ----------------------- GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR 63 TERCEROS 235.98 636 Servicios Básicos 6367 Cable TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL 40 SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 42.48 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 278.46 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de TV por Cable ------------------------------ 26 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 235.98 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9336 Servicios Básicos 93367 Cable 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 235.98 793 Costo de Servicio Destino del Gasto Servicio de TV por Cable 258 14. Servicio de Gas. Valor de Compra S/. 286.00 IGV (18%) 51.48 Total S/. 337.48 ------------------------------ 27 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 286.00 636 Servicios Básicos 6362 Gas 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 51.48 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 37.48 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Gas ------------------------------ 28 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 286.00 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9336 Servicios Básicos 93362 Gas 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 286.00 793 Costo de Servicio Destino del Gasto Servicio de Gas 259 15. Gastos de Representación. Valor de Compra S/. 74.58 IGV (18%) 13.42 Total S/. 88.00 ------------------------------ 29 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 74.58 639 Otros Servicios Prestados por Terceros 6393 Gastos de Representación 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 13.42 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 88.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gastos de Representación ------------------------------ 30 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 74.58 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9339 Otros Servicios Prestados por Terceros 93393 Gastos de Representación 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 74.58 793 Costo de Servicio Destino de Gastos de Representación 260 16. Instalación de 01 POS Inalámbrico de Visa. Valor de Compra S/. 50.00 IGV (18%) 9.00 Total S/. 59.00 ------------------------------ 31 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 50.00 638 Servicios de Contratistas 6381 POS Inalámbrico 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 9.00 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 59.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Servicio de Instalación de 01 POS Inalámbrico ------------------------------ 32 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 50.00 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9338 Servicios de Contratistas 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 50.00 793 Costo de Servicio Destino Servicio de Instalación de 01 POS Inalámbrico 261 17. Comisión y Gastos de Visa y Mastercard. Valor de Compra S/.607.95 IGV (18%) 109.43 Total S/. 717.38 ------------------------------ 33 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 607.95 638 Servicios de Contratistas 6382 Comisión y Gastos Visa y Mastercard TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL 40 SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 109.43 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 717.38 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Comisión y Gastos de Visa y Mastercard ------------------------------ 34 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 607.95 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9338 Servicios de Contratistas 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 607.95 793 Costo de Servicio Destino Comisión y Gastos de Visa y Mastercard 262 OPERACIONES DE VENTAS La empresa realiza operaciones con personas domiciliadas y no domiciliadas del país, por tanto según la Ley del Impuesto General a las Ventas en su artículo 2 dentro de conceptos no gravados menciona que se encuentran exonerados del pago del IGV los servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en relación con la venta en el país de productos provenientes del exterior, la mayoría de operaciones no están gravadas con el Impuesto General a las Ventas (IGV) ya que los clientes en su mayoría son personas extranjeras. 1. Servicio de Hospedaje brindado a Personas Extranjeras en el mes de Marzo 2013 por un valor de S/. 26 628.89. Valor de Venta S/.26 628.89 IGV (18%) 0.00 Total S/. 26 628.89 ------------------------------ 01 ----------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 26,628.89 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas 70 VENTAS 26,628.89 704 Prestación de Servicios 7041 Terceros Servicio de Hospedaje de Personas Extranjeras correspondiente al mes de Marzo. 263 2. Servicio de Hospedaje brindado a Turistas Nacionales en el mes de Marzo 2013 por un valor de S/. 10 331.78 Valor de Venta S/.8 755.74 IGV (18%) 1 576.04 Total S/. 10 331.78 ------------------------------ 03 ----------------------- CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – 12 TERCEROS 10,331.78 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL 40 SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 1,576.04 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 70 VENTAS 8,755.74 704 Prestación de Servicios 7041 Terceros Servicio de Hospedaje de Turistas Nacionales correspondiente al mes de Marzo. 264 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS KARDE X FÍSICO VA LORADO DE EXISTEN CIAS Artículo: Papel Higiénico Código: Cuenta: 252 1 Unida d: Pz a. ENTRADAS SALIDAS SALDOS FECHA DETALLE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE 01-mar Compra 278 0.7498 208.44 278 0.7498 208.44 08-mar Consumo 12 0.7498 9.00 266 0.7498 199.45 15-mar Consumo 10 0.7498 7.50 256 0.7498 191.95 23-mar Consumo 14 0.7498 10.50 242 0.7498 181.45 29-mar Consumo 9 0.7498 6.75 233 0.7498 174.70 31-mar Consumo 17 0.7498 12.75 216 0.7498 157.70 TOTALES 278 208.44 62 46.49 265 Artículo: Detergente Código: Cuenta: 252 2 Unida d: Pz a. ENTRADAS SALIDAS SALDOS FECHA DETALLE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE 01-mar Compra 5 26.00 130.02 5 26.00 130.02 20-mar Consumo 1 26.00 26.00 4 26.00 104.00 29-mar Consumo 1 26.00 26.00 3 26.00 78.00 TOTALES 5 130.02 1 52.00 A rtículo: Jaboncillo Código: Cuenta: 252 3 Unida d: Pz a. ENTRADAS SALIDAS SALDOS FECHA DETALLE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE 01-mar Compra 570 0.25 140.70 570 0.25 140.70 05-mar Consumo 20 0.25 4.94 550 0.25 135.76 08-mar Consumo 12 0.25 2.96 538 0.25 132.80 14-mar Consumo 15 0.25 3.70 523 0.25 129.10 20-mar Consumo 8 0.25 1.97 515 0.25 127.12 24-mar Consumo 11 0.25 2.72 504 0.25 124.41 29-mar Consumo 5 0.25 1.23 499 0.25 123.17 TOTALES 570 140.70 16 17.53 266 Artículo: Agua Mineral Código: Cuenta: 252 4 Unida d: Pz a. ENTRADAS SALIDAS SALDOS FECHA DETALLE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE CANT. P.U. IMPORTE 06-mar Saldo Inicial 7 0.90 6.30 09-mar Compra 100 0.90 90.00 107 0.90 96.30 11-mar Consumo 10 0.90 9.00 97 0.90 87.30 16-mar Consumo 29 0.90 26.10 68 0.90 61.20 23-mar Consumo 37 0.90 33.30 31 0.90 27.90 27-mar Consumo 23 0.90 20.70 8 0.90 7.20 30-mar Consumo 4 0.90 3.60 4 0.90 3.60 TOTALES 100 90.00 103 92.70 267 EMPRESA ABC 268 PLANILLA DE REMUNERACIONES MARZO 2013 A portes del Retenciones Empleador Cód Cargo u Sueldo Asig. Total AFP Trab. Ocupación Básico Fam. Bruto I. Renta ONP Total Neto a Essalud Total 5ta (13%) Aporte Prima Comisión Retención Pagar 9% Categoría Oblig. Seguros Variable 1 Recepcionista 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 2 Recepcionista 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 3 Recepcionista 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 4 Cafetería 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 5 Lavandería 850.00 N/A 850.00 85.00 11.05 13.60 109.65 109.65 740.35 76.50 6 Limpieza 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 7 Limpieza 850.00 N/A 850.00 110.50 110.50 739.50 76.50 8 Contador 1,500.00 N/A 1,500.00 195.00 195.00 1,305.00 135.00 9 Gerente General 3,500.00 N/A 3,500.00 350.00 48.30 64.75 463.05 201.25 664.30 2,835.70 315.00 TOTALES 10,950.00 10,950.00 858.00 435.00 59.35 78.35 572.70 201.25 1,631.95 9,318.05 985.50 Aporte Prima de Comisión AFP Obligatorio Seguros Variable AFP Prima 10% 1.30% 1.60% AFP Horizonte 10% 1.38% 1.85% 269 LIBRO DIARIO GENERAL ------------------------------ 01 ----------------------- 10 Efectivo y equivalentes de Efectivo 10,000.00 25 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 167.50 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipos 494,430.00 39 Depreciación, Amortización y Agotamiento Acumulados 24,234.17 40 Tributos, Contraprestaciones y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud por Pagar 220.00 50 Capital 450,000.00 59 Resultados Acumulados 30,143.33 Apertura Saldo Inicial Enero 2013 ------------------------------ 02 ----------------------- 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 92.70 613 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6131 Suministros 61314 Agua Mineral 25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 92.70 252 Suministros 2524 Agua Mineral Consumo de Botellas Agua Mineral ------------------------------ 03 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 92.70 930 Compras 9301 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 93011 Suministros 930114 Agua Mineral 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 92.70 793 Costo de Servicio Destino Consumo de Botellas Agua Mineral ------------------------------ 04 ----------------------- 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 116.02 613 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 6131 Suministros 61311 Papel Higiénico 46.49 61312 Detergente 52.00 61313 Jaboncillo 17.53 25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 116.02 270 252 Suministros 2521 Papel Higiénico 46.49 2522 Detergente 52.00 2523 Jaboncillo 17.53 Consumo de Productos Limpieza ------------------------------ 05 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 116.02 930 Compras 9301 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 93011 Suministros 930111 Papel Higiénico 46.49 930112 Detergente 52.00 930113 Jaboncillo 17.53 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 116.02 793 Costo de Servicio Destino Consumo Productos de Limpieza ------------------------------ 06 ----------------------- 68 VALUACIÓN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES 6,920.25 681 Depreciación 6814 Depreciación de Inmuebles,Maquinaria y Equipo 68141 Edificaciones 5,625.00 68144 Muebles y Enseres 926.25 68145 Equipos Diversos 369.00 39 DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS 6,920.25 391 Depreciación Acumulada 3913 Depreciación de Inmuebles,Maquinaria y Equipo 39131 Edificaciones 5,625.00 39134 Muebles y Enseres 926.25 39135 Equipos Diversos 369.00 Depreciación Acumulada Marzo 2013 ------------------------------ 07 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 6,920.25 948 Valuación y Deterioro de Activos y Provisiones 9481 Depreciación 94811 Edificaciones 5,625.00 94814 Muebles y Enseres 926.25 94815 Equipos Diversos 369.00 79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 6,920.25 794 Gastos de Administración Destino Depreciación Acumulada Marzo 2013 271 ------------------------------ 08 ----------------------- 62 Gastos de Personal ,Directores y Gerentes 11,935.50 621 Remuneraciones 6211 Sueldos y Salarios 10,950.00 627 Seguridad y Previsión Social 6271 Régimen de Prestaciones de Salud 985.50 40 Tributos, Contraprestaciones y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud por Pagar 2,617.45 4017 Impuesto a la Renta 201.25 40173 Renta de Quinta Categoría 403 Instituciones Públicas 4031 Essalud 985.50 4032 ONP 858.00 407 Administradora de Fondos de Pensiones 4071 AFP Prima 109.65 4072 AFP Horizonte 463.05 41 Remuneraciones y Participaciones por Pagar 9,318.05 411 Remuneraciones por Pagar 4111 Sueldos y Salarios por Pagar Planilla de Sueldos Mes Marzo 2013 ------------------------------ 09 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 3,706.00 932 Gastos de Personal ,Directores y Gerentes 9321 Remuneraciones 93211 Sueldos y Salarios 932111 Sueldos 3,400.00 93271 Régimen de Prestaciones de Salud 932711 Essalud 306.00 94 Gastos de Administración 8,229.50 941 Gastos de Personal 9411 Remuneraciones 94111 Sueldos y Salarios 941111 Sueldos 7,550.00 9417 Seguridad y Previsión Social 94171 Régimen de Prestaciones de Salud 941711 Essalud 679.50 79 Cargas Imputables a Cuenta de Costos 11,935.50 793 Costo de Servicio 3,706.00 794 Gastos de Administración 8,229.50 Destino Planilla de Sueldos Mes Marzo 2013 272 LIBRO CAJA Y BANCOS ------------------------------ 01 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 2,164.46 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 2,164.46 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago Compra de Víveres y Alimentación ------------------------------ 02 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 600.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 600.00 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago Compra de Colchones ------------------------------ 03 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 106.20 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 106.20 101 Caja Pago de Compra de Agua Mineral ------------------------------ 04 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 177.31 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 177.31 101 Caja Pago de Compra de Útiles de Escritorio ------------------------------ 05 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 565.41 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 565.41 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago de Compra de Accesorios de Limpieza 273 ------------------------------ 06 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 595.40 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 595.40 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago de Compra de Productos Varios ------------------------------ 07 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 29.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 29.00 101 Caja Pago de Suscripción Cuota Mensual ------------------------------ 08 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 40.80 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 40.80 101 Caja Pago de Servicio de Telefonía Móvil ------------------------------ 09 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 116.40 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 116.40 101 Caja Pago de Servicio de Telefonía Fija e Internet ------------------------------ 10 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 414.50 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 414.50 101 Caja Pago de Servicio de Energía Eléctrica ------------------------------ 11 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 113.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 113.00 274 101 Caja Pago de Servicio de Agua ------------------------------ 12 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 20.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 20.00 101 Caja Pago de Servicio de Movilidad ------------------------------ 13 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 278.46 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 278.46 101 Caja Pago de Servicio de TV por Cable ------------------------------ 14 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 337.48 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 337.48 101 Caja Pago de Servicio de Gas ------------------------------ 15 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 88.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 88.00 101 Caja Pago de Gastos de Representación ------------------------------ 16 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 59.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 59.00 101 Caja Pago de Instalación de 01 POS Inalámbrico ------------------------------ 17 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 717.38 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 275 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 717.38 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago Comisión de Visa y Mastercard ------------------------------ 18 ----------------------- 10 Efectivo y Equivalentes de Efectivo 26,628.89 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 26,628.89 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas Por el ingreso a Caja del Servicio de Hospedaje ------------------------------ 19 ----------------------- 10 Efectivo y Equivalentes de Efectivo 10,331.78 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 10,331.78 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas Por el ingreso a Caja del Servicio de Hospedaje ------------------------------ 20 ----------------------- 41 Remuneraciones y Participaciones por Pagar 9,318.05 411 Remuneraciones por Pagar 4111 Sueldos y Salarios por Pagar 10 Efectivo y Equivalentes de Efectivo 9,318.05 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Banco de Crédito MN Pago Planilla de Sueldos Mes de Marzo 2013 276 LIBRO MAYOR 10 12 25 Efectivo y Equivalentes Ctas. Por Cobrar Mat. Auxiliares, de Efectivo Comerciales Suministros y Terceros Repuestos 10,000.00 2,164.46 26,628.89 26,628.89 167.50 92.70 26,628.89 600.00 10,331.78 10,331.78 90.00 116.02 10,331.78 106.20 479.16 177.31 565.41 595.40 36,960.67 36,960.67 736.66 208.72 29.00 40.80 116.40 414.50 113.00 20.00 278.46 337.48 88.00 59.00 717.38 9,318.05 46,960.67 15,740.85 39 41 33 Depreciación, Remuneraciones y Inmuebles, Maquinaria Amortización y Participaciones por y Equipos Agotamiento Pagar Acumulados 494,430.00 24,234.17 9,318.05 9,318.05 6,920.25 494,430.00 - - 31,154.42 9,318.05 9,318.05 277 40 42 Tributos,Contrap. y Ctas. Por Pagar 50 Aportes al Sis. Comerciales Capital De Pensiones y de Terceros Salud por Pagar 330.17 220.00 2,164.46 2,164.46 450,000.00 91.53 1,576.04 600.00 600.00 16.20 2,617.45 106.20 106.20 27.05 177.31 177.31 - 450,000.00 86.25 565.41 565.41 90.82 595.40 595.40 6.22 29.00 29.00 17.76 40.80 40.80 63.23 116.40 116.40 17.24 414.50 414.50 42.48 113.00 113.00 51.48 20.00 20.00 13.42 278.46 278.46 9.00 337.48 337.48 109.43 88.00 88.00 972.28 4,413.49 59.00 59.00 717.38 717.38 6,422.80 6,422.80 59 61 Resultados 60 Variación de Acumulados Compras Existencias 30,143.33 90.00 92.70 90.00 479.16 116.02 479.16 - 30,143.33 569.16 - 208.72 569.16 278 62 63 65 Gastos de Personal, Gastos de Servicios Otros Gastos de Directores y Prestados por Gestión Gerentes Terceros 11,935.50 34.58 1,834.29 98.64 508.47 351.27 150.26 11,935.50 - 95.76 504.58 20.00 29.00 235.98 286.00 3,026.60 - 74.58 50.00 607.95 1,854.76 - 68 Valuación y 70 79 Deterioro de Activos Ventas Cargas Imputables a y Provisiones Cta. de Costos 6,920.25 26,628.89 1,834.29 8,755.74 508.47 150.26 6,920.25 - - 35,384.63 504.58 29.00 34.58 98.64 351.27 95.76 20.00 235.98 286.00 74.58 50.00 607.95 92.70 116.02 6,920.25 11,935.50 - 23,945.83 279 93 94 Costo de Servicio Gastos de Administración 1,834.29 150.26 508.47 34.58 504.58 49.32 29.00 175.63 49.32 47.88 175.64 6,920.25 47.88 8,229.50 20.00 15,607.42 - 235.98 286.00 74.58 50.00 607.95 92.70 116.02 3,706.00 8,338.41 - 280 BALANCE DE COMPROBACIÓN AL MES DE MARZO 2013 SUMAS DEL MAYOR SALD OS INVENT ARIO NATUR ALEZA FUNC IÓN CTA. NOMENCLATURA DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR ACTIVO PASIVO PERDIDAS GANANCIAS PERDIDAS GANANCIAS 10 Efectivo y equivalentes de Efectivo 46,960.67 15,740.85 31,219.82 31,219.82 12 Cuentas por Cobrar Comerciales - Terceros 36,960.67 36,960.67 25 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 736.66 208.72 527.94 527.94 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipo 494,430.00 494,430.00 494,430.00 Depreciación, Amortización y Agotamiento 39 Acumulados 31,154.42 31,154.42 31,154.42 40 Tributos, Contraprestaciones y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud por Pagar 972.28 4,413.49 3,441.21 3,441.21 41 Remuneraciones y Participaciones por Pagar 9,318.05 9,318.05 42 Cuentas por Pagar Comerciales - Terceros 6,422.80 6,422.80 50 Capital 450,000.00 450,000.00 450,000.00 59 Resultados Acumulados 30,143.33 30,143.33 30,143.33 60 Compras 569.16 569.16 569.16 61 Variación de Existencias 208.72 569.16 360.44 360.44 62 Gastos de Personal, Directores y Gerentes 11,935.50 11,935.50 11,935.50 63 Gastos de Servicios prestados por Terceros 1,854.76 1,854.76 1,854.76 65 Otros Gastos de Gestión 3,026.60 3,026.60 3,026.60 68 Valuación y Deterioro de Activos y Provisiones 6,920.25 6,920.25 6,920.25 70 Ventas 35,384.63 35,384.63 35,384.63 35,384.63 79 Cargas Imputables a cuenta de Costos 23,945.83 23,945.83 93 Costo de Servicio 8,338.41 8,338.41 8,338.41 94 Gastos de Administración 15,607.42 15,607.42 15,607.42 281 SUMA TOTAL 644,261.95 644,261.95 574,429.86 574,429.86 526,177.76 514,738.96 24,306.27 35,745.07 23,945.83 35,384.63 RESULTADO DEL EJERCICIO 11,438.80 11,438.80 11,438.80 TOTALES 526,177.76 526,177.76 35,745.07 35,745.07 35,384.63 35,384.63 282 EMPRESA ABC ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA Al 31 de Marzo de 2013 (Expresado en Nuevos Soles) ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO ACTIVO CO RRIENTE PAS IVO T ributos, Contraprestaciones y Aportes al Efectivo o Equivalente Efectivo 31,219.82 Sistema de Pens. y de Salud por Pagar 3,441.21 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 527.94 Total del Activo Corriente 31,747.76 Total Pasivo 3,441.21 ACTIVO NO CORRIENTE PATRIMONIO I nmuebles, Maquinaria y Equipo 494,430.00 Capital 450,000.00 Depreciación y Amortización acumulada (31,154.42) Resultado del Ejercicio 11,438.80 Resultados Acumulados 30,143.33 Total Activo No Corriente 463,275.58 Total Patrimonio 491,582.13 TOTAL ACTIVO 495,023.34 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 495,023.34 283 EMPRESA ABC ESTADO DE RESULTADOS POR FUNCIÓN Al 31 de Marzo del 2013 (Expresado en Nuevos Soles) Ventas Netas 35,384.63 Costo de Servicio (8,338.41) UTILIDAD BRUTA 27,046.22 GASTOS DE OPERACIÓN Gastos de Administración (15,607.42) RESULTADO DE OPERACIÓN 11,438.80 RESULTADO DEL EJERCICIO 11,438.80 284 EMPRESA ABC ESTADO DE RESULTADOS POR NATURALEZA Al 31 de Marzo de 2013 (Expresado en Nuevos Soles) Ventas Netas 35,384.63 Compras (569.16) 34,815.47 Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos 360.44 Servicios Prestados por Terceros (1,854.76) VALOR AGREGADO 33,321.15 Cargas de Personal (11,935.50) EXCEDENTE BRUTO DE EXPLOTACIÓN 21,385.65 Otros Gastos de Gestión (3,026.60) Provisiones del Ejercicio (6,920.25) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 11,438.80 RESULTADO DEL EJERCICIO 11,438.80 285 PRINCIPALES RATIOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA ABC 1. ÍNDICE DE LIQUIDEZ Liquidez General = Activo Corriente Pasivo Corriente Liquidez Gene ral = 31,74 7.76 3,441.21 L iquidez Gene ral = 9.225 7549 2. ÍNDICES DE SOLVENCIA O ENDEUDAMIENTO Grado de Endeudamiento = Pasivo Total *100 Activo Total G rado de Endeudamiento = 3,441. 21*100 495,023.34 G rado de Ende udamiento = 0.695 1612 Grado de Propiedad = Patrimonio Total *100 Activo Total Grado de Prop iedad = 491,582.13 495,023.34 Grado de Prop iedad = 0.9930484 286 3. ÍNDICES DE RENTABILIDAD Rentabilidad sobre Ventas Rentabilidad sobre Ventas = Utilidad Neta Ventas Netas R entabilidad sobre Ventas = 11,4 38.80 35,384.63 Rentabilidad Sobre Ventas = 32.33% Significa que la empresa gana el equivalente a la tercera parte de las ventas. 287 EMPRESA N° 2 Nombre de la Empresa: Empresa XYZ (Microempresa) Tipo de Contribuyente: Persona Jurídica Tipo de Actividad Económica: Servicios (Reparación y Mantenimiento de Máquinas) Tiempo de realización de la Actividad: 6 Años Local: Alquilado Licencia de Funcionamiento: No Régimen Tributario: Régimen Especial Cantidad de Trabajadores: 5 trabajadores (Ninguno en Planilla) Pago de Aportes Patronales: No Paga Pago de Obligaciones Sociales: No Paga Servicios del Contador: No Tiene Contabilidad: Simplificada – Manual Registros Contables: Compras Ventas Control sobre Documentos: Si Control sobre Mercaderías (Kárdex): No Aplicación de Normas Contables NIIF y NIC para el Registro de Operaciones: No Métodos de Control de Efectivo o Caja: No Control sobre Activos Fijos: No Activos Fijos registrados contablemente: No Emisión de Comprobantes de Pago con regularidad: Si Tipo de Comprobante de Pago: Factura Guía de Remisión Pago con regularidad y puntualidad impuestos: Si 288 Todas las operaciones corresponden al mes de Abril 2013 y fueron brindadas por la propia empresa. Cabe mencionar que dicha empresa sólo lleva los Libros señalados por SUNAT por tanto, para dicha aplicación práctica únicamente contabilizaremos operaciones de compras y ventas. OPERACIONES DE COMPRA 1. La Empresa compró diversos útiles de Escritorio. Valor de Compra S/.33.90 IGV (18%) 6.10 Total S/. 40.00 ------------------------------ 01 ---- ------------------- 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 33.90 659 Otros Gastos de Gestión 6592 Útiles de Escritorio 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 6.10 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 40.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Compra de Útiles de Escritorio ------------------------------ 02 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 33.90 945 Otros Gastos de Gestión 9551 Otros Gastos de Gestión 94512 Útiles de Escritorio 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 33.90 794 Gastos de Administración Destino Compra de Útiles de Escritorio ------------------------------ 03 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 40.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 289 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 40.00 101 Caja Pago Compra de Útiles de Escritorio 2. Servicio de Luz Valor de Compra S/.20.00 IGV (18%) 3.60 Total S/. 23.60 ------------------------------ 04 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 20.00 636 Servicios Básicos 6361 Energía Eléctrica TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES 40 AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR 3.60 PAGAR 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 23.60 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Energía Eléctrica ------------------------------ 05 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 20.00 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94361 Energía Eléctrica 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 20.00 794 Gastos de Administración Destino Gasto Servicio de Energía Eléctrica ------------------------------ 06 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 23.60 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 23.60 101 Caja Pago de Servicio de Energía Eléctrica 290 3. Servicio de Agua Mes Abril 2013. Valor de Compra S/.3.47 IGV (18%) 0.63 Total S/. 4.10 ------------------------------ 07 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 3.47 636 Servicios Básicos 6363 Agua 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL 0.63 SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 4.10 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Agua ------------------------------ 08 ----------------------- 94 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 3.47 943 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9436 Servicios Básicos 94363 Agua 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 3.47 794 Gastos de Administración Destino del Gasto Servicio de Agua ------------------------------ 09 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 4.10 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 4.10 101 Caja Pago Servicio de Agua 291 4. Alquiler de Oficina para uso como almacén de repuestos. Valor de Compra S/.890.00 IGV (18%) 0.00 Total S/. 890.00 ------------------------------ 10 ----------------------- 63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 890.00 635 Alquileres 6357 Oficina 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 890.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas Gasto Servicio de Alquiler de Oficina ------------------------------ 05 ----------------------- 93 COSTO DE SERVICIO 890.00 933 Gastos de Servicios Prestados por Terceros 9335 Alquileres 93357 Oficina 79 CARGAS IMPUTABLES A CTA. DE COSTOS 890.00 794 Gastos de Administración Destino Gasto Servicio de Alquiler de Oficina ------------------------------ 06 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –TERCEROS 890.00 421 Facturas, Boletas y otros Comprobantes por Pagar 4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 890.00 101 Caja Pago de Servicio de Alquiler de Oficina 292 OPERACIONES DE VENTA 1. La Empresa presta servicios de Soporte Técnico por un monto de S/. 13 358.78 Valor de Venta S/.11 321.00 IGV (18%) 2 037.78 Total S/. 13 358.78 Detracción por Servicio Prestado 9% : S/. 1 202.00 ------------------------------ 01 ----------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 13,358.78 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE 40 SALUD POR PAGAR 2,037.78 401 Gobierno Central 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta Propia 70 VENTAS 11,321.00 704 Prestación de Servicios 7041 Terceros Servicio de Soporte Técnico correspondiente al mes de Abril. ------------------------------ 02 ----------------------- 10 Efectivo y Equivalentes de Efectivo 12,156.78 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Cuentas Corrientes Operativas 10411 Banco de Crédito Soles 10 Efectivo y Equivalentes de Efectivo 1,202.00 104 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 1041 Cuentas Corrientes Operativas 10412 Banco de la Nación CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – 12 TERCEROS 13,358.78 121 Facturas, Boletas y Otros Comprobantes por Cobrar 1212 Emitidas Por el ingreso a Caja del Servicio de Soporte Técnico. 293 GASTOS INHERENTES AL SERVICIO (DECLARADOS Y NO DECLARADOS) Gastos de Alquiler (declarado): S/.890.00 Gastos de Personal (atribuidos): S/. 6 750.00 La empresa cuenta con 5 trabajadores que no están en Planilla. Gastos Servicio Telefónico (atribuidos): S/. 350.00 Movilidad: S/. 1 000.00 EMPRESA XYZ E.I.R.L. ESTADO DE RESULTADOS POR FU NCIÓN Del 01 al 30 de Abril del 2013 (Expresado en Nuevos Soles) Ventas Netas 11,321.00 Costo de Servicio -6,750.00 UTILIDAD BRUTA 3,681.00 GASTOS DE OPERACIÓN Gastos de Administración -947.37 Gastos de Ventas -1,350.00 RESULTADO DE OPERACIÓN 1,383.63 RESULTADO DEL EJERCICIO 1,383.63 294 RATIOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA XYZ Como la empresa no presenta los estados financieros sólo se puede determinar ratios relacionados con las ventas y la rentabilidad. En este caso estamos calculando la Rentabilidad sobre Ventas. 1. ÍNDICE DE RENTABILIDAD Rentabilidad sobre Ventas Rentabilidad sobre Ventas = Utilidad Neta Ventas Netas Rentabilidad sobre Ventas = 1,383.63 11,321.00 Rentabilidad sobre Ventas = 12.22% Significa que la empresa informal, reconstruyendo su información real, gana un poco más del 10% de sus ventas. Al no llevar la contabilidad completa realmente no conoce cuáles son sus resultados. 295 COMENTARIOS APLICACIÓN PRÁCTICA Después de haber analizado la aplicación práctica de las dos Empresas de Servicios, tenemos algunos comentarios: 1) La Empresa ABC lleva un mejor control interno y contable que la Empresa XYZ, puesto que la primera no solamente lleva los Libros Contables exigidos por SUNAT sino que para un mejor funcionamiento y desempeño de la Empresa en el aspecto contable y financiero opta por llevar todos los Registros Contables. 2) Ambas empresas se encuentran en el Régimen Especial, por tanto al finalizar el año no están obligados a realizar la Declaración Jurada Anual de Renta. 3) La primera empresa tiene registrado a todos sus trabajadores en Planilla y se encuentra inscrita en el REMYPE, mientras que la segunda tiene trabajadores pero por falta de conocimiento de los beneficios laborales a los que podría acceder no se encuentra registrada. 4) La Empresa ABC por llevar contabilidad completa tiene la capacidad de poder conocer con detalle y exactitud sus movimientos (ingresos, gastos), ya que no solamente tiene un registro de Compras y Ventas. 5) La segunda empresa maneja diversos repuestos por el servicio que presta; sin embargo, no lleva un Kárdex Físico Valorado para un mejor control de sus inventarios, por tanto no conoce la cantidad exacta ni el valor monetario de dichos repuestos. Mientras que la primera empresa si lleva el control de sus inventarios. 6) La primera empresa mes a mes genera sus Estados Financieros, con lo cual tiene la capacidad de conocer su real situación financiera para la toma de decisiones futuras. La segunda empresa debido a que no lleva contabilidad completa no emite Estados Financieros por consiguiente no conoce su realidad financiera y contable, y probablemente no tome decisiones correctas. 296 CONCLUSIONES PRIMERO: En el ámbito de la investigación se evaluó la formalización en diez distritos de la Provincia de Arequipa encontrando 37% del rubro compra- venta de bienes, 34% del rubro servicios, 28% del rubro industria y otros 1%. Más de la mitad tiene vigencia de hasta 10 años. (Tablas: 1, 22 ,23). SEGUNDO: De las empresas investigadas el 75% tienen RUC. El 88% tienen Licencia de Funcionamiento. El 62% lleva Contabilidad Simplificada. Sólo el 27% lleva Contabilidad Computarizada. Sólo el 12% aplica las normas contables NIC Y NIIF. El 88% considera que la información contable es útil para la empresa. El 44% pertenece al Régimen Especial (RER) y el 32% al Régimen General. Alrededor de 70% entregan entre Facturas y Boletas de Venta. El 78% tiene hasta 10 trabajadores. Sólo el 25% tiene a sus trabajadores en Planilla. El 81% considera que la Micro y Pequeña Empresa es muy importante para la economía peruana. (Tablas: 25, 27, 29,30,34,38,41,43,47,49,53) TERCERO: Evaluando la rentabilidad de las empresas formales e informales según los casos presentados, se puede afirmar los beneficios obtenidos en la rentabilidad de las formales. En la Empresa ABC arroja un ratio del 32.33% y en la Empresa XYZ el ratio es de 12.22%. Este es el principal beneficio de ser una empresa formal. 297 RECOMENDACIONES PRIMERO Se recomienda al Estado, promover mediante capacitaciones, charlas y promociones publicitarias los pasos a seguir para el registro de formalización de las empresas, simplificar los diversos trámites para el ahorro de tiempo y gastos que genera la formalidad y dar a conocer los beneficios de ser una empresa formal. Se recomienda a las empresas formalizarse debido a las ventajas que pueden obtener frente a las informales como por ejemplo, realizar transacciones con el Estado así como con empresas formales. SEGUNDO Se recomienda a las micro y pequeñas empresas de acuerdo al movimiento de sus operaciones y a sus ingresos, contratar los servicios del contador de forma permanente, contar con un Software Contable para facilitar el registro de operaciones, llevar los Libros Contables (Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Caja y Bancos, Inventarios y Balances y Registro de Activos Fijos) no sólo los que exige SUNAT de acuerdo a su régimen tributario , aplicar Normas Contables (NIC Y NIIF). TERCERO Se recomienda a las empresas informales formalizarse debido a los beneficios que se pueden obtener aplicando un buen manejo empresarial mediante el cual puedan conocer su real situación financiera. 298 BIBLIOGRAFÍA 1) LEY Nº 28015 (JULIO 2003) - Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. 2) DECRETO LEGISLATIVO Nº 1086 (JUNIO 2008) - Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización, y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (Nuevo marco normativo). 3) LEY Nº 29271 (OCTUBRE 2008) - Transferencia de funciones y competencias sobre MYPE del MTPE a Produce. 4) LEY Nº 26887 - Ley General de Sociedades 5) LEY N° 30056 - Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial”. 6) Ley del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 179 – 2004 – EF (MARZO 2007) 7) Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 122 – 94- EF 8) DECRETO LEY Nº 21621 - Ley que Norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. 9) SÁNCHEZ BARRAZA , BERNARDO – “Las Mype en el Perú. Su importancia y Propuesta Tributaria” 10) ZEBALLOS V. EMILIO - “Obstáculos al Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en América Latina” – Año 2006 11) VILLARAN, F – “Las Pymes en la estructura empresarial peruana” – Año 2000 12) GARCÍA QUISOPE, JOSÉ LUIS – “Niif para Pymes”- Perú Año 2012 13) CABALLERO BUSTAMANTE – “MYPES: Micro y Pequeñas Empresas – Práctico de Estudio. – Año 2013 299 14) REVISTA ACTUALIDAD EMPRESARIAL PRIMERA QUINCENA MAYO 2012 – “Régimen Laboral de las Mypes”. 15) INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE 2012 – “Manual de la Micro y Pequeña Empresa MYPE” 16) MUÑOZ ARRÓSPIDE , JOSÉ LUIS – “Abordando a la EIRL” – Año 2012 17) RUBINA CARBAJARL EDUARDO - “Auditoría Operativa”- Año 2011 18) GARCÍA QUISPE JOSÉ LUIS – “Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para PYMES) – Año 2012 19) APAZA MEZA, MARIO – “Análisis de las NIIF para PYMES y Casos Prácticos aplicando el PCGE” – Año 2012. 20) Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – Ministerio de la Producción (CODEMYPE) – “Estadísticas de la Micro y Pequeña Empresa 2010” 21) MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN – “MYPE 2011 – Estadísticas de la Micro y Pequeña Empresa”. 22) INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA (INEI) – “Encuesta de la Micro y Pequeña Empresa Año 2012” - Lima, Febrero 2013 23) INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA (INEI) – “Resultados de Encuesta de la Micro y Pequeña Empresa Año 2011” - Lima, Agosto 2012 Páginas Web: 24) Comunidad Mype de la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) 25) Web del Empresario Mype (CRECEMYPE) www.crecemype.pe 300 26) http://www.esan.edu.pe/paginas/publicaciones/cuadernos/20/Zevallos.pd 27) http://www.slideshare.net/orvy/mografia-de-las-mypes 28) http://mype.sunat.gob.pe/ 29) http://mype.sunat.gob.pe/images/imagenes/contenido/folletos/cartilla_for malizacion.pdf 30) http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=cat egory&layout=blog&id=107&Itemid=178 31) http://mype.sunat.gob.pe/images/imagenes/contenido/folletos/folleto_regt ributarios_comunidadmype.pdf 32) http://www.eumed.net/libros-gratis/2011e/1079/ 33) http://www.monografias.com/trabajos39/micro-empresas/micro- empresas.shtml 34) http://www.slideshare.net/yulithespinosa/clasificacion-de-las-empresas- 14007055 35) http://mass.pe/noticias/2012/07/en-que-contexto-se-encuentran-las- mype-en-el-peru 36) http://mass.pe/noticias/2012/04/las-mype-peruanas-en-numeros 37) http://alanemiliomatosbarzola.wordpress.com/2011/06/23/resolucion-del- consejo-normativo-de-contabilidad-047-2011-ef30-dispone-oficializar-nuevas- niif-vigentes-a-partir-del-01-de-enero-2012/alan-emilio-matos-barzola- resolucion-047-2011-ef-30/ 38) http://www.rea-peru.com/boletines/2010/boletin_082010/tabla.pdf 39) http://www.larepublica.pe/25-01-2013/en-el-pais-hay-2-millones-de- mypes-informales-que-no-aprovechan-el-crecimiento 40) http://www.asesorempresarial.com/web/novedad.php?id=10647 41) http://www.rpp.com.pe/2013-04-11-cofide-estima-que-existen-3-5- millones-de-mypes-en-el-peru-noticia_584566.html 42) http://www.rpp.com.pe/2013-03-06-ley-mype-no-formalizo-a-mypes-que- se-esperaba-noticia_573470.html 301 43) http://www.rpp.com.pe/2012-05-18-ciento-cincuenta-mil-mypes-son- informales-en-arequipa-noticia_483502.html 302 ANEXOS 303 ANEXO N° 1 ENCUESTA APLICADA A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA 304 UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA No Tiene 8. ¿Su Empresa lleva Contabilidad Completa o Facultad de Ciencias Contables y Financieras Simplificada? Encuesta sobre Sistema Contable, Régimen Contabilidad Completa Tributario y Laboral para la Formalización de Contabilidad Simplificada una Micro y Pequeña Empresa 9. ¿Su Empresa lleva Contabilidad Manual o 1. ¿Qué tipo de Actividad Económica realiza su Empresa? Computarizada? Compra – Venta de Bienes Contabilidad Manual Servicios Contabilidad Computarizada Industria 10. ¿Qué Registros Contables utiliza? Otros (Especificar) Registro de Compras ________________________________ Registro de Ventas 2. ¿Aproximadamente por cuánto tiempo viene realizando esta actividad? Libro Diario ___________________________________________ Libro Mayor 3. ¿El local donde funciona y realiza sus actividades es? Libro Diario Formato Simplificado Propio Libro Caja y Bancos Alquilado Libro Inventarios y Balances Anticresis Otros Otro (Especificar) 11. ¿Tiene un Control sobre documentos como: Facturas, Boletas de Ventas, Contratos, etc.? __________________________________ 4. ¿Su Empresa tiene RUC? SI SI NO 12. ¿Utiliza Kardex para el Control de sus Mercaderías? NO 5. ¿Su Empresa pertenece a la Micro o Pequeña SI Empresa? NO Micro 13. ¿Aplica Normas Contables como NIIF y NIC para el Registro Contable de sus Operaciones? Pequeña 6. ¿Su negocio cuenta con Licencia de Funcionamiento? SI SI NO 14. ¿Utiliza Métodos de Control de Efectivo o Caja? NO SISTEMA CONTABLE SI 7. ¿Su Empresa cuenta con un Contador Público NO Permanente o Contratado? 15. ¿Tiene Control sobre sus Activos Fijos? Permanente SI Contratado NO 305 16. ¿Se encuentran estos Activos Fijos registrados en su SI Contabilidad? NO SI 25. ¿A partir de qué fecha se encuentra inscrita su NO Empresa en el REMYPE? 17. ¿Es útil para su Empresa la Información Contable? ________________________________________ SI 26. ¿Su Empresa con cuántos trabajadores cuenta? NO De 1 hasta 10 trabajadores RÉGIMEN TRIBUTARIO De 11 trabajadores a más 18. ¿Qué tipo de Contribuyente es? 27. ¿Qué vínculo tienen los empleados que laboran en su Persona Natural Empresa? Persona Jurídica Familiar 19. ¿A qué tipo de Sociedad pertenece su Empresa? Particular E.I.R.L. 28. ¿Su Empresa tiene a todos sus trabajadores en Planilla? S.R.L. SI S.A. NO Otra (Especificar) _______________________________________ 29. ¿Conoce los Beneficios Laborales especiales por estar inscrito en el REMYPE? 20. ¿A qué Régimen Tributario pertenece su Empresa? SI Régimen General NO Régimen Especial 30. ¿Usted paga sus aportes patronales de acuerdo a? Nuevo RUS Ley MYPE (SIS) 21. ¿Emite con regularidad Comprobantes de Pago a sus Clientes? Sistema General (ESSALUD) SI 31. ¿Usted paga sus Obligaciones Sociales NO (Gratificaciones, Vacaciones, CTS) bajo qué Régimen? Sólo cuando el cliente lo solicita Régimen Laboral Especial 22. ¿Qué tipo de Comprobante de Pago emite? Régimen General Boleta de Venta OTROS Factura 32. ¿Para Ud. la influencia de la Micro y Pequeña Empresa Ticket en la economía peruana es? Otros (Especificar) Muy Importante _________________________________ Poco Importante 23. ¿Paga con regularidad y puntualidad sus impuestos? Nada Importante SI 33. ¿Cree Ud. que la informalidad es un problema latente NO en la economía/sociedad peruana? RÉGIMEN LABORAL SI 24. ¿Su Empresa se encuentra inscrita en el Registro de NO Micro y Pequeña Empresa (REMYPE)? 306 ANEXO N° 2 LISTADO DE EMPRESAS ENCUESTADAS 307 LISTADO EMPRESAS ENCUESTADAS FORMALES ACTIV IDAD RUC RAZON SOCIAL EMPRESARIAL DISTRITO MYPE 10296400942 TORRES ROBLES ALBERTO JUAN Servicios UMACOLLO Micro 10296057148 KANA HUANCA NANCY Servicios AREQUIPA Micro 20121405688 MIGUEL ANGEL PAREDES Y ASOCIADOS SOC.CIV Servicios AREQUIPA Micro 20454451865 PERUDENT HEALTH & TRAVEL S.A.C. Servicios AREQUIPA Micro 10418425119 TOMAILLA ANAMPA CHELA Servicios JLBYR Micro ROCIO FERNANDEZ Comercial CAYMA Micro 10292744655 JUAN DELGADO DIAZ Servicios AREQUIPA Micro 10400324609 PUMALLOCLLA QUISPESIVANA ESTHER MARUJA Comercial CAYMA Micro 10294152500 CACERES CAHUATA ABRAHAM MANUEL Servicios JLBYR Micro 10407049816 QUISPE CHAVEZ JUSTINA LUCIA Comercial AREQUIPA Micro INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO MARIO SAMANE BOGGIO Servicios AREQUIPA Micro 10306760446 HUAMAN ANCCO MARIA LUISA Comercial AREQUIPA Micro FOTOCOPIAS COPYRAM Servicios AREQUIPA Micro LIBRERÍA BAZAR "EL BUEN SABER" Servicios AREQUIPA Micro 10418234747 MENDOZA GUTIERREZ MARIBEL Industrial MIRAFLORES Micro 20454823835 JENNY DUARTE E.I.R.L Industrial CAYMA Micro 10292885178 RONDON FEBRES ANGEL FLORENTINO Comercial CERRO COLORADO Micro 20498122648 CARLOS ALFREDO MACHICAO PEREYRA Y ASOCIADOS S.R.L. Servicios CERRO COLORADO Micro ALTO SELVA 20497220441 CORPHA JEANS E.I.R.L. Industrial ALEGRE Micro ALTO SELVA 20498688129 BASVAL S.R.L. Servicios ALEGRE Micro 20454635168 ABAD ASESORES & CONSULTORES S.A.C. Servicios AREQUIPA Micro 10292686710 FLORES DE TORRES GLORIA CATALINA Servicios YANAHUARA Micro 10704388361 CASTRO MENDOZA JOSE MIGUEL Servicios UMACOLLO Micro 20454459092 CATPRINT E.I.R.L. Servicios AREQUIPA Micro 10292069575 ROMERO DE OBANDO VICKY IRENE Comercial AREQUIPA Micro 10463682131 MORALES TEJADA STEFHANIE MARIA EUGENIA Comercial AREQUIPA Micro 308 20455165807 MACHIS S.A.C. Servicios AREQUIPA Pequeña 20498589813 ALPANDINA S.A.C. Servicios YANAHUARA Pequeña 20454787693 DAVID SALINAS E.I.R.L. Servicios CAYMA Pequeña 10404181136 SALCEDO CHALCO ROY JAVIER Comercial AREQUIPA Pequeña 20159548091 COFERSA E.I.R.L. Comercial AREQUIPA Pequeña 20454320418 HOPECOMPUTER S.A.C. Servicios AREQUIPA Pequeña CETPRO ESSUMIN Servicios AREQUIPA Pequeña 20498615164 DIA VERDE S.R.L. Servicios AREQUIPA Pequeña 20124738262 KELLY'S SHOES S.R.L. Comercial AREQUIPA Pequeña 20455742375 AQP SECURITY S.A.C. Servicios AREQUIPA Pequeña 20455479062 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA INMOSUR S.A.C. Servicios AREQUIPA Pequeña 20455001367 INVERSIONES SOLIDARIAS DEL SUR S.A.C Servicios AREQUIPA Pequeña 20498048731 MAVE S.A.C. Servicios AREQUIPA Micro 10296727640 VALDIVIA CHAVEZ MODESTO LUIS FERNANDO Servicios MARIANO MELGAR Micro 20448455123 TAYTA KUNAY SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Servicios MARIANO MELGAR Micro 20455659711 INVENTUS MEDIA S.A.C. Servicios JLBYR Micro COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SOLUCIONES CREDITICIAS DEL SUR 20455914176 LTDA. Servicios CERRO COLORADO Micro GUSTITOS SNACK Servicios JLBYR Micro MECHE ESTILOS Servicios JLBYR Micro 20456144170 ROCA & ARENA S.A.C. Servicios CERRO COLORADO Pequeña 10429814419 QUISPE CORRALES MARIA INES Servicios JLBYR Micro 20453946381 INDUSTRIAS LOS ARCES S.R.L. Industrial PAUCARPATA Micro 20498637052 INDUSTRIAS TITANIC S.A.C. Industrial MARIANO MELGAR Micro 20454080191 KALIMAR E.I.R.L. Industrial MARIANO MELGAR Micro 10294525667 APAZA LAMPA FORTUNATA Industrial JLBYR Micro 10402055036 CARI VILCA CESAR Industrial MARIANO MELGAR Micro 10292837240 CHURA HUACASI MARIO ANTONIO Industrial MARIANO MELGAR Micro 10449881899 AGUIRRE VILLALBA MELISSA LIZETH Comercial AREQUIPA Micro 20454160208 SUR SERVICIOS TÉCNICOS E.I.R.L. Servicios AREQUIPA Micro 10401969310 CONDORI ZAPANA GREGORIO FELIPE Industrial MARIANO MELGAR Micro 10012257720 GONZALES QUISPE BERNARDO MELECIO Industrial PAUCARPATA Micro 10013111931 GONZALES QUISPE CARLOS Industrial PAUCARPATA Micro 309 10013322886 GONZALES QUISPE ZENON Industrial PAUCARPATA Micro 10295516297 HUACO RODRIGUEZ GLADYS PILAR Industrial MARIANO MELGAR Micro ALTO SELVA 10295754406 MAMANI CHAMPI CARMEN ROSALBINA Comercial ALEGRE Micro 10023770046 MAMANI DE CONDORI AURORA Industrial MARIANO MELGAR Micro 10294446881 MAMANI HUARAYA ALBERTO Industrial PAUCARPATA Micro 10296363109 MENDOZA LUNA RONNY EDDY Industrial MIRAFLORES Micro ALTO SELVA 10293637046 QUILLA VILCAPAZA CARLOS Industrial ALEGRE Micro 10293805640 RAMOZ CONTRERAS JUANA Industrial MARIANO MELGAR Micro 10296943555 RODRIGUEZ RODRIGUEZ VISMODY Industrial PAUCARPATA Micro 10403922604 QUISPE SUCAPUCA MARTIN Servicios MIRAFLORES Micro 310 ANEXO N° 3 REGISTRO DE COMPRAS EMPRESA ABC 311 312 313 314 315 316 317 ANEXO N° 4 REGISTRO DE VENTAS EMPRESA ABC 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332